BOLETÍN Nº 102 - 27 de mayo de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 44/2011, de 10 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se modifica la Resolución 23/2011, de 7 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de inicialmente 133 plazas de puestos de trabajo de grupo o nivel E, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a las que se añadirán aquellas que resulten del concurso de traslados aprobado por Resolución 1957/2009, de 2 de noviembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de 34 vacantes de Empleado de Servicios Múltiples, actualmente en tramitación.

Por Resolución 23/2011, de 7 de marzo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de inicialmente 133 plazas de puestos de trabajo de grupo o nivel E, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a las que se añadirán aquéllas que resulten del concurso de traslados aprobado por Resolución 1957/2009, de 2 de noviembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de 34 vacantes de Empleado de Servicios Múltiples, actualmente en tramitación.

Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 54, de 18 de marzo de 2011.

Advertido error por omisión en las bases 1.4 y 10 de la convocatoria, que afecta a la confección de las listas de contratación temporal, procede su modificación en el sentido de incluir listas de aspirantes para la contratación temporal en Administración Núcleo y listas de aspirantes para la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

Por otra parte, de las plazas incluidas en la convocatoria, existen cinco cuyo desempeño requiere de conocimientos específicos que no pueden ser acreditados a través del temario exigido en la convocatoria de referencia, por lo que los Departamentos a los que se encuentran adscritas dichas plazas, han propuesto detraer de la convocatoria las mismas y su sustitución por otras. Como consecuencia de ello, las plazas afectadas deben ser sustituidas por otras del mismo nivel con el fin de que ello no afecte al proceso selectivo actualmente en marcha.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las competencias en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, en la redacción dada al mismo por el Decreto Foral 235/2007, de 5 de noviembre,

RESUELVO:

1.º Modificar las bases 1.4 y 10 de la convocatoria, quedando redactadas del siguiente modo:

1.4. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria, constituir con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza, la siguiente relación de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos.

b) Lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

c) Lista de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

La relación mencionada se aprobará y gestionará conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal, en la Orden Foral 172/2009, de 24 de diciembre, de la Consejera de Salud por la que se aprueban las normas sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, (Boletín Oficial de Navarra número 7, de 15 de enero de 2010), y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

a) Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos.

b) Lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

c) Lista de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

10.2. Lista de aprobados sin plaza y lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

Remitido el expediente por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por Resolución del Director General de Función Pública se aprobarán la lista de aprobados sin plaza y la lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados sin plaza, de acuerdo con las normas de gestión que resulten de aplicación.

La lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados sin plaza estará constituida por:

a) Aspirantes que hubieran obtenido, al menos, el 30 por 100 de la puntuación máxima establecida en las bases de la convocatoria para el ejercicio.

La lista se publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

La Dirección General de Función Pública remitirá la lista de aprobados sin plaza al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a la Agencia Navarra para la Dependencia, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.

El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, se establecerá de acuerdo con el siguiente criterio.

a) Mayor puntuación resultante del ejercicio.

Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo, en el ámbito de Administración Núcleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 9 de la referida Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en cuanto a las excepciones al régimen general de prioridad en las listas de aspirantes.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación exigidos en la base 2.1, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

10.3. Lista de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública remitirá a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, la relación de los aspirantes que no hayan superado el ejercicio del proceso selectivo de ingreso con el fin de que se constituyan listas de aspirantes a la contratación temporal.

La elaboración y el funcionamiento de listas para contratación temporal en el Servicio Navarro de salud-Osasunbidea se regirá por lo dispuesto en la Orden Foral 172/2009, de 24 de diciembre, de la Consejera de Salud, por la que se aprueban las normas sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, (Boletín Oficial de Navarra número 7, de 15 de enero de 2010).

De acuerdo con lo dispuesto en la mencionada Orden, las listas de contratación temporal se confeccionarán con base en el resultado de la presente convocatoria de oposición con arreglo a los siguientes criterios:

a) Tendrán derecho preferente para su contratación temporal aquellos aspirantes que habiendo superado el ejercicio de la presente convocatoria no hubieran obtenido plaza.

Dichos aspirantes, mediante instancia dirigida al Servicio de Gestión de Personal, Ingreso y Promoción podrán solicitar voluntariamente su exclusión de las listas de contratación, en uno o en varios centros o unidades de contratación.

b) Aspirantes que habiéndose presentado a la oposición no hubieran superado el ejercicio. En este supuesto para poder ser incluidos en la lista deberán alcanzar, como mínimo, un 30% de la puntuación exigida para superar el ejercicio. La prioridad en la lista de los aspirantes resultará de la suma de la puntuación del ejercicio y del baremo que se establezca a estos efectos. El baremo recogerá exclusivamente la experiencia profesional del aspirante en cualquier Administración Pública en el puesto objeto de la convocatoria.

Los aspirantes incluidos en el apartado b) deberán presentar en el Registro del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (calle Irunlarrea 39, 31008 Pamplona) en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación del resultado definitivo de las pruebas selectivas, la siguiente documentación:

1. Instancia para la valoración de los servicios prestados en cualquier Administración Publica, debidamente cumplimentada. Se valorarán los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria. A estos efectos se tendrá en cuenta únicamente la última convocatoria pública celebrada. (Modelo que podrá obtenerse en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en "Empleo Público").

2. Instancia solicitando su inclusión en listas de contratación de contratos de larga y/o corta duración cumplimentado y firmado. (Modelo que podrá obtenerse en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en "Empleo Público").

Las listas confeccionadas conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores entrarán en vigor con la toma de posesión del primer aspirante que haya participado y obtenido plaza en este proceso selectivo.

Para el llamamiento se tendrán en cuenta las excepciones al régimen general de prioridad en las listas de aspirantes, establecido en dicha Orden Foral.

2.º Modificar la relación de plazas incluidas en la convocatoria para la provisión, mediante oposición de, inicialmente, 133 plazas de puestos de trabajo de grupo o nivel E, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a las que se añadirán aquéllas que resulten del concurso de traslados aprobado por Resolución 1957/2009, de 2 de noviembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de 34 vacantes de Empleado de Servicios Múltiples, actualmente en tramitación, en el sentido de que las plazas con número de plantilla 38498 de Servicios Generales (Actividades Agrícolas) adscrita al IES "Ribera del Arga" con destino en Peralta; 2556 y 4919, adscritas al organismo autónomo EVENA ambas con requisito de permiso de conducir clase B y destino en Olite; y las plazas 1474 y destino en Oronoz y 4530 y destino en Roncal, ambas de Servicios Generales (Piscifactorías) y con requisito de permiso de conducir clase B, sean sustituidas por la plaza de Servicios Generales número 31806 adscrita al I.E.S.O "Joaquín Romera" con destino en Mendavia y las plazas adscritas a la Agencia Navarra para la Dependencia con número de plantilla 7547, en la Residencia El Vergel y destino en Pamplona; 3259 en el Centro San José y destino en Pamplona, y 3003 y 3060, en la Residencia Santo Domingo y destino en Estella.

3.º Abrir un nuevo plazo de presentación de instancias de participación de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, sin que deban presentar nuevamente instancia de participación quienes lo hubieran hecho durante el plazo inicialmente concedido y quedando, en todo caso, referida la exigencia de los requisitos de participación en la convocatoria a la fecha en que finalizó el plazo inicial de presentación de solicitudes, es decir, el día 18 de abril de 2011.

4.º Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, significando a los interesados que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos oportunos.

Pamplona, 10 de mayo de 2011.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

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