BOLETÍN Nº 79 - 30 de junio de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 129/2010, de 15 de junio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio (Estadístico) al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 129/2010, de 15 de junio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio (Estadístico) al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 1 plaza del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio (Estadístico), de régimen funcionarial, nivel B, adscrita a la Dirección General de Política y Promoción Económica, del Departamento de Economía y Hacienda, identificada en la plantilla orgánica con el número 7731, con destino en Pamplona.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel B en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio.

1.3. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria, constituir con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, y, de acuerdo con lo dispuesto en la base 10, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Listas de aspirantes que hubieran superado el segundo ejercicio de la oposición y no hayan resultado aprobados sin plaza, para la contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

2.-Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Titulado, Arquitecto Titulado o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o haber superado los tres primeros cursos completos de una Licenciatura, Ingeniería o de Arquitectura.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el e4jercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por el aspirante propuesto para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3.-Presentación de solicitudes y pago de tasas.

3.1. Tasas.

La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 40 euros. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

-Vía telemática, en la forma señalada en letra A.1. de la base 3.2.

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección www.navarra.es, "Servicios", "Empleo Público", figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo o transferencia en la cuenta número 0030 8124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del aspirante.

-DNI/NIF.

-Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

-Concepto: Oposiciones.

-Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

3.2. Solicitudes.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de solicitud se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

La presentación podrá hacerse por cualquiera de los medios siguientes:

A) Vía telemática.

A.1. A través de Internet, accediendo al enlace "Inscripción y Pago Telemático" ubicado en la ficha correspondiente a esta convocatoria, en el apartado "Servicios", "Empleo Público" del Portal de Navarra, en la dirección www.navarra.es.

Esta forma de presentación y pago no podrá ser utilizada cuando haya de presentarse la documentación señalada en las bases 3.1.b) y 3.3.Dos.

A.2. En el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web del Gobierno de Navarra.

B) Presencial.

Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General del Gobierno de Navarra, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona.

3.3. Documentación a adjuntar a la solicitud.

Uno.-Justificante de haber abonado el pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen.

Dos.-A efectos de la aplicación de lo dispuesto en el apartado A) de la base 3.2. (exención de tasas), base 8 (preferencia en la elección de plazas) e igualmente, para solicitar adaptación de tiempos y medios, los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante original o copia compulsada de uno de los siguientes documentos:

-Certificado expedido por el Imserso u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

-Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de ejercicios en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en la solicitud y expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones que se solicitan. Existe un modelo de solicitud de adaptaciones a disposición de los interesados en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

3.3. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Cernin Martínez Yoldi, Director General de la Dirección General de Política y Promoción Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

-Suplente: Don Iosu Ardaiz Loyola, Director del Instituto de Estadística de Navarra

-Vocal: Doña Marina Sagaseta López, Socióloga adscrita a la Dirección General de Salud.

-Suplente: Don Fernando Amillano Asurmendi, Técnico Grado Medio (Estadístico) adscrito a la Sección de Producción Estadística del Instituto de Estadística de Navarra

-Vocal: Doña Sandra Eraso Moreno, Técnico Grado Medio (Estadístico) adscrita a la Sección de Producción Estadística del Instituto de Estadística de Navarra.

-Suplente: Doña Saray Domínguez García, Técnico Grado Medio (Estadístico) adscrita a la Sección de Producción Estadística del Instituto de Estadística de Navarra.

-Vocal: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

-Suplente: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

-Vocal-Secretaria: Doña Laura Arnedo Ajona, Técnico Grado Medio (Estadístico) adscrita a la Sección de Producción Estadística del Instituto de Estadística de Navarra.

-Suplente: Don Pablo Cebrián Jiménez, Jefe de Sección de Producción Estadística del Instituto de Estadística de Navarra.

El Tribunal calificador deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal calificador resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal calificador limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de octubre 2010. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar entre 15 y 25 preguntas de respuesta breve sobre el temario. El número de preguntas que se ofrecerá será un 25% superior al de las que deban ser objeto de contestación, que ser realizará a su elección. El Tribunal calificador fijará al comienzo del ejercicio el tiempo máximo de realización, que no podrá exceder de dos horas.

Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en resolver por escrito los supuestos que determine el Tribunal calificador en relación con las materias incluidas en la parte I y II del temario. El Tribunal calificador fijará al comienzo del ejercicio el tiempo máximo de realización, que no podrá exceder de tres horas.

Tercer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de tres horas, un tema de cada una de las partes en que se divide el temario anexo. Para ello, el Tribunal calificador elegirá al azar dos temas de cada una de las partes, debiendo el aspirante realizar únicamente uno de cada parte, a su elección.

Cuarto ejercicio: Pruebas de idioma inglés. De carácter voluntario y no eliminatorio, podrán realizarlo aquellos aspirantes que hubieran superado los tres ejercicios anteriores.

Constará de una prueba escrita y otra oral, para determinar el grado de conocimiento de los aspirantes.

Dichas pruebas se llevarán a cabo por el Instituto Navarro de Administración Pública y su resultado vinculará al Tribunal calificador.

6.3. Los ejercicios primero, segundo y tercero serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada al aspirante con mejor calificación en cada ejercicio. No obstante lo anterior, para considerar superado el ejercicio la puntuación no podrá ser inferior a 1/3 de la puntuación máxima establecida en las bases de la convocatoria para cada ejercicio. Asimismo, quedarán eliminados aquéllos aspirantes que sean calificados con cero puntos en cualquiera de los supuestos o temas del segundo y tercer ejercicio.

6.4. Los ejercicios primero, segundo y tercero, se realizarán mediante el sistema de plicas.

6.5. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

-Primer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

-Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

-Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

-Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

6.6. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal calificador publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal calificador considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal calificador publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio y de persistir se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar al Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho Servicio, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirante que no tenga la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Si el aspirante propuesto no tuviera la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

El aspirante que tenga la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirante que tenga la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

Si el aspirante hubiera alegado una discapacidad deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presente dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 7.2. de esta convocatoria.

8.-Nombramiento, adjudicación de vacante y toma de posesión.

8.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio (Estadístico) y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que de cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. El nombramiento y toma de posesión conferirá al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que esté ya afiliado al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

8.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.4. La residencia de los funcionarios en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo y del estricto cumplimiento de la jornada y de las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento al lugar de trabajo.

En determinados supuestos debidamente justificados las Administraciones Públicas podrán exigir a sus funcionarios la residencia en la localidad de su destino, cuando así proceda por el contenido de las funciones del puesto de trabajo y por la dedicación exigida por el mismo.

8.5. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tome posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

8.6. En el caso de aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios con carácter fijo en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, común para todos los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral y organismos autónomos.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio del procedimiento selectivo y no hayan resultado aprobados sin plaza, para su contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

9.2. Lista de aprobados sin plaza y lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

Remitido el expediente por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas de aprobados sin plaza y aprobados del segundo ejercicio, de acuerdo con las normas de gestión vigentes en ese momento, y se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página Web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo, en el ámbito de Administración Núcleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen normas de provisión temporal de puestos de trabajo (Boletín Oficial de Navarra número 144 de 2 de diciembre) y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 4, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de titulación exigido en la base 2.1, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

10.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 15 de junio de 2010.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

DATOS CONVOCATORIA

Puesto:

Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra:

Número ......................., de fecha .........................

TURNO DE ACCESO

[ ] Turno libre

[ ] Turno de promoción*

[ ] Turno de reserva para discapacitados*

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre:

DNI o documento equivalente:

Fecha nacimiento:

Natural de:

Nacionalidad:

Domicilio:

Código Postal:

Localidad:

Nacionalidad:

Natural de:

Provincia:

Teléfono móvil:

Teléfono 2:

Correo electrónico:

DOCUMENTACIÓN APORTADA

[ ] Acreditación de discapacidad

[ ] Solicita adaptación de tiempos/medios en hoja aparte

[ ] Certificado de vascuence o título equivalente*

SOLICITA PRUEBA DE

[ ] Vascuence*

[ ] Inglés*

[ ] Francés*

* De acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria.

El/La firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso a que se refiere la presente instancia y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos.

(Firma)

En ........................., a ....................... de ...................... de 2010.

SEÑOR DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

ANEXO II

Temario

Primera Parte.-Estadística.

1.-Estadística. Ideas fundamentales y campos de aplicación. Las unidades estadísticas. Caracteres cualitativos y cuantitativos. Variables discretas y continuas.

2.-Determinantes. Origen de los determinantes en la resolución de sistemas lineales. Determinantes de segundo orden. Determinantes de tercer orden. Regla de Sarrus. Fórmula de Cramer. Determinantes de orden n. Propiedades de los determinantes. Método práctico de cálculo.

3.-Matrices. Definiciones. Multiplicación de matrices. Determinante de una matriz. Dependencia lineal. Rango de una matriz. Matriz inversa.

4.-Combinatoria. Variaciones. Permutaciones. Combinaciones.

5.-Teoría de probabilidades. Definiciones de probabilidad. Probabilidad condicional, sucesos independientes y sucesos dependientes. Sucesos mutuamente excluyentes. Distribuciones de probabilidad.

6.-Variable aleatoria unidimensional. Variable aleatoria. Función de distribución. Variables aleatorias discretas. Variables aleatorias continuas. Distribuciones truncadas. Transformaciones de variables aleatorias unidimensionales.

7.-Distribuciones unidimensionales de frecuencias. Variable estadística. Distribución de frecuencias. Representaciones gráficas.

8.-Distribuciones bidimensionales. Conceptos generales. Tabla de correlación. Momentos de una distribución bidimensional. Independencia estadística.

9.-Medidas de posición. La media aritmética. La media geométrica. La media armónica. La mediana. La moda. Medidas de posición no centrales: cuartiles, deciles y percentiles. Relación entre promedios.

10.-Medidas de dispersión. Desviación media. Recorrido. Varianza. Desviación típica. Medidas de dispersión relativas.

11.-Medidas de forma. Cálculo y aplicaciones. Medidas de asimetría y curtosis.

12.-Medidas de concentración. Índice de Gini y curva de Lorenz.

13.-Números índice. Índices simples. Índices complejos. Índices de precios. Índices de producción.

14.-Estimación puntual: propiedades de los estimadores. Concepto de estimador. Propiedades de los estimadores: insesgadez, eficiencia, consistencia y suficiencia. Estimadores invariantes y estimadores robustos.

15.-Regresión y correlación lineal simple. Criterios para realizar el ajuste. Ajuste por mínimos cuadrados de una recta. Coeficiente de determinación y correlación. Predicción.

16.-Regresión lineal múltiple. Ajuste de un plano por mínimos cuadrados. Coeficiente de determinación múltiple. Coeficiente de determinación parcial. El problema de la multicolinealidad.

17.-Estadística de atributos. Análisis de dos y más atributos. Tablas de contingencia. Contraste de homogeneidad e independencia. Correlación por rangos.

18.-Inferencia estadística. Población y muestra. Descripción e inferencia estadística. Estimación y verificación de hipótesis.

19.-Estimación por intervalos. Conceptos básicos. Ejemplos de intervalos en poblaciones normales.

20.-Contraste de hipótesis. Contraste de significación. Nivel crítico de un contraste.

21.-Muestreo. Requisitos e implicaciones. Métodos de muestreo. Selección con probabilidades iguales. Selección con probabilidades desiguales. Probabilidad de pertenecer a la muestra.

22.-Muestreo aleatorio simple. Muestreo aleatorio sistemático. Muestreo aleatorio estratificado. Muestreo por conglomerados y por áreas. Muestreo por etapas. Muestreos no aleatorios y semialeatorios.

23.-Planificación de una investigación estadística. Fases de la investigación estadística. Finalidad y objeto de la investigación. Alcance y cobertura. Cuestionarios. Métodos de recogida de datos. Tablas estadísticas. Organización y control de operaciones.

24.-Datos ausentes y valores atípicos. Tratamiento de los datos ausentes. Detección de valores atípicos.

25.-Análisis de la varianza. Definición de análisis de la varianza (ANOVA). Tipos de modelos ANOVA según las categorías del factor. Análisis de la covarianza (ANCOVA).

26.-Extracción de datos. Redes neuronales. Árboles de decisión. Algoritmos genéticos. Análisis cluster.

27.-Análisis factorial. Diseño del modelo. Supuestos en el análisis factorial. La estimación de los factores y la valoración del ajuste. Interpretación de los factores. Validación del análisis.

28.-Análisis de correspondencias. Esquema general del análisis de correspondencias. Supuestos en el análisis de correspondencias. La estimación y la valoración del ajuste. Interpretación del análisis de correspondencias.

29.-Análisis discriminante. Diseño del análisis discriminante. Supuestos del análisis discriminante. Estimación del modelo discriminante y valoración del ajuste. Interpretación. Validación del modelo.

30.-Regresión logística. Diseño del modelo. Supuestos de la regresión logística. Estimación del modelo y valoración del ajuste. Interpretación. Validación del modelo.

31.-Introducción a las series temporales. Clasificación de los métodos de predicción. Métodos de descomposición. Supuestos en el análisis de los componentes de una serie temporal. Predicción y evaluación de las predicciones.

32.-Análisis de la tendencia. Modelo de la media constante. Modelo de tendencia lineal. Modelo de tendencia exponencial.

33.-Análisis de la estacionalidad. Desestacionalización: el método de la razón a la media móvil. Método de Holt-Winters.

34.-Modelos lineales en series temporales. Modelos autorregresivos (AR). Modelos de medias móviles (MA). Modelos mixtos (ARMA). Procesos no estacionarios.

35.-Esquema general e identificación de series temporales. Esquema general de la metodología Box-Jenkins. Análisis de estacionariedad. Identificación de los procesos estocásticos estacionarios subyacentes a series temporales no estacionales. Identificación de los procesos estocásticos estacionarios subyacentes a series temporales estacionales.

36.-Estimación, validación y predicción de series temporales. Estimación. Validación. Predicción. Modelo óptimo.

37.-Modelo de regresión lineal general. Especificación del modelo. Estimación. Inferencia. Predicción. Mínimos cuadrados restringidos.

38.-Extensiones al modelo de regresión lineal general. Variables ficticias y cambio estructural. Multicolinealidad. Error de especificación: omisión de variables relevantes e inclusión de variables irrelevantes.

39.-Modelo de regresión lineal generalizado. Mínimos cuadrados ordinarios (MCO). Mínimos cuadrados generalizados (MCG). Mínimos cuadrados generalizados factibles (MCGF). Sistemas de ecuaciones aparentemente no relacionadas. Heterocedasticidad. Autocorrelación.

40.-Tratamiento básico de la información: bases de datos. Sistema de información: concepto y componentes. Introducción y concepto de base de datos. Principales características de las bases de datos. Ventajas e inconvenientes de las bases de datos. Almacenamiento de datos.

Segunda Parte.-Economía y Demografía.

1.-Introducción a la macroeconomía. Conceptos fundamentales. Las principales magnitudes macroeconómicas: PIB, VAB, Renta Nacional. Las relaciones entre las variables macroeconómicas. La oferta y la demanda agregadas.

2.-La inflación: medición, causas y efectos económicos. La política antiinflacionista.

3.-Evolución y situación actual de la economía en Navarra. Evolución de las principales magnitudes económicas.

4.-Mercado de trabajo. Conceptos básicos. Evolución y situación actual del mercado de trabajo.

5.-Comercio exterior en Navarra. Evolución del comercio exterior. Situación actual del comercio exterior. Factores relevantes en el comercio exterior.

6.- El SEC 95. Características generales. Las Unidades Estadísticas y su agrupación.

7.-Las cuentas nacionales. Las cuentas. Los saldos contables. Las operaciones financieras, la cuenta de capital y la balanza por cuenta corriente.

8.-Las cuentas regionales. Marco contable regional: unidades, operaciones y cuentas. Métodos de regionalización. Contabilidad regional y tablas input-output en Navarra.

9.-Las cuentas trimestrales. El cuadro macroeconómico trimestral. Las reglas contables de las cuentas trimestrales. Métodos de trimestralización. Contabilidad trimestral en Navarra.

10.-Análisis input-output. Esquema de la tabla input-output. Los elementos de la tabla input-output. Los coeficientes técnicos.

11.-Marco input-output y sus componentes en el ámbito del SEC-95. Análisis institucional y análisis por ramas. El marco input-output. Las tablas de origen y destino. La tabla simétrica.

12.-Aplicaciones al análisis regional. Las ligazones interindustriales. Los coeficientes de Cheney y Watanabe. Los coeficientes de Rasmussen. Los coeficientes de Streit. Limitaciones generales de los coeficientes.

13.-Estadística de la población e introducción a la demografía. Componentes básicos de una población y de su estructura. Procesos de cohesión y de agregación en una población. Conceptos fundamentales en demografía. La medición de los fenómenos y de las estructuras demográficas.

14.-Las mediciones del crecimiento demográfico. Medición del crecimiento. Crecimiento variable de la población y modelo logístico. Los componentes naturales y migratorios del crecimiento demográfico. Tasas brutas, población media, años vividos.

15.-Fuentes estadísticas demográficas: El censo de población. Padrones y registros de población.

16.-El Movimiento Natural de la Población. Estadísticas de migraciones. Encuestas demográficas.

17.-Mortalidad. Medición de la mortalidad. La tabla de mortalidad. Métodos indirectos de medición. Mortalidad infantil. La mortalidad en la población muy anciana. La mortalidad en Navarra.

18.-El envejecimiento de la población. Concepto. Indicadores de medición. Consecuencias del envejecimiento de la población.

19.-Natalidad, fecundidad y nupcialidad. Concepto y características de la natalidad. Medición de la fecundidad. Medidas de nupcialidad. Evolución y situación actual en la Comunidad Foral de Navarra.

20.-Movimientos migratorios. Definición de la migración. Análisis demográfico de la migración. Modelos migratorios. Causas y consecuencias de las migraciones. La migración en Navarra.

21.-Proyecciones demográficas. Definiciones y conceptos. Métodos de extrapolación. Método de componentes.

22.-Características de la población. Aspectos generales. Principales variables de clasificación y análisis

23.-Estructura y dinámica de los hogares. Definiciones y conceptos. Estructura y tamaño de los hogares: indicadores y problemas de medida. El concepto de ciclo de vida. Causas y consecuencias de los cambios de estructura y tamaño de los hogares.

24.-Evolución y situación actual de la población en Navarra.

Tercera Parte.-Normativa General.

1.-La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. El Poder Judicial. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración del Estado. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.

2.-La Unión Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones.

3.-Las Fuentes del ordenamiento jurídico comunitario: el derecho originario y el derecho derivado.

4.-La Disposición adicional primera de la Constitución Española de 1978. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: naturaleza y significado. El título Preliminar. Las competencias de Navarra.

5.-El Parlamento o Cortes de Navarra. La Cámara de Comptos de Navarra. El Defensor del Pueblo.

6.-El Gobierno de Navarra. Funciones. Composición, nombramiento, constitución y cese. Atribución y competencias. Funcionamiento. Órganos de asistencia y apoyo. Responsabilidad política, control parlamentario y disolución del Parlamento de Navarra. El Presidente del Gobierno de Navarra.

7.-La Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales establecidos en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Organización: principios generales y estructura orgánica, órganos colegiados y competencias de los órganos administrativos.

8.-Los principios generales del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados en el procedimiento administrativo.

9.-Las disposiciones y los actos administrativos. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

10.-Las disposiciones generales de los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

11.-La Ley Foral de Contratos Públicos: Ámbito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.

12.-El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. Las situaciones administrativas. Los derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Retribuciones.

13.-Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

14.-La Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios Públicos.

15.-La protección de datos en Europa y España. Principios. Derechos de las personas. Agencia de protección de datos. Movimiento internacional de datos.

16.-Planificación estadística. Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra. Planes de estadística de Navarra.

Nota: Todas las materias correspondientes a la parte segunda se exigirán conforme a la legislación vigente el día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

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