BOLETÍN Nº 79 - 30 de junio de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 128/2010, de 15 de junio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Titulado Superior al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 128/2010, de 15 de junio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Titulado Superior al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Titulado Superior, de régimen funcionarial, nivel A, distribuidas en los siguientes turnos:

-1 plaza en turno libre.

-1 plaza en turno de promoción.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

-2 en el organismo autónomo Servicio Navarro de Empleo del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo, plazas identificadas en la plantilla orgánica con los números 6247, con destino en Estella/Lodosa y 6234 con destino en Alsasua/Santesteban.

1.3. Si la vacante del turno de promoción quedara desierta por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumulará a la del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes del mismo, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a la vacante del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

1.4. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.5. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, y, de acuerdo con lo dispuesto en la base 10, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, común para todos los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

b) Listas de aspirantes a la contratación temporal, constituidas con aquéllos que hubieran superado el segundo ejercicio de la oposición y no hayan resultado aprobados sin plaza, para la contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

2.-Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Psicología, Pedagogía, Psicopedagogía o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Con la excepción establecida en el punto Dos de la base 3.3, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3.-Presentación de solicitudes y pago de tasas.

3.1. Tasas.

La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 40 euros. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

-Vía telemática, en la forma señalada en letra A.1. de la base 3.2.

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección www.navarra.es, "Servicios", "Empleo Público", figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo o transferencia en la cuenta número 0030 8124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del aspirante.

-DNI/NIF.

-Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

-Concepto: Oposiciones.

-Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

3.2. Solicitudes.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de solicitud se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

La presentación podrá hacerse por cualquiera de los medios siguientes:

A) Vía telemática.

A.1. A través de Internet, accediendo al enlace "Inscripción y Pago Telemático" ubicado en la ficha correspondiente a esta convocatoria, en el apartado "Servicios", "Empleo Público" del Portal de Navarra, en la dirección www.navarra.es.

Esta forma de presentación y pago no podrá ser utilizada cuando haya de presentarse documentación acreditativa de exención de pago de tasas, así como aquélla a que se refieren los números Dos y Tres de la base 3.3.

A.2. En el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web del Gobierno de Navarra.

B) Presencial.

Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General del Gobierno de Navarra, avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona.

3.3. Documentación a adjuntar a la solicitud:

Uno.-Justificante de haber abonado el pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen.

Dos.-Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la solicitud, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

Tres.-A efectos de la aplicación de lo dispuesto en el apartado a) de la base 3.1. (exención de tasas), base 8 (preferencia en la elección de plazas) e igualmente, para solicitar adaptación de tiempos y medios, los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante copia de uno de los siguientes documentos:

-Certificado expedido por el Imserso u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

-Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de ejercicios en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en la solicitud y expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones que se solicitan. Existe un modelo de solicitud de adaptaciones a disposición de los interesados en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidenta: Doña Cristina Urdánoz Ezcurra, Directora del Servicio de Formación e Intermediación del Servicio Navarro de Empleo.

-Suplente: Don Fernando Teré Iriarte, Jefe de la Sección de Orientación del Servicio Navarro de Empleo.

-Vocal: Doña María Isabel Fernández Marmiesse, Titulada Superior del Servicio Navarro de Empleo.

-Suplente: Doña Ana Apaolaza Sáez de Viteri, Responsable de la Unidad Territorial de Tafalla del Servicio Navarro de Empleo.

-Vocal: Doña Blanca Antoñana Sainz, Titulada Superior del Servicio Navarro de Empleo.

-Suplente: Doña Delia Oiz Ibarrola, Responsable del Área de Oferta de Empleo de la Agencia de Empleo Pamplona 3, del Servicio Navarro de Empleo.

-Vocal: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal del Servicio Navarro de Empleo.

-Suplente: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal del Servicio Navarro de Empleo.

-Secretario: Don Adolfo Eransus Garcés, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) del Servicio Navarro de Empleo.

-Suplente: Doña María Teresa Astráin Zaratiegui, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) del Servicio Navarro de Empleo.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de noviembre de 2010. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas con varias alternativas de respuesta, de las que sólo una será válida, en relación con las materias incluidas en el temario anexo. Penalizarán los errores. La duración de este ejercicio no será superior a dos horas.

Segundo ejercicio: De carácter teórico-práctico, consistirá en resolver por escrito, durante un periodo máximo de tres horas, dos supuestos, a su elección, de entre tres propuestos por el tribunal en relación con las materias incluidas en el temario.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de diversas pruebas psicotécnicas, para la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo. Estas pruebas se realizará por el Instituto Navarro de Administración Pública y sus resultados vincularán al Tribunal.

Cuarto ejercicio: Pruebas de idioma inglés, de carácter voluntario y no eliminatorio. Podrán realizarlo aquellos aspirantes que hubieran superado los tres ejercicios anteriores.

Constará de una prueba escrita y otra oral, para determinar el grado de conocimiento de los aspirantes.

Dichas pruebas se llevarán a cabo por el Instituto Navarro de Administración Pública y su resultado vinculará al Tribunal calificador.

6.3. El ejercicio segundo se llevará a cabo por el sistema de plicas. La valoración de los ejercicios de la oposición, podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma, en relación con las pruebas de la misma:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 50 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos.

Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

6.4. Los ejercicios primero, segundo y tercero de la oposición serán eliminatorios. En el primer y segundo ejercicio quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada al aspirante con mejor calificación. No obstante lo anterior, para considerarlo superado, la puntuación no podrá ser inferior a 1/3 de la puntuación máxima establecida en las bases para dicho ejercicio.

En el tercer ejercicio (pruebas psicotécnicas), se aplicará el sistema de valoración precitado siempre que sea compatible con las características de dichas pruebas; en aquéllas en que no sea posible su aplicación, el aspirante será calificado como apto o no apto.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en las pruebas psicotécnicas y de persistir se tomarán en consideración, sucesivamente y por este orden, las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo ejercicio.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho Servicio, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 7.2. de esta convocatoria.

8.-Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Instituto Navarro de Administración Pública (I.N.A.P.), su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre el resto de los aspirantes, cualquiera que sea el turno por el que hubieran concurrido.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

8.3. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el apartado anterior, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes del turno libre.

9.-Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Titulado Superior y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. La residencia de los funcionarios en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo y del estricto cumplimiento de la jornada y de las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento al lugar de trabajo.

En determinados supuestos debidamente justificados las Administraciones Públicas podrán exigir a sus funcionarios la residencia en la localidad de su destino, cuando así proceda por el contenido de las funciones del puesto de trabajo y por la dedicación exigida por el mismo.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios con carácter fijo en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo, en el Acuerdo de 9 de junio de 2009, por que se aprueba el pacto suscrito por la Administración Sanitaria con las centrales sindicales sobre selección de personal para vinculaciones temporales en centros y establecimientos sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (Boletín Oficial de Navarra número 95, de 3 de agosto de 2009), y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

10.2. Lista de aprobados sin plaza y lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

Remitido el expediente por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas de aprobados sin plaza y aprobados del segundo ejercicio, de acuerdo con las normas de gestión vigentes en ese momento, y se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página Web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo, en el ámbito de Administración Núcleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen normas de provisión temporal de puestos de trabajo (Boletín Oficial de Navarra número 144 de 2 de diciembre) y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 4, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación exigidos en la base 2.1, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 15 de junio de 2010.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

DATOS CONVOCATORIA

Puesto:

Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra: número ........, de fecha ..........

TURNO DE ACCESO

[ ] Turno libre

[ ] Turno de promoción*

[ ] Turno de reserva para discapacitados*

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre:

DNI o documento equivalente:

Fecha nacimiento:

Natural de:

Nacionalidad:

Domicilio:

Código Postal:

Localidad:

Nacionalidad:

Natural de:

Provincia:

Teléfono móvil:

Teléfono 2:

Correo electrónico:

DOCUMENTACIÓN APORTADA

[ ] Acreditación de discapacidad

[ ] Solicita adaptación de tiempos/medios en hoja aparte

[ ] Certificado de vascuence o título equivalente*

SOLICITA PRUEBA DE

[ ] Vascuence*

[ ] Inglés*

[ ] Francés*

* De acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria.

El/La firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso a que se refiere la presente instancia y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos.

(Firma)

En .........................., a ..................... de ........................ de 2010

SEÑOR DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

ANEXO II

Temario

Parte I: Normativa básica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. El Poder Judicial. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración del Estado. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.

Tema 2.-La Unión Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones.

Tema 3.-Las Fuentes del ordenamiento jurídico comunitario: el derecho originario y el derecho derivado.

Tema 4.-La Disposición adicional primera de la Constitución Española de 1978. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: naturaleza y significado. El título Preliminar. Las competencias de Navarra.

Tema 5.-El Parlamento o Cortes de Navarra. La Cámara de Comptos de Navarra. El Defensor del Pueblo.

Tema 6.-El Gobierno de Navarra. Funciones. Composición, nombramiento, constitución y cese. Atribución y competencias. Funcionamiento. Órganos de asistencia y apoyo. Responsabilidad política, control parlamentario y disolución del Parlamento de Navarra. El Presidente del Gobierno de Navarra.

Tema 7.-La Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales establecidos en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Organización: principios generales y estructura orgánica, órganos colegiados y competencias de los órganos administrativos.

Tema 8.-Los principios generales del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Tema 9.-Las disposiciones y los actos administrativos. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 10.-Las disposiciones generales de los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

Tema 11.-La Ley Foral de Contratos Públicos: Ámbito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.

Tema 12.-El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. Las situaciones administrativas. Los derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Retribuciones.

Tema 13.-Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 14.-La Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios Públicos.

Tema 15.-La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Parte II: Normativa básica de Empleo. Gestión del Empleo: Formación, Intermediación y Prestaciones.

Tema 1.-Estatutos del Servicio Navarro de Empleo.

Tema 2.-El 4.º Plan de Empleo de Navarra: Objetivos estratégicos y medidas específicas.

Tema 3.-El contrato de trabajo: Concepto y características. Los sujetos del contrato de trabajo: trabajador y empresario. Periodo de prueba. La forma del contrato de trabajo y efectos. Modalidades de contratación. Suspensión y extinción del contrato.

Tema 4.-La Ley General de la Seguridad Social: Normas generales de la Seguridad Social. Campo de aplicación y estructura del Sistema de la Seguridad Social. Afiliación y cotización. Acción Protectora: Disposiciones generales. Gestión de la Seguridad Social. Régimen General de la Seguridad Social: Campo de aplicación. Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación. Acción protectora: Contingencias protegibles. Régimen general de las prestaciones. Incapacidad temporal. Incapacidad permanente. Invalidez. Jubilación.

Tema 5.-El Sistema Nacional de Empleo: Concepto y fines. Organización y funciones. El Servicio Público de Empleo Estatal. Los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas. Instrumentos de la política de Empleo en España. La intermediación laboral. Las políticas activas de Empleo. La coordinación entre políticas activas de empleo y la protección económica frente al desempleo.

Tema 6.-La protección por desempleo en España: Niveles contributivo y asistencial. Incompatibilidades. Régimen financiero.

Tema 7.-Renta Activa de Inserción: Normativa reguladora. Admisión al Programa. Gestión de prestación económica. Beneficiarios: requisitos de acceso. Solicitud y documentación. Incorporación y desarrollo del Programa. Duración, contenido y cuantía. Obligaciones de los beneficiarios. Compatibilidades e incompatibilidades. Baja y reincorporación al programa.

Tema 8.-Programa temporal de protección por desempleo e inserción.

Tema 9.-Servicios ofrecidos (SPEE y SNE). La Demanda y la Oferta de empleo en los Servicios Públicos de Empleo.

Tema 10.-Resolución 3401/2006, de 20 de noviembre, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se convocan subvenciones para la realización de acciones de orientación y seguimiento para la inserción laboral.

Tema 11.-Las empresas de trabajo temporal. Contrato de puesta a disposición. Relaciones laborales en la empresa de trabajo temporal. Relación del trabajador con la empresa usuaria. Infracciones y sanciones. Actividad transnacional de las empresas de trabajo temporal.

Tema 12.-Los Servicios Públicos de Empleo europeos (EURES). Carta Eures: descripción de las actividades EURES; objetivos operativos; normas de calidad y obligaciones de los miembros y socios EURES; sistema uniforme y modelos comunes para el intercambio de información. Situación en la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 13.-Las Escuelas Taller, Casas de Oficios: Definición. Beneficiarios. Entidades promotoras. Etapa formativa. Etapa de formación en alternancia con la práctica profesional. Alfabetización informática. Formación básica. Certificaciones de la formación y cualificación. Selección de los alumnos trabajadores, director, docentes y personal de apoyo. Orientación, información profesional, formación empresarial y asistencia técnica. Unidades de Promoción y Desarrollo. Talleres de Empleo: Definición. Beneficiarios. Duración. Entidades promotoras. Formación. Financiación. Obligaciones de las entidades promotoras. Seguimiento y evaluación.

Tema 14.-Programas Experimentales en materia de Empleo en Navarra: Definición. Tipos de programas. Entidades beneficiarias. Desarrollo de las acciones. Objeto de la subvención, financiación y regulación. Cuantía de las subvenciones. Requisitos de la solicitud. Criterios de valoración de los programas.

Tema 15.-La Inserción Laboral de Colectivos con mayor dificultad para el empleo en Navarra: Personas destinatarias de estos programas. Acuerdo de incorporación sociolaboral. Acompañamiento social. Los programas de Inserción socio laboral de personas en situación de exclusión social: empleo social protegido, inserción laboral en empresas, proyectos de trabajo individual y ayudas a los centros de inserción socio-laboral.

Tema 16.-El Empleo y Desarrollo Local en Navarra: fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I + E.

Tema 17.-Ayudas a Entidades Locales, Administraciones Públicas e Instituciones sin ánimo de lucro de Navarra para la contratación de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general o social.

Tema 18.-Fomento del empleo y mejora de la competitividad en las Cooperativas y Sociedades Laborales en Navarra.

Tema 19.-Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Igualdad y medios de comunicación. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.

Tema 20.-Ayudas en materia de formación y empleo para favorecer la igualdad de oportunidades y no discriminación desde la perspectiva de género: Ayudas para la conciliación de la vida laboral y familiar. Ayudas para la inserción laboral de mujeres en servicios de proximidad. Ayudas vinculadas a la violencia de género.

Tema 21.-El subsistema de formación profesional para el empleo: Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo. Disposiciones Generales. Formación de demanda. Estructura organizativa y de participación. Calidad, evaluación, seguimiento y control de la formación.

Tema 22.-Formación de oferta: Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo. Bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a su financiación.

Tema 23.-Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la formación profesional. El Instituto Nacional de las Cualificaciones.

Tema 24.-Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Tema 25.-Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

Tema 26.- cuerdo de Formación Profesional para el Empleo de 7 de febrero de 2006. El Consejo Navarro de Formación Profesional. Acuerdo del Gobierno de Navarra de 4 de abril de 2005, por el que se establecen directrices para el desarrollo del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional en Navarra.

Tema 27.-Estrategia europea de empleo: directrices para las políticas de empleo 2008-2010.

Tema 28.-Sistema educativo español: Principios y fines. Enseñanzas del sistema educativo. Expedición de títulos. Políticas educativas. Educación inclusiva en el sistema educativo. Convalidación y homologación de títulos extranjeros. Formación profesional para el empleo dirigida preferentemente a personas desempleadas y preferentemente a personas ocupadas.

Tema 29.-El Mercado Laboral. La E.P.A.: Metodología: Definiciones y esquema de clasificación de la población. Encuesta de población activa: Grandes apartados y variables más importantes de la misma. Resumen de datos actuales en España y en Navarra.

Tema 30.-Información profesional para el empleo y la formación: Diseño de la acción informativa.

Parte III: Información y Orientación Profesional.

Tema 1.- Motivación y satisfacción laboral: el mantenimiento del individuo en la organización: La motivación en las organizaciones. Teorías sobre motivación laboral. Variantes intervinientes en la motivación. Satisfacción laboral. Satisfacción y rendimiento.

Tema 2.-Estrés y salud laboral: Estresores laborales. Modelos explicativos del estrés laboral. Variables moduladoras y/o mediadoras. Consecuencias del estrés en el individuo. Consecuencias del estrés en la organización. Programas de intervención.

Tema 3.-La carrera profesional: del desarrollo de la carrera al desarrollo de competencias: Concepto de carrera: un concepto de desarrollo y elección. Teorías del desarrollo de la carrera. La gestión de la carrera en las organizaciones actuales.

Tema 4.-El análisis ocupacional y el proceso de selección de personal: Delimitación conceptual. Métodos de análisis ocupacional. Clasificación y descripción de métodos de análisis.

Tema 5.-Contexto en el que surge el concepto de competencia. Del análisis de puestos al análisis de competencias. Investigación sobre inteligencias múltiples. Definición de competencia. ¿Cómo se identifican los perfiles de competencias? Modelos de competencias. ¿Cuál es el futuro de los modelos de competencias?

Tema 6.-El proceso de selección de personal: Análisis de puestos. Modelos de rendimiento. Predictores del rendimiento. Evaluación psicológica a través de las tecnologías de la información. Problemas del "paradigma de la predicción". Hacia dónde debe avanzar la investigación.

Tema 7.-Las habilidades cognitivas en selección de personal: El estudio de las habilidades cognitivas: historia y estructura. La inteligencia general o factor G como predictor del rendimiento académico y profesional. Habilidades cognitivas específicas, conocimientos y rasgos no cognitivos. Meta-análisis sobre la habilidad cognitiva y su validez predictiva del rendimiento ocupacional. El rendimiento en sentido más amplio. De la validez predictiva a la relación causal. ¿Qué puede añadir la inteligencia emocional?

Tema 8.-La personalidad en selección de personal: Enfoques en el estudio de la personalidad. ¿Son mejores las medidas de personalidad amplias o estrictas en la selección de personal? Consideraciones previas al uso de la personalidad en procesos de selección. Las medidas de personalidad como predictores válidos del rendimiento laboral. Personalidad y rendimiento grupal. Tendencias de futuro en la investigación.

Tema 9.-La entrevista de selección de personal: características y aplicaciones de la entrevista conductual estructurada (ECE) Entrevista conductual estructurada. Tipos de entrevistas conductuales estructuradas. Ventajas y limitaciones de las entrevistas conductuales estructuradas. Fiabilidad y validez de la entrevista de selección. ¿Por qué las entrevistas conductuales estructuradas predicen el desempeño en el trabajo? ¿Qué miden las ECE? Sugerencias para la realización práctica de las entrevistas conductuales estructuradas. Una aplicación de las ECE en las AAPP: El caso de la administración general del País Vasco. Ejemplo de una entrevista conductual estructurada.

Tema 10.-La perspectiva del candidato en los procesos de selección: Actitudes hacia los métodos de selección. Percepción de los procesos de selección. Discriminación en los procesos de selección. Recomendaciones para la investigación. Recomendaciones para la práctica.

Tema 11.-Evaluación del desempeño: Objetivos de la evaluación del desempeño. Factores que influyen en la evaluación del desempeño. ¿Qué evaluar resultados o desempeños? Técnicas y métodos de evaluación del desempeño. El "Feed-Back" de la evaluación. La formación de los evaluadores. Fases de la evaluación del desempeño. El futuro de la evaluación del desempeño.

Tema 12.-La formación en las organizaciones: Antecedentes de la eficacia de la formación. Diseño de la formación. Aprendizaje organizacional. Hacia dónde debe ir la investigación y la práctica en el ámbito de la formación.

Tema 13.-Factores del contexto del trabajador: Condiciones de empleo. Factores físico-ambientales del trabajo. Cultura organizacional.

Tema 14.-Factores tecnológicos y ergonómicos: Delimitación conceptual. Aproximaciones teóricas al estudio de la tecnología en contextos laborales. La Ergonomía. Telemática en contextos laborales. Transformaciones en el contenido y el contexto de trabajo telematizado.

Tema 15.-Organización del trabajo: Organización material del trabajo. Organización temporal del trabajo. Organización social del trabajo. Hacia la integración: el sistema O*NET.

Tema 16.-Las valoraciones personales: valores y actitudes hacia el trabajo. Significado del trabajo. Valores relacionados con el trabajo. Actitudes hacia el trabajo. Relaciones entre los valores, las actitudes y el comportamiento laboral.

Tema 17.-La experiencia laboral: emociones en el trabajo. Emociones, sentimientos, estados de ánimo y rasgos afectivos. Emociones y conducta laboral.

Tema 18.-Significado del trabajo y valores laborales: Concepto de trabajo. Funciones psicosociales del trabajo. Concepto de significado del trabajo. Centralidad e importancia del trabajo y su relación con los conceptos de implicación y compromiso en el trabajo. Normas societales y creencias sobre el trabajo. Valores laborales.

Tema 19.-Socialización y desarrollo del rol laboral: El concepto de socialización laboral. La dimensión temporal de la socialización: etapas de la socialización laboral. La socialización para el trabajo y la etapa de socialización laboral anticipatoria. La incorporación al empleo y los elementos del proceso de socialización organizacional. La socialización ocupacional: contextos no organizacionales de socialización laboral. Los contenidos de la socialización laboral. Principales indicadores de socialización e integración exitosa en contextos laborales.

Tema 20.-Trabajo en relación con otros ámbitos de la vida: Trabajo, ocio y tiempo libre. El trabajo y la familia. La jubilación.

Tema 21.-Desempleo: Perspectiva histórica. Principales aproximaciones teóricas. Investigación empírica sobre el desempleo. Desempleo y familia. Desempleo y sociedad.

Tema 22.-Concepto, Funciones y Principios de la Orientación Profesional: Delimitación del concepto y evolución de la Orientación Profesional. Funciones de la Orientación Profesional. Principios de la Orientación Profesional. Modelos de intervención en Orientación Profesional. Necesidad de la Orientación Profesional.

Tema 23.-Enfoques teóricos relevantes de la Orientación Profesional: Enfoques teóricos de la Orientación Profesional. Enfoques teóricos para la elección y el desarrollo profesional. Búsqueda de una integración de enfoques.

Tema 24.-Las características del mercado de trabajo actual y el papel de la orientación profesional: La globalización económica y el impacto de las nuevas tecnologías. Los cambios en los mercados y en los contextos laborales. La necesidad de orientación profesional frente a las exigencias y realidades sociolaborales. Orientar para la empleabilidad y las transiciones más allá de la inserción laboral.

Tema 25.-Trabajo, profesiones y competencias profesionales: Análisis conceptual en torno a las profesiones. Cualificaciones y competencias profesionales. Clasificación y análisis de las profesiones y puestos de trabajo.

Tema 26.-Las nuevas demandas de formación y las nuevas formas de trabajo en la sociedad tecnológica (I) Las nuevas demandas de formación y de cualificación profesional. Las nuevas profesiones y las nuevas formas de trabajo.

Tema 27.-Las nuevas demandas de formación y las nuevas formas de trabajo en la sociedad tecnológica (II) El desarrollo de la formación continua a lo largo de la vida en la Unión Europea.

Tema 28.-Funciones y técnicas de intervención para la transición y la inserción laboral (I) El desarrollo de competencias y habilidades de carrera. Contextos de intervención. Principales funciones y perfil de competencias del orientador profesional.

Tema 29.-Funciones y técnicas de intervención para la transición y la inserción laboral (II) Técnicas específicas de orientación para la inserción laboral.

Tema 30.-La orientación profesional en la formación profesional y en las organizaciones: Cuestiones que plantea el sistema de orientación profesional. La orientación profesional en las organizaciones.

Tema 31.-Orientación profesional diferencial: La orientación profesional para las transiciones en la edad adulta. La euroorientación.

Tema 32.-El nuevo Mercado Laboral: El trabajo en la vida de las personas. Características del nuevo mercado laboral. Nuevos yacimientos de empleo. Respuestas de las personas ante el nuevo mercado laboral.

Tema 33.-Inserción laboral a través del autoempleo: La realidad sobre el autoempleo. La actividad emprendedora. El perfil psicológico del emprendedor. El proyecto empresarial.

Tema 34.-Trabajo no remunerado: voluntariado. ¿Voluntariado o trabajo remunerado? El voluntariado y su influencia sobre la política de empleo. La formación del voluntariado. Motivos para ser voluntario. Retribución y reconocimiento. Beneficios profesionales del voluntariado.

Tema 35.-Los inmigrantes frente al mercado laboral: Análisis del marco jurídico-político deseable para la integración de los inmigrantes. Aspectos psicosociales y de salud de los trabajadores inmigrantes. ¿Qué se puede hacer desde la asistencia social o la orientación laboral?

Tema 36.-Trabajando en la diversidad: Inserción y desarrollo profesional de la mujer: Elección de la carrera: carreras típicamente masculinas y carreras típicamente femeninas. Influencia del género en los procesos de selección de personal. El desarrollo de la carrera en la mujer. Sobrecarga y conflicto de rol. El techo de cristal. Qué están haciendo las organizaciones para facilitar el desarrollo profesional de la mujer. Ejemplos de investigación en función del género.

Tema 37.-Inserción y desarrollo profesional de las personas con discapacidad: La integración laboral como vía para la integración social. Perfil educativo y laboral de la población con discapacidad. Legislación y política de empleo para personas con discapacidad. Modalidades de empleo. Medidas para la inserción laboral de las personas con discapacidad. Contratación laboral en el medio ordinario de trabajo. Mediadores para el empleo de personas con discapacidad. Papel de las Nuevas Tecnologías en la integración laboral del discapacitado. Factores personales y psicológicos que condicionan la inserción laboral de las personas con discapacidad.

Tema 38.-Las competencias profesionales: Aspectos teóricos y aplicados: Orígenes del concepto. ¿Qué son las competencias? Modelo de competencias en la gestión de los recursos humanos. Selección de personal. El modelo de competencias en el mercado laboral español.

Tema 39.-La Inteligencia Emocional: clave del éxito profesional: Las emociones. El estudio de la inteligencia Humana. La utilización de las competencias emocionales.

Tema 40.-El desarrollo de las Competencias emocionales: Conciencia de uno mismo. Autorregulación. Motivación. Empatía. Habilidades sociales. Métodos para el desarrollo de las competencias emocionales en la empresa.

Tema 41.-Entrenamiento de competencias Interpersonales y Personales: El entrenamiento sistemático en habilidades de comunicación. Entrenamiento dirigido a problemas individuales.

Tema 42.-Técnicas de evaluación psicológica. Test y escalas.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente el día de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

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