BOLETÍN Nº 79 - 30 de junio de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 167/2010, de 8 de junio, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan las "Ayudas a la movilidad internacional para estudiantes del Conservatorio Superior de Música de Navarra en el curso 2010-2011".

La Jefa de la Sección de Enseñanzas Artísticas presenta un informe en el que se propone la aprobación y publicación de la Convocatoria de "Ayudas a la movilidad internacional para estudiantes del Conservatorio Superior de Música de Navarra en el curso 2010-2011".

Teniendo en cuenta lo previsto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de "Ayudas a la movilidad internacional para estudiantes del Conservatorio Superior de Música de Navarra en el curso 2010-2011", que figura en el Anexo a la presente Resolución.

2.º Aprobar un gasto máximo de hasta 1.800 euros, que se hará con cargo a la partida 430001 43010 4809 322500 "Ayudas para el perfeccionamiento de profesores y alumnos de música" de los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2010.

3.º Contra la presente Resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

4.º Ordenar la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución y su Anexo al Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica, a la Sección de Enseñanzas Artísticas y al Conservatorio Superior de Música de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de junio de 2010.-El Director General de Formación Profesional y Universidades, Pedro González Felipe.

ANEXO

Convocatoria de ayudas a la movilidad internacional
para estudiantes del Conservatorio Superior de Música de Navarra
en el curso 2010-2011

Bases

1.º Objeto.

Las ayudas contempladas en esta convocatoria contribuyen a fomentar la movilidad internacional de los estudiantes de música que cursan el Grado Superior en el Conservatorio Superior de Música de Navarra, complementando las ayudas que reciben por su participación en los programas de movilidad. Su finalidad es contribuir a las mejoras competenciales y al desarrollo de las habilidades de los músicos del Conservatorio Superior de Música de Navarra, mediante una aportación económica que reduzca el gasto que ocasiona a los beneficiarios la participación en estos programas.

2.º Naturaleza de las ayudas.

Las ayudas se concederán directamente a los solicitantes que resulten beneficiarios.

Estas ayudas son independientes de las que concede el Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos y el Ministerio de Educación, así como de las que puedan conceder otros organismos o entidades públicas o privadas.

3.º Beneficiarios de la ayuda.

Podrán solicitar estas ayudas:

a) Los estudiantes del grado superior que estén matriculados en el curso académico 2010/2011 en el Conservatorio Superior de Música de Navarra cursando la especialidad por la que optan a la ayuda y que cumplan los requisitos indicados en la base 6.ª

b) Los estudiantes que estén incluidos en el programa de movilidad "Erasmus" del Conservatorio Superior de Música de Navarra.

4.º Cuantía de las ayudas.

El importe definitivo de cada una de las ayudas será fijado por la Sección de Enseñanzas Artísticas, en función del crédito total disponible, de los meses para los que se solicita la ayuda y del número total de alumnos solicitantes que cumplan los requisitos. Por otra parte, la cuantía mensual máxima que se podrá subvencionar a cada alumno se establece en 200 euros mensuales.

5.º Duración de las ayudas.

Se concederán ayudas por un mínimo de tres meses y un máximo de nueve meses.

6.º Requisitos de los solicitantes.

a) Estar matriculado en el Conservatorio Superior de Música de Navarra dentro del curso 2010-2011.

b) Estar incluido en el correspondiente programa de movilidad internacional "Erasmus" del Conservatorio Superior de Música de Navarra.

c) Realizar un intercambio no inferior a tres meses durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2010 y el 31 de agosto de 2011.

d) Cumplir los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario exigidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones.

7.º Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación será del 25 de agosto al 15 de septiembre de 2010, ambos inclusive.

La solicitud de la ayuda y la documentación pertinente se presentarán en el Registro General del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, en el Registro General Electrónico de la Comunidad Foral de Navarra creado y regulado por Decreto Foral 70/2008 de 23 de junio, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, cuando las solicitudes no reúnan los requisitos exigidos respecto al modo de ser cumplimentadas y a la documentación a adjuntar, las deficiencias se pondrán en conocimiento del solicitante para que sean subsanadas en el plazo de 10 días a partir de la notificación de las mismas. Si así no lo hiciera, se procederá al archivo del expediente, previa Resolución adoptada al efecto.

8.º Documentación.

a) Solicitud de ayuda en impreso normalizado, que estará disponible en las oficinas del Conservatorio Superior de Música de Navarra.

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjeros, en el caso de no tener la nacionalidad española.

c) Documento oficial que acredite los apartados a) y b) de los requisitos.

d) Declaración responsable de que cumple los requisitos generales exigidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. Esta declaración se acredita mediante la firma en el impreso de solicitud.

e) Impreso de Solicitud de Abono por Transferencia debidamente cumplimentado por la entidad financiera en la que el solicitante sea titular de una cuenta bancaria en la que desea que se realice el abono de la ayuda. Dicho impreso está disponible entre los Impresos generales de la página web http://www.navarra.es.

9.º Procedimiento de concesión.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de la ayuda es la Sección de Enseñanzas Artísticas, que realizará la evaluación de las solicitudes y formulará propuesta de resolución al Director General de Formación Profesional y Universidades.

10.º Criterios de concesión.

A cada solicitud finalmente aceptada se le asignará la cantidad que corresponda teniendo en cuenta el número de meses de que conste la estancia, la cuantía total disponible en la convocatoria y la cantidad mensual máxima establecida en la base 4.ª

11.º Resolución.

Las ayudas serán concedidas o denegadas mediante Resolución del Director General de Formación Profesional y Universidades, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La Resolución definitiva será notificada a los interesados en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Transcurrido dicho plazo máximo sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

Contra dicha Resolución expresa o presunta podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, conforme a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

12.º Obligaciones de los beneficiarios.

En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del periodo de la ayuda los beneficiarios deben acreditar la realización de la estancia en el extranjero objeto de la ayuda recibida. Para ello presentarán un certificado del centro de destino donde figuren las fechas de inicio y de finalización.

Este documento irá dirigido a la Sección de Enseñanzas Artísticas del Departamento de Educación y se entregará en el Registro del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

13.º Renuncias.

Las renuncias a las ayudas deberán ser comunicadas a la Sección de Enseñanzas Artísticas del Departamento de Educación y comportarán la obligación de devolver las cantidades recibidas.

14.º Incumplimientos.

La ayuda se perderá por alguna de las siguientes causas:

a) No realizar la estancia o no presentar el certificado que acredite la realización de la misma. En tal supuesto, deberá devolverse el importe íntegro de la ayuda.

b) Interrumpir la estancia antes del tiempo para el que fue concedida. En este supuesto se solicitará la devolución proporcional en función de los meses de permanencia real. El beneficiario podrá explicar y, en su caso, justificar las razones a las que obedece la interrupción mediante la presentación del oportuno escrito dirigido a la Sección de Enseñanzas Artísticas para su consideración.

En todo caso, el importe de la devolución que proceda se incrementará con los intereses de demora correspondientes.

15.º Pago de la ayuda.

Los beneficiarios de la ayuda recibirán el importe concedido aproximadamente un mes después de la resolución de la convocatoria.

Este pago tendrá la consideración de anticipo a los efectos previstos en el artículo 33 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Dicho pago quedará condicionado al otorgamiento de autorización por el Departamento de Economía y Hacienda, en vista de la existencia de fondos líquidos previstos para hacer frente a las obligaciones reconocidas, según establece el artículo 33.5 de la citada ley.

16.º Compatibilidad de la ayuda.

Estas ayudas son compatibles con otras de la misma naturaleza, sin que en ningún caso puedan superar aislada o conjuntamente con otras subvenciones o ayudas de otros organismos, entidades públicas o privadas destinadas a la misma actividad, el coste de la actividad subvencionada, procediendo en su caso el reintegro del exceso.

17.º Régimen jurídico de las ayudas.

Para todo lo no dispuesto en las presentes bases, incluido el régimen de infracciones y sanciones, se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

El procedimiento sancionador será el fijado en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

18.º Recursos.

Contra las presentes bases y los actos dictados en aplicación de las mismas, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

IMPRESO DE SOLICITUD

APELLIDOS Y NOMBRE

CONVOCATORIA

D.N.I. / N.I.E.

2010 / 2011

DOMICILIO (Calle, Plaza, número, piso)

C. P.

LOCALIDAD

PROVINCIA

TELÉFONO

MÓVIL

CORREO ELECTRÓNICO

N.º de cuenta en la que se efectuará el abono de la ayuda (el beneficiario debe figurar como titular de la misma)

ENTIDAD

SUCURSAL

DÍGITOS DE CONTROL

NÚMERO DE CUENTA

CENTRO DE DESTINO:

LOCALIDAD:

FECHA INICIO:

PAÍS:

FECHA FINALIZACIÓN:

Se adjunta la documentación que se señala (con una x en el cuadro)

[ ] Fotocopia D.N.I. o N.I.E. (por las dos caras)

[ ] Certificado acreditando la realización de estudios en el Conservatorio Superior de Música de Navarra

[ ] Certificado que acredite la participación en un Programa de Movilidad

[ ] Impreso de Solicitud de Abono por Transferencia debidamente cumplimentado

Nota Importante: El Beneficiario de la ayuda está obligado a entregar, en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del periodo de la ayuda, una certificación del centro al que va destinado donde figuren las fechas de inicio y de finalización de la estancia en el extranjero objeto de la ayuda recibida. (Base 12.ª de la convocatoria)

El abajo firmante:

-Declara responsablemente que cumple los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones: hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado, y otros

-Conoce y acepta las normas de esta convocatoria, declara que son ciertos los datos anteriores, y solicita le sea concedida la ayuda correspondiente


Pamplona .............. de ..................... de 20......

(Firma del solicitante)

F1010294

Código del anuncio: F1010294