BOLETÍN Nº 64 - 26 de mayo de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LEOZ

Expediente de ruina

La Alcaldía del Ayuntamiento de Leoz dictó con fecha 30 de marzo de 2010, la Resolución que se transcribe a continuación:

Visto que por Resolución de esta Alcaldía de fecha 11 de octubre de 2006, se resolvió incoar expediente de ruina del inmueble ubicado en la calle Santa Catalina, número 15, parcela número 12 del polígono 20, de la localidad de Maquírriain, perteneciente a este Municipio de Leoz, respecto al que figuraban como titulares Yosima Inversiones S.L., y en su representación, doña Yolanda Celaya Mingot, teniendo en cuenta que, previamente, en el mes de julio de 2006, dado el riesgo derivado de la situación de deterioro del inmueble y, como medida preventiva, ya habían sido instaladas de oficio varias vallas, a fin de impedir el acercamiento al mismo,

Visto que por Resolución de esta Alcaldía de fecha 15 de enero de 2007, y previos los trámites legales, se declaró el inmueble de referencia en estado ruinoso, conminando a los obligados a la presentación de correspondiente proyecto al objeto de proceder al necesario derribo del edificio.

Resultando que habiendo sido infructuosos todos los intentos de notificación directa de las antedichas Resoluciones a Yosima Inversiones S.L., y en su representación doña Yolanda Celaya Mingot, a tenor de lo establecido en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se requirió accionar los otros medios de notificación que se recogen en el mismo articulado, en sustitución del inicialmente previsto, tal y como en el obra en el expediente elaborado al efecto,

Resultando que el edificio de referencia se encuentra incluido dentro del catálogo de edificaciones y elementos dignos de protección, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, se remitió a la Institución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra, con fecha 22 de mayo de 2007, un ejemplar del proyecto presentado por los propios titulares en el año 2003, denominado "Derribo de edificio en Maquirriain de Leoz (Navarra)" emitiendo dicha Institución informe favorable, en el mes de junio de 2007, en el que, así mismo, se constataba la innecesariedad de declarar la ruina del edificio para la ejecución del citado proyecto,

Resultando, no obstante lo anterior, que sin embargo, el antedicho proyecto no se ajustaba, en absoluto, a la realidad urbanística y a las necesidades de la edificación al plantear el vaciado interior del edificio para posterior reconstrucción de tres viviendas destinadas a casas rurales, además de presentar diferentes deficiencias técnicas, por lo que, una vez transcurridos los plazos legalmente establecidos y dada la inactividad de los sujetos obligados al cumplimiento de las ordenes de ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística, correspondía a este Ayuntamiento de Leoz realizar las actuaciones requeridas, en sustitución de los obligados, y es por ello, que en el mes de enero de 2008, se encomendó al arquitecto municipal la elaboración del preceptivo proyecto de derribo de la edificación de referencia, en el que el se cifraba el coste de la demolición en un importe total de 18.703,84 euros (IVA incluido),

Considerando que, de conformidad con la ya citada Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, el antedicho proyecto de derribo debió remitirse a la Institución Príncipe de Viana, que emitió el preceptivo informe favorable en el mes de abril de 2008,

Considerando que de todas las actuaciones y situaciones antedichas se realizó el consiguiente intento de notificación a los obligados, Yosima Inversiones S.L. y en su representación doña Yolanda Celaya Mingot, resultando éste, nuevamente, infructuoso, por lo que se requirió ejercitar todos los mecanismos previstos en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, a efectos de notificación,

Teniendo en cuenta que, en concordancia con lo previsto en el artículo 70 de la Ley Foral 6/2006 de 9 de junio de Contratos Públicos, tras el correspondiente procedimiento negociado para la adjudicación de la obra de derribo de referencia, por acuerdo municipal de 27 de marzo de 2009, éste se adjudicó a la empresa Construcciones Merino Arregui S.L. por un importe de 12.899,20 euros (IVA incluido), iniciándose las obras de derribo a finales del mes de mayo de 2009 y concluyendo el 11 de junio de 2009,

Y teniendo en cuenta, así mismo, que al amparo de lo dispuesto en el ya mencionado artículo 28.2 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, la Administración se reintegrará, de todos los gastos realizados, en sustitución de los obligados a ello, incluso, mediante procedimiento de apremio, en su caso,

RESUELVO

1.-Proceder a requerir el abono de los gastos realizados por el Ayuntamiento de Leoz, en la ejecución subsidiaria del derribo de inmueble ubicado en la calle Santa Catalina, número 15, parcela número 12 del polígono 20, de la localidad de Maquirriain, perteneciente a este Municipio de Leoz, declarado en ruina, a la empresa Yosima Inversiones, S.L., en su carácter de propietaria del edificio citado, y en su representación, doña Yolanda Celaya Mingot, conforme a la liquidación que seguidamente se relaciona y cuyo detalle que obra en el expediente conformado al efecto, adjunto se anexa a la presente:

Alquiler de Vallas (incluido transporte y colocación): 3.490,08 euros.

Proyecto y Dirección de obra: 1.980,41 euros.

Ejecución de Derribo: 12.899,20 euros.

Impuesto Construcciones, Instalaciones y Obras (5 por ciento): 556 euros.

Total: 18.925,69 euros.

2.-Otorgar a la empresa Yosima Inversiones, S.L., y en su representación, doña Yolanda Celaya Mingot, el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, o en su defecto, a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para proceder al pago de la cantidad reclamada, cuyo abono deberá realizarse en la cuenta de este Ayuntamiento de Leoz de Caja Navarra, en la sucursal de Barásoain (Navarra).

3.-Apercibir a los obligados de que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 28.2 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística, en caso de no abonar la cantidad reclamada en el plazo otorgado, se procederá al reintegro de la misma mediante incoación del procedimiento de apremio a través de la agencia ejecutiva, con los recargos legales que correspondan.

4.-Notificar la presente Resolución a los interesados, ordenando, asimismo, su publicación en el Boletín de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Iracheta, 27 de abril de 2010.-El Alcalde, Endika Zabalza Murillo.

Código del anuncio: L1007474