BOLETÍN Nº 64 - 26 de mayo de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Edicto de notificación de la providencia de apremio a deudores no localizados del Servicio Público de Empleo Estatal

En el expediente administrativo de apremio que se sigue contra los deudores del Servicio Público de Empleo Estatal que figuran en la relación que se acompaña, cuya gestión de cobro está encomendada a la Tesorería General de la Seguridad Social en virtud del Convenio de fecha 16 de marzo de 1992 suscrito entre el Instituto Nacional de Empleo, en la actualidad Servicio Público de Empleo Estatal y este Servicio Común, habiendo transcurrido el plazo fijado para el pago de la reclamación de deuda y habiendo adquirido firmeza ésta en vía administrativa sin que se haya producido su abono, el jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 85.2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado de 25 de junio), ha dictado la siguiente:

Providencia de apremio: "De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado de 29 de junio de 1994) y 85 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado de 25 de junio de 2004), dicto la presente Providencia de Apremio, que constituye el título ejecutivo suficiente para el inicio del procedimiento de apremio y tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos responsables del pago de la deuda, practicándose, en caso de impago, el embargo de los bienes en los términos establecidos en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social y la ejecución de las garantías existentes.

Para el caso de certificaciones que se correspondan con Resoluciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigor de la ley 52/2003, de 10 de diciembre, si no se ingresa su importe en el plazo de 15 días naturales desde su notificación serán exigibles los intereses de demora (interés legal incrementado en un 25%) devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha de pago de la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del día 27), mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que haga efectivo el importe total de la deuda, por los medios de pago legalmente admitidos, dentro del plazo de los quince días naturales siguientes al de la presente publicación, mediante ingreso en la cuenta de la Unidad de Recaudación Ejecutiva competente.

Transcurrido el precitado plazo de 15 días para realizar el pago, el responsable de éste deberá solicitar ante dicha Unidad de Recaudación Ejecutiva el cálculo de la cuantía a pagar en concepto de intereses de demora.

En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada Unidad de Recaudación Ejecutiva asignada a dichas providencias de apremio, así como su número de teléfono, fax y número de cuenta.

Los ingresos efectuados con posterioridad a dicho plazo de 15 días se aplicarán con arreglo a los criterios de imputación de pagos en vía de apremio previstos en el artículo 29 de la Ley General de la Seguridad Social.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el superior jerárquico del que dictó el acto dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, por alguna de las siguientes causas: pago, prescripción, error material o aritmético en la determinación de la deuda, condonación, aplazamiento de la deuda, suspensión del procedimiento o falta de notificación de la reclamación de deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen, señaladas en el artículo 34.3 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución del recurso.

Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entenderse desestimado de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la citada Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

Tudela, 11 de mayo de 2010.-El Recaudador Ejecutivo, Carlos Lamban Aranda.

Anexo I

RÉG.

CCC/NAF

NOMBRE / RAZ. SOCIAL

N.º CERT.

F. EXP.

PERIODO

CONCEPTO

IMP. PRINC

IMP. RECARGO

IMP. COSTAS

IMP. TOTAL

0521

07 041023640124

RIOFRIO QUIROGA JORGE EMETER

31 2010 050023372

17/02/10

06/08 06/08

Deuda SPEE

168,13

33,63

201,76

0521

07 201000853243

TAOUFYQ MOHAMED

31 2010 050023675

17/02/10

02/09 02/09

Deuda SPEE

309,31

61,86

371,17

0521

07 211017173980

EL HASNAOUI SABRI

31 2010 050021251

17/02/10

02/08 02/08

Deuda SPEE

27,57

5,51

33,08

0521

07 301044704856

ZINE EL ABIDINE AMOURA

31 2009 050014808

14/12/09

03/08 03/08

Deuda SPEE

757,90

151,58

909,48

0521

07 301045393354

ECH CHAKIR NABIL

31 2009 050015515

14/12/09

05/08 05/08

Deuda SPEE

329,97

66,00

395,97

0521

07 310039598559

SANTACRUZ BELIO JOSE MIGUEL

31 2009 050014101

14/12/09

12/07/ 12/07

Deuda SPEE

347,62

69,53

417,15

0521

07 310047534573

GOICOECHEA VILLACIERVOS JOSE

31 2009 050014303

14/12/09

09/07 09/07

Deuda SPEE

290,01

58,01

348,02

0521

07 311016328805

AZEVEDO DOS SANTOS MAIARA MA

31 2010 050020544

17/02/10

10/08 10/08

Deuda SPEE

623,35

124,67

748,02

0521

07 311016643952

KHAZRI ABDELHADI

31 2010 050024786

17/02/10

08/08 08/08

Deuda SPEE

291,95

58,39

350,34

0521

07 311021030574

KENOUCHE EPOUSE BELMIHOUB NA

31 2009 050013592

14/12/09

06/07 06/07

Deuda SPEE

251,90

50,38

302,28

0521

07 311021925402

ALVES MENDES BRUNO DANIEL

31 2010 050022059

17/02/10

03/08 03/08

Deuda SPEE

188,57

37,71

226,28

0521

07 401000525232

PETROV DIMITROV TIHOMIR

31 2010 050025190

17/02/10

07/08 07/08

Deuda SPEE

248,67

49,73

298,40

0521

07 441002925815

RAMOS DEVORA MANUEL ANTONIO

31 2009 050014404

14/12/09

02/08 02/08

Deuda SPEE

56,93

11,39

68,32

0111

10 31104663129

PIZZA CONNECTION, S.L.

31 2010 050018625

18/01/10

08/05 04/07

Deuda SPEE

931,80

186,36

1118,16

URE

DOMICILIO

LOCALIDAD

TELÉFONO

FAX

N.º CUENTA

3103

CL MANRESA, 1

TUDELA

948 82 59 11

948 84 76 52

0049 0036 11 2011532583

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