BOLETÍN Nº 64 - 26 de mayo de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 169/2010, de 19 de abril, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación por la que se convocan los premios de fomento de la lectura y uso de la biblioteca escolar del curso 2009-2010.

La biblioteca escolar es un recurso educativo de gran importancia para el proceso de enseñanza y aprendizaje, así como para ayudar a cultivar la afición a la lectura, tanto de niños como de adolescentes. En los centros escolares existe una gran experiencia acumulada de dinamización de sus bibliotecas y de fomento de la lectura que, mediante su difusión, puede servir de inspiración a otros centros.

Este año el Departamento de Educación convoca premios a experiencias innovadoras en el fomento de la lectura y el uso de la biblioteca escolar, realizadas durante el curso 2009-2010.

Visto el informe presentado por el director del Servicio de Formación e Innovación Educativa respecto a la conveniencia de la presente convocatoria y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de premios de fomento de la lectura y el uso de la biblioteca escolar, realizadas durante el curso 2009-2010, que se regirá por las bases que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

2.º Imputar el gasto correspondiente a los premios, por un importe máximo de 3.000 euros, al Expediente 0040001390 de la Partida Presupuestaria 425004 42350 2269 321200 denominada "Programas de Innovación Educativa", del Presupuesto de Gastos de 2010, para premiar las experiencias de fomento de la lectura, cuya autorización se realizó por Resolución 121/2010, de 15 de marzo, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación.

3.º Publicar la presente Resolución y anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, al Servicio de Formación e Innovación Educativa, a las Secciones de Presupuestos y Gestión Económica, y de Innovación Educativa y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

Pamplona, 19 de abril de 2010.-La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz Jiménez.

ANEXO I

Convocatoria de premios de fomento de la lectura
y uso de la biblioteca escolar del curso 2009-2010

1. Objetivo de la convocatoria.

El objetivo de esta convocatoria es premiar experiencias de mejora e innovación de bibliotecas escolares y de fomento de la lectura, que ayuden a desarrollar las competencias lingüísticas del alumnado, herramienta imprescindible para un buen aprendizaje.

2. Participantes en la convocatoria.

Podrá presentar experiencia de fomento de la lectura o de bibliotecas escolares, original e inédita, cualquier centro educativo de Navarra, público o concertado, de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Educación Especial y Educación de Personas Adultas.

3. Modalidades de los premios.

Los premios se otorgarán en las siguientes modalidades:

Modalidad a) Centros de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial y Educación de Personas Adultas.

Modalidad b) Centros de Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional.

En cada modalidad se concederán un primer y segundo premios.

4. Presentación de las solicitudes.

4.1. Documentación.

Las memorias deberán presentarse en soporte electrónico, y se podrán acompañar de una copia en papel. Deberán incluir la siguiente documentación:

a) Instancia dirigida al Director del Servicio de Formación e Innovación Educativa (Anexo II).

b) Resumen del contenido de la experiencia.

c) Memoria descriptiva de la experiencia en la que se refleje brevemente los objetivos, procedimientos, recursos, actividades y evaluación, o cuantos aspectos se consideren oportunos. Deberá tener una extensión máxima de 30 folios (en letra tipo courrier de 12 puntos, con espaciado de 1,5 y sin caracteres comprimidos).

d) Anexos con la descripción de los trabajos, materiales realizados por el alumnado u otros que se consideren de interés para la valoración del proyecto.

4.2. Plazo de presentación.

La documentación requerida se deberá presentar antes de las 14.30 horas del día 30 de septiembre de 2010, en el Registro General del Departamento de Educación o en cualquiera de las dependencias previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro General Electrónico de la Comunidad Foral de Navarra según establece el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio. Estará dirigida al Servicio de Formación e Innovación Educativa del Departamento de Educación.

5. Proceso de selección.

5.1. Comisión de selección.

Las experiencias presentadas serán valoradas por una Comisión compuesta por la Jefa de la Sección de Innovación Educativa, el Jefe del Negociado de Programas de Innovación, el Jefe del Negociado de Recursos Didácticos y la Asesora Documentalista del Servicio de Formación e Innovación Educativa.

5.2. Criterios de valoración.

Los criterios de valoración serán los siguientes:

a) Carácter innovador y creativo de la experiencia, tanto por su temática como por su metodología o los recursos que utiliza, hasta 10 puntos.

b) Calidad de la experiencia: hasta 60 puntos distribuidos de la forma siguiente:

b.1) Claridad y concreción de los objetivos que persiguen, hasta 15 puntos.

b.2) Descripción y secuenciación de las iniciativas en relación con los objetivos, hasta 20 puntos.

b.3) Metodología de trabajo con el alumnado y recursos utilizados, hasta 15 puntos.

b.4) Plan de evaluación de la misma y su adecuación a los objetivos marcados por las iniciativas, hasta 10 puntos.

c) Implicación en las iniciativas del centro educativo: hasta 20 puntos distribuidos de la forma siguiente:

c.1) Implicación del claustro de profesores, hasta 10 puntos.

c.2) Rentabilización de los propios recursos del centro, o de otras instituciones, para implementar las actividades propuestas, hasta 10 puntos.

d) Viabilidad de uso de las iniciativas en otros centros docentes, hasta 10 puntos.

5.3. Resolución de la convocatoria.

La Comisión seleccionará cuatro experiencias, dos de los niveles de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial y Educación de Personas Adultas (primer y segundo premios) y dos de los niveles de Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional (primer y segundo premios). En el caso de que hubiera varios centros con experiencias de similar calidad, podrían recibir ambas el mismo premio.

Estos premios podrán considerarse desiertos si las experiencias presentadas no obtienen el nivel de calidad necesario.

La Comisión puede conceder accésit, con lote de libros, en el caso de que alguna de las memorias no premiadas fuera merecedora de reconocimiento por determinados aspectos de la misma.

La relación de memorias premiadas se hará pública en el Catálogo de Servicios del Gobierno de Navarra. Asimismo, el Departamento de Educación comunicará a los centros el resultado del concurso. Dicha comunicación se podrá remitir telemáticamente si se pide expresamente esa respuesta en la solicitud telemática.

6. Dotación económica de los premios.

Los centros cuya memoria obtenga el primer premio, en cada categoría, recibirán una dotación económica de 1.000 euros. Los centros cuya memoria obtenga el segundo premio, en cada categoría, recibirán una dotación económica de 500 euros.

El dinero se destinará a la compra de materiales para la biblioteca escolar.

7. Publicación y difusión.

El Departamento de Educación podrá publicar los trabajos premiados, pudiendo contener la publicación la totalidad o parte de la memoria. Igualmente se podrán difundir tales iniciativas a través del medio que se estime oportuno, incluyendo su publicación en Internet, citando expresamente la autoría de la memoria. La presentación a esta convocatoria implica la cesión de los derechos necesarios para la realización de la primera edición que se haga. En caso de que la publicación fuese parcial se solicitará el consentimiento previo de los autores.

ANEXO II

Instancia de participación en la convocatoria de premios
de innovación en el ámbito del fomento de la lectura

CENTRO

NOMBRE DEL PROYECTO

NIVEL AL QUE SE DIRIGE

COORDINADOR RESPONSABLE

PARTICIPANTES

Declaración aceptando las condiciones de la Convocatoria de Premios de Innovación en el ámbito del fomento de la lectura.

Don/Doña .................................................................................., con DNI número ................................................, como coordinador/a responsable del Proyecto .................................................................................... declara que está en posesión de los derechos de Publicación del Proyecto antes citado y que otorga permiso al Gobierno de Navarra para su publicación.

............................., a ........ de ........................... de 2010.

Fdo.: Coordinador/a

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