BOLETÍN Nº 64 - 26 de mayo de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación definitiva de las modificaciones de las bases
para el concurso público para la adjudicación de subvenciones
a ONGD para la realización de proyectos de cooperación
con países en vías de desarrollo

El Pleno del Ayuntamiento de Tudela, en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2010, aprobó inicialmente las modificaciones de las bases para el concurso público para la adjudicación de subvenciones a ONGD para la realización de proyectos de cooperación con países en vías de desarrollo.

El anuncio de aprobación inicial de dichas bases y de su exposición pública reglamentaria se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 36, de 22 de marzo de 2010, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento; y pasado el plazo de exposición pública, sin que se haya presentado alegación, reparo u observación alguna, en virtud de la establecido al respecto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/90, de Administración Local, queda aprobada definitivamente, con arreglo al texto que se adjunta en anexo único.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra, y demás legislación de aplicación, se procede a la publicación de las modificaciones aprobadas:

Redacción definitiva de las bases: tercera, octava y novena que han sido modificados:

Base tercera.-Actividades y gastos subvencionables.

1.-Mediante la presente convocatoria se subvencionan las siguientes actividades: Proyectos de cooperación al desarrollo llevados a cabo por ONGD dirigidas a satisfacer de forma directa las necesidades fundamentales de las poblaciones desfavorecidas en los países en vías de desarrollo.

La cantidad máxima subvencionada no podrá superar la cantidad máxima de quince mil euros (15.000 euros) por proyecto.

Excepcionalmente, se podrán subvencionar proyectos, con una cantidad superior a los 15.000 euros, en atención a las situaciones de emergencia, mediante ayuda humanitaria orientada a la asistencia y rehabilitación de poblaciones en situación de emergencia o de grave e inminente riesgo a consecuencia de catástrofes naturales (huracanes, terremotos, inundaciones, maremotos, etc.). Para ello, la Comisión Informativa correspondiente, oída la Comisión Evaluadora de los Proyectos, propondrá a la Junta de Gobierno Local la aprobación del nuevo límite de las subvenciones para aquellos proyectos que así se determinen.

Base octava.-Criterios para la aplicación del baremo:

2.-Fase de puesta en común:

Se citarán a las ONGD para que expongan uno tras otros los diferentes proyectos, a continuación, y por separado, se abre el turno de opiniones, se contrastan ideas, se debaten los puntos oscuros, etc.

La valoración realizada por los miembros de la Comisión Informativa, se hará por grupo municipal integrante en dicha comisión, y nunca de forma individual.

Se puntuará colegiadamente cada proyecto, siguiendo rigurosamente los criterios establecidos. En los apartados que no haya consenso se efectuará la correspondiente media aritmética.

Así mismo y cuando proceda, la Comisión Informativa propondrá justificadamente que proyectos podrán ser subvencionados con una cuantía superior a los 15.000 euros.

Base novena.-Concesión de subvenciones:

La concesión de subvenciones se realizará en función de la puntuación obtenida tras los criterios de valoración y conforme a las posibilidades presupuestarias del Ayuntamiento, quedando al margen de la adjudicación aquellos proyectos que no alcancen 50 puntos.

El reparto de las subvenciones para aquellos proyectos que hayan superado los 50 puntos, se hará de forma proporcional a la puntuación obtenida, no pudiendo en ningún caso superar la cuantía solicitada, con el limite de 15.000 euros, salvo en los casos contemplados en la excepción de la base tercera punto 1, cuya subvención podrá ser superior a dicho importe.

Tudela, 29 de abril de 2010.-La Concejal Delegada de Asuntos Sociales y Mujer, Elena Magán López.

Código del anuncio: L1007641