BOLETÍN Nº 128 - 22 de octubre de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANDOSILLA

Creación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Andosilla

Mediante Resolución de Alcaldía número 268, de fecha 30 de septiembre de 2010 y dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, se ha acordado la creación de la sede electrónica del Ayuntamiento de Andosilla, que asume la responsabilidad respecto de la integridad, veracidad y actuación de la información y servicios a los que puede acceder a través de la misma. Así mismo se crea por la citada Resolución el Registro Electrónico asociado a dicha sede en la dirección electrónica indicada.

Andosilla, 30 de septiembre de 2010.-El Alcalde, Juan Enrique Sanzo Andrés.

ANEXO

1.-Características de la sede electrónica.

1.1. El ámbito de aplicación de la sede electrónica estará compuesto por la Entidad Local del Ayuntamiento de Andosilla y podrá ser también utilizada para sus organismos autónomos.

1.2. La dirección electrónica será www.andosilla.net, dominio de Internet propiedad del Excelentísimo Ayuntamiento de Andosilla. El titular de dicha sede es el Ayuntamiento de Andosilla y los órganos encargados de la gestión y de los servicios son todos los órganos municipales y sus áreas funcionales bajo la coordinación de la Secretaría General.

Se identificarán en la sede todos los canales de acceso disponibles.

Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas se especificarán en la sede electrónica, y en todo caso, seguirán estando disponibles los medios tradicionales de presentación presencial ante el Registro General del Ayuntamiento.

2.-Creación del Registro Electrónico.

Se crea el Registro Electrónico asociado a la sede electrónica. El Registro Electrónico se integrará en el Registro General de Entrada y Salida conformando un único registro integrado. El Registro Electrónico aporta el canal telemático al Registro General de Entrada y Salida. El Registro General de Entrada y Salida está encuadrado organizativamente en el área de Secretaría General, y la creación de este Registro Electrónico no modifica dicha dependencia orgánica.

3.-Procedimientos electrónicos.

A través de la Secretaría General, bajo la dirección político-orgánica de la Alcaldía-Presidencia como órgano competente, y la Dirección técnica del funcionario/a encargado/a del Registro General, se definirán y publicarán en la sede electrónica los procedimientos que se puedan gestionar por el canal telemático.

Dada la limitación de recursos técnicos así como la complejidad de los diferentes procedimientos administrativos y operativos, se ha determinado priorizar aquellos procedimientos que estadísticamente han sido los más solicitados por los ciudadanos.

Código del anuncio: L1016224