BOLETÍN Nº 128 - 22 de octubre de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 164/2010, de 16 de septiembre, de la Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Etxarri Aranatz, en parcela 420 del polígono 3, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Etxarri Aranatz ha presentado ante el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Etxarri Aranatz, en parcela 420 del polígono 3, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con la siguiente determinación:

-Deberán formar parte de la "Normativa urbanística a aplicar en el ámbito de los nuevos sistemas generales dotacional polivalente en la parcela 420 del polígono 3 subparcelas C, G, I y sistema general viario/peatonal SGVP" tanto las condiciones establecidas en el informe del Servicio de Calidad Ambiental de fecha 4 de mayo de 2010, como el apartado "Determinaciones que se incorporan-Determinación urbanística de carácter pormenorizado. Ordenación de los terrenos del nuevo SGD" de la documentación de fecha 20 de mayo de 2010.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Etxarri Aranatz y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 16 de septiembre de 2010.-La Consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio, Amelia Salanueva Murguialday.

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