BOLETÍN Nº 128 - 22 de octubre de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO DE TAFALLA

Edicto. Juicio de faltas número 75/2010

Doña Aida González Arde, Secretaria del Juzgado de Instrucción número Uno de Tafalla y su partido.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas 75/2010, habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 111/2010

Tafalla, veinticuatro de septiembre de 2010.

Vistos por doña Ana José Añón Montón, Juez Sustituta del Juzgado de Instrucción número Uno de Tafalla y su partido, los presentes autos de Juicio de Faltas número 75/10 seguidos por lesiones y daños, con la intervención del Ministerio Fiscal, en los que han sido parte denunciante don Omar Mihmdan y doña Mariselva Salvatierra Salvatierra y parte denunciada don Edison Saul Saraguro Heras y don Rubén Sandro Bazan Romero.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Ruben Sandro Bazan Romero como autor responsable de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de 40 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, por lo que hace un total de 240 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas; así como al pago de las costas procesales.

Que debo condenar y condeno a don Rubén Sandro Bazan Romero como autor responsable de una falta de daños del artículo 625.1 del Código Penal, a la pena de 16 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, por lo que hace un total de 96 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas; así como al pago de las costas procesales.

Que debo condenar y condeno a don Edison Saul Saraguro Heras como autor responsable de dos faltas de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de 40 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, por cada una de las faltas, por lo que hace un total de 480 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas; así como al pago de las costas procesales.

En concepto de Responsabilidad Civil don Rubén Sandro Bazan Romero y don Edison Saul Saraguro Heras indemnizarán conjunta y solidariamente a don Omar Mihmdan, en la suma de 410 euros por las lesiones que sufrió y en la cantidad de 1.400 euros por las secuelas que padece.

Así mismo don Rubén Sandro Bazan Romero indemnizará a don Omar Mihmdan en la cantidad de 351,68 euros por los daños ocasionados en su vehículo y don Edison Saul Saraguro Heras indemnizará a Mariselva Salvatierra Salvatierra en la cantidad de 280 euros por los días en que tardaron en curar sus lesiones y en la cantidad de 2.100 euros por las secuelas que padece.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 976, en relación con los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la misma se puede interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial; y expídase testimonio de la misma que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a Edison Saul Saraguro Heras hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Tafalla, 24 de septiembre de 2010.-La Secretaria Judicial, Aida González Arde.

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