BOLETÍN Nº 118 - 29 de septiembre de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 209/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición, de 8 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico Agrícola al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 209/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 8 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico Agrícola al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de Ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

bases

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 8 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico Agrícola, de régimen funcionarial, nivel B, con destino en Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

-4 plazas en turno libre.

-4 plazas en turno de promoción.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

Seis en el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente:

-2 en la Dirección General de Agricultura y Ganadería, identificadas en plantilla orgánica con los números 2504 y 2266, con destino en Pamplona.

-4 en la Dirección General de Desarrollo Rural, identificadas en la plantilla orgánica con los números 2455, 2178, 2297 y 3773, con destino en Pamplona.

Una en el Departamento de Economía y Hacienda:

1 en el Organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, identificada en la plantilla orgánica con el número 1244, con destino en Pamplona.

Una en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones:

1 adscrita a la Dirección General de Obras Públicas, identificada en la plantilla orgánica con el número 3958, con destino en Pamplona.

1.2. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

1.3. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel B en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.4. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria constituir, con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

-Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos.

-Lista de aspirantes a la contratación temporal en el ámbito Administración Núcleo.

Las relaciones mencionadas se aprobarán y gestionarán conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Agrícola o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción:

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria, excepto aquéllos cuya acreditación, de conformidad con lo establecido en la Base 3, deba aportarse junto con la instancia.

3.-Presentación de solicitudes y pago de tasas.

3.1. Tasas.

La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 40 euros. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

-Vía telemática, en la forma señalada en letra A.1. de la base 3.2.

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección www.navarra.es, "Servicios", "Empleo Público", figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo o transferencia en la cuenta número 0030 8124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del aspirante.

-DNI/NIF.

-Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

-Concepto: Oposiciones.

-Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

3.2. Solicitudes.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de solicitud se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

La presentación podrá hacerse por cualquiera de los medios siguientes:

A) Vía telemática.

A.1. A través de Internet, accediendo al enlace "Inscripción y Pago Telemático" ubicado en la ficha correspondiente a esta convocatoria, en el apartado "Servicios", "Empleo Público" del Portal de Navarra, en la dirección www.navarra.es.

Esta forma de presentación y pago no podrá ser utilizada cuando haya de presentarse documentación acreditativa de exención de pago de tasas, así como aquélla a que se refieren los números Dos y Tres de la base 3.3.

A.2. En el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web del Gobierno de Navarra.

B) Presencial.

Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona.

3.3. Documentación a adjuntar a la solicitud.

Uno.-Justificante de haber abonado el pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen.

Dos.-Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la solicitud, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

Tres.-Para ser admitidos al turno de reserva para personas con discapacidad, así como a efectos de la aplicación de lo dispuesto en el apartado a) de la base 3.1. (exención de tasas), base 8 (preferencia en la elección de plazas) e igualmente, para solicitar adaptación de tiempos y medios, los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante original o copia compulsada de uno de los siguientes documentos:

-Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

-Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en la solicitud y expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones que se solicitan. Existe un modelo de solicitud de adaptaciones a disposición de los interesados en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso, por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso, por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Juan Pablo Rebolé Ruiz, Jefe de la Sección de Infraestructuras Agrarias del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Don José Ignacio Azcoiti Eseverri, Jefe de la Sección de Regadíos del Servicio de Infraestructuras Agrarias del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Vocal: Doña Silvia Borruel Sainz, Jefa de la Sección de Auditoria Interna del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Doña Manuela Aleu Bonaut, Jefa de la Sección de Regulación e Intervención de Mercados Agrarios del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Vocal: Doña Sonia Fuentetaja González, Jefa de Sección de Fomento de Explotaciones Agrarias del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Doña Ainhoa Bilbao Izco, Ingeniero Técnico Agrícola de la Sección de Fomento de Explotaciones Agrarias del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Vocal: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

-Suplente: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de Administración Núcleo.

-Vocal-Secretario: Don Javier Lizarbe Chocarro, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Desarrollo Rural y Agrario de la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Don Jesús María Munárriz Irigoyen, Licenciado en Derecho, adscrito a la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

El Tribunal calificador deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal calificador resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal calificador podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal calificador limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de enero de 2011. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

-Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 80 preguntas con varias alternativas de respuesta, siendo sólo una de ellas válida, acerca de las materias comprendidas en el temario. Penalizarán los errores. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de 3 horas.

-Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 5 horas, tres temas correspondientes cada uno de ellos a una de las tres partes en que se divide el temario anexo. Para ello el Tribunal calificador escogerá al azar dos temas de cada una de las partes mencionadas, debiendo los aspirantes desarrollar únicamente uno de ellos, a su elección.

-Tercer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en resolver uno o varios supuestos, durante un tiempo máximo de 3 horas, sobre los aspectos que determine el Tribunal calificador en relación con las materias contenidas en el temario.

-Cuarto ejercicio: Pruebas de idioma inglés. De carácter voluntario y no eliminatorio, podrán realizarlo aquellos aspirantes que hubieran superado los tres ejercicios anteriores. Constará de una prueba escrita y otra oral, para determinar el grado de conocimiento de los aspirantes. Dichas pruebas se llevarán a cabo por el Instituto Navarro de Administración Pública y su resultado vinculará al Tribunal calificador.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 40 puntos. El tema de la parte primera tendrá una puntuación máxima de 10 puntos; los temas de la parte segunda y tercera tendrán una puntuación máxima de 15 puntos cada uno.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos.

Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos.

6.4. Los ejercicios primero, segundo y tercero de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada al aspirante con mejor calificación en cada ejercicio. No obstante lo anterior, para considerar superado el ejercicio la puntuación no podrá ser inferior a 1/3 de la puntuación máxima establecida en las bases de la convocatoria para dicho ejercicio.

6.5. Los ejercicios segundo y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal calificador publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal calificador considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad, mediante alguno de los documentos citados.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio; y de persistir se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho Servicio, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de clase B.

7.2.3. Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 7.2. de esta convocatoria.

8.-Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Instituto Navarro de Administración Pública (I.N.A.P.), su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre el resto de los aspirantes, cualquiera que sea el turno por el que hubieran concurrido.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

8.3. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el apartado anterior, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes del turno libre.

9.-Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Ingeniero Técnico Agrícola y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. La residencia de los funcionarios en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo y del estricto cumplimiento de la jornada y de las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento al lugar de trabajo.

En determinados supuestos debidamente justificados las Administraciones Públicas podrán exigir a sus funcionarios la residencia en la localidad de su destino, cuando así proceda por el contenido de las funciones del puesto de trabajo y por la dedicación exigida por el mismo.

9.5. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios con carácter fijo en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

10.2. Lista de aprobados sin plaza y lista de aspirantes a la contratación temporal en Administración Núcleo.

Remitido el expediente por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas de aprobados sin plaza y aprobados del segundo ejercicio, de acuerdo con las normas de gestión vigentes en ese momento, y se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos establecidos en la base 2, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo, en el ámbito de Administración Núcleo, de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen normas de provisión temporal de puestos de trabajo (Boletín Oficial de Navarra número 144 de 2 de diciembre) y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 4, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación y tenencia de permiso de conducir exigidos en la base 2.1, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de originales o copias debidamente compulsadas.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 13 de septiembre de 2010.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

Datos convocatoria:

Puesto:

Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra: número ........., de fecha ..............

Turno de acceso

Turno libre

Turno promoción*

Turno de reserva para discapacitados*

Datos personales:

Apellidos y Nombre:

DNI o documento equivalente:

Fecha Nacimiento:

Natural de: ( )

Nacionalidad:

Domicilio:

Localidad:

Provincia:

Código Postal:

Teléfono Móvil:

Teléfono 2:

Correo Electrónico:

Documentación aportada:

Acreditación de Discapacidad

Solicita adaptación de tiempos y/o medios en hoja aparte

Certificado de vascuence o título equivalente*

Solicita prueba de

Vascuence*

Inglés*

Francés*

El/La firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso a que se refiere la presente instancia y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos.

(Firma)

En ....................., a ........................ de .............. de 20...............

SEÑOR DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

(*) De acuerdo con lo establecido en las Bases de la Convocatoria.

ANEXO II

Temario

Parte primera

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. El Poder Judicial. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración del Estado. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.

Tema 2.-La Unión Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones.

Tema 3.-Las Fuentes del ordenamiento jurídico comunitario: el derecho originario y el derecho derivado.

Tema 4.-La Disposición adicional primera de la Constitución Española de 1978. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: naturaleza y significado. El título Preliminar. Las competencias de Navarra.

Tema 5.-El Parlamento o Cortes de Navarra. La Cámara de Comptos de Navarra. El Defensor del Pueblo.

Tema 6.-El Gobierno de Navarra. Funciones. Composición, nombramiento, constitución y cese. Atribución y competencias. Funcionamiento. Órganos de asistencia y apoyo. Responsabilidad política, control parlamentario y disolución del Parlamento de Navarra. El Presidente del Gobierno de Navarra.

Tema 7.-La Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Principios generales establecidos en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Organización: principios generales y estructura orgánica, órganos colegiados y competencias de los órganos administrativos.

Tema 8.-Los principios generales del régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Los órganos de las Administraciones Públicas. Los interesados en el procedimiento administrativo.

Tema 9.-Las disposiciones y los actos administrativos. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 10.-Las disposiciones generales de los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

Tema 11.-La Ley Foral de Contratos Públicos: Ámbito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.

Tema 12.-El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. Las situaciones administrativas. Los derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Retribuciones.

Tema 13.-Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 14.-La Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de Evaluación de las Políticas Públicas y de la Calidad de los Servicios Públicos.

Tema 15.-La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Tema 16.-La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones: disposiciones generales. Procedimiento de concesión y gestión. Reintegro de las subvenciones. Seguimiento y control. Infracciones y sanciones.

Parte segunda

Tema 1.-La organización administrativa agraria española. Papel de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas en el diseño y ejecución de la política agraria comunitaria, nacional y autonómica. Principios constitucionales y estatutarios y mecanismos de coordinación. Configuración administrativa básica: Central y Periférica.

Tema 2.-Características macroeconómicas básicas de la agricultura española. La producción final agraria: Importancia, composición, y distribución. La renta agraria: Evolución y distribución. Población activa. Gastos fuera del sector. El sector agroalimentario en la economía española. El comercio exterior agrario en España: Principales productos y áreas de intercambio. Balanza comercial agraria española. Tasa de cobertura.

Tema 3.-La Política Agraria Comunitaria (PAC). Antecedentes. La reforma de la PAC en 1992. La PAC en el año 2000. La revisión de la PAC en el año 2003. El chequeo médico de la PAC. La política de precios y mercados y la política de estructuras y desarrollo rural en estas etapas.

Tema 4.-El Reglamento (CE) 1290/2005, del Consejo, de 21 de junio sobre la financiación de la política agrícola común. Los Fondos agrícolas y su regulación. Organismos pagadores y de coordinación.

Tema 5.-El Reglamento (CE) número 73/2009, del Consejo, de 19 de enero. Sistema integrado de gestión y control de las ayudas directas en el marco de la política agrícola común. La modulación y la disciplina financiera. El régimen de pago único y otros regímenes de ayudas.

Tema 6.-La condicionalidad. Su aplicación en las ayudas directas y en las ayudas de los Programas de Desarrollo Rural. Las Buenas condiciones agrarias y medioambientales y los requisitos legales de gestión.

Tema 7.-El Reglamento (CE) 1234/2007, del Consejo, de 22 de octubre, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas. Los mecanismos de regulación del mercado interior. Medidas de intervención. La comercialización y la producción. Régimen de comercio exterior.

Tema 8.-Política de desarrollo rural. Reglamento (CE) número 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Tema 9.-El Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra para el periodo 2007-2013. Antecedentes. Descripción de los ejes y medidas. Relación con el Marco Nacional de Desarrollo Rural y Directrices europeas de Desarrollo Rural para el período 2007-2013.

Tema 10.-La política de competencia en la Unión Europea: Directrices sobre las ayudas de estado en el sector agrario y forestal para el periodo 2007-2013 y sus reglamentos de exención.

Tema 11.-La política exterior agraria de la UE. Los acuerdos con otras áreas de intercambio. Las negociaciones en el seno de la Organización Mundial de Comercio.

Tema 12.-La organización administrativa agraria de la Comunidad Foral de Navarra. El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente: Organización y funciones. Organismos autónomos. Sociedades públicas adscritas al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. El organismo pagador de Navarra.

Tema 13.-El territorio de la Comunidad Foral de Navarra como base de la actividad agraria. Distribución superficial por actividades. Climatología. Orografía. Hidrografía. Las Comarcas Agraria de Navarra, orientaciones productivas y características más notables.

Tema 14.-Sector agrario de Navarra. Participación en el conjunto de la economía de Navarra. Análisis por subsectores. Superficies y producciones de las actividades más significativas. Diagnóstico del sector agrario navarro: Puntos fuertes y débiles en el momento actual. Evolución y tendencias. El comercio exterior agrario en Navarra: Balanza comercial, principales productos y áreas de intercambio.

Tema 15.-Población activa de Navarra. Análisis por sectores y estratos de población. Análisis comparativo en el entorno español y en la Unión Europea. Evolución. El agricultor a Título Principal. La mujer en el sector agroalimentario navarro. El relevo generacional en las explotaciones agrarias de Navarra. La inmigración, características y participación en el sector agroalimentario navarro.

Tema 16.-La explotación agraria en Navarra. Las explotaciones agrarias: Dimensión, organización y evolución. Régimen de tenencia de la tierra. La explotación agraria como empresa. Tipología de la empresa agraria Navarra: Parámetros económicos aplicables para su establecimiento (Margen Bruto, Unidades de Dimensión Económica (UDE)). El Registro de explotaciones de agrarias de Navarra. Explotaciones prioritarias.

Tema 17.-Asociacionismo agrario. Cooperativas agrarias: Régimen jurídico y órganos de gobierno. La implantación del cooperativismo agrario en Navarra: Desarrollo por subsectores productivos. La integración cooperativa. Las cooperativas de utilización de maquinaria en común (CUMA). Las sociedades agrarias de transformación (SAT) Régimen jurídico y órganos de gobierno.

Tema 18.-La industria agroalimentaria en Navarra. Importancia del sector: Participación en la producción final agraria y en el conjunto de la economía de la Comunidad Foral de Navarra. Empleo y tecnología asociados a la industria agroalimentaria. Estructura empresarial. Subsectores de actividad agroindustrial: Características y problemática específica. Implicación en el sector productor de materias primas: Relaciones contractuales.

Tema 19.-Los medios de producción del sector agrario de Navarra. Descripción y consumo. Análisis de la evolución. El ahorro energético. Energías renovables. Tendencias y expectativas en el uso de energías renovables en el sector agrario navarro.

Tema 20.-Actuaciones en Infraestructuras Agrarias en Navarra. Legislación y Reglamento aplicable: Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas y Decreto Foral 59/2003, de 24 de marzo. Parcelación y regímenes de tenencia de la tierra. Evolución histórica y perspectivas. Implicaciones en las explotaciones agrarias. Evaluación de Impacto Ambiental de las actuaciones.

Tema 21.-Los regadíos como estructura productiva del sector agrario de Navarra. Características: Puntos fuertes y débiles de los regadíos de Navarra. Abastecimiento, consumo y estacionalidad. Explotación y conservación de zonas regables. Las comunidades de regantes: Su papel en la explotación de las zonas regables. El ahorro de agua. El coste del agua y la energía. Tecnología y eficiencia.

Tema 22.-Infraestructuras Agrarias. Caminos rurales: Clasificación, criterios de diseño, elementos de la geometría de un camino rural, la explanación, el firme y las obras de fábrica. Obras de drenaje: Tipos, diseño y distribución.

Tema 23.-Comercialización agraria. Principales aspectos que condicionan la comercialización de productos agrarios. Canales de comercialización. Normalización y tipificación de productos agrarios. Comercialización en origen y en destino. Comercio mayorista y minorista. Organizaciones en origen para la comercialización: Agrupaciones de productores agrarios (APA) y organizaciones de productores de frutas y hortalizas (OPFH). Su implantación en Navarra.

Tema 24.-La defensa de la calidad de las producciones agrarias en Navarra. Denominaciones de origen protegidas, Indicaciones geográficas protegidas y otras certificaciones de calidad. Definición, características y requisitos. Legislación vigente.

Tema 25.-Medidas de desarrollo rural relacionadas con el aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal. Su aplicación en Navarra.

Tema 26.-Medidas de desarrollo rural relacionadas con la mejora del medio ambiente y del entorno rural. Su aplicación en Navarra.

Tema 27.-Otras medidas de desarrollo rural relacionadas con la calidad de vida en las zonas rurales y diversificación de la economía rural y LEADER. Su aplicación en Navarra.

Tema 28.-Seguros agrarios. Función. Elementos básicos. Métodos de aplicación. Su aplicación en Navarra: Implantación y evolución.

Tema 29.-Registro de la Riqueza Territorial y los Catastros de Navarra, según la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre. Creación y utilidad. Concepto y contenido. Conservación. Acceso a la información. Coordinación con el Registro de la Propiedad.

Tema 30.-Sistemas de Información Geográfica. Fundamentos y aplicación a la planificación y a la gestión agraria. El Sistema de Información Territorial de Navarra (SITNA). El Sistema de Información Geográfica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra (PLANTA).

Tema 31.-Los bienes comunales en Navarra. Características. Administración y actos de disposición. Aprovechamientos de los bienes comunales. Defensa, conservación y recuperación.

Tema 32.-La seguridad alimentaria. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Funciones. El principio de precaución y su aplicación. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria. El control de calidad en los alimentos. El control oficial. El control voluntario: Organismos de certificación. El autocontrol: Análisis de peligros y puntos críticos de control. La trazabilidad en la producción agroalimentaria.

Parte tercera

Tema 1.-El suelo como factor de producción en la agricultura. Técnicas para el estudio agrario del suelo. Tipos de suelos. Las relaciones suelo-planta. Evaluación de tierras agrarias: Fundamentos básicos y aplicaciones. Caracterización de los principales tipos de suelos de Navarra.

Tema 2.-El laboreo del suelo. Tipos de labores en función del suelo y del objetivo técnico. Laboreo mínimo. No laboreo. Conservación de suelos. Problemas de erosión. Problemática de la erosión de suelos en Navarra.

Tema 3.-El agua como factor de producción en la agricultura. La relación agua-suelo-planta. Balance hídrico. La calidad de las aguas para el riego. El riego. Principales técnicas y sistemas de riego. El problema de la salinización.

Tema 4.-La producción de semillas de cereales. Importancia del sector en Navarra. Reglamento Técnico de Control y Certificación de semillas de cereales de fecundación autogama. La figura del productor multiplicador: Derechos y obligaciones. La certificación de semillas de cereales y su comercialización. El acondicionamiento de grano para la siembra.

Tema 5.-La producción de plantas por multiplicación vegetativa. Importancia del sector en Navarra. Producción de patata de siembra, producción de planta de frutales, vid y hortícolas: Reglamentos técnicos de control y certificación. El material vegetal autóctono: Su valor como recurso. Acciones de conservación en Navarra.

Tema 6.-Los fertilizantes. Los fertilizantes como factor de producción. Tipos de fertilizantes y características. Fertilización racional. Definición de dosis óptimas y momentos de aporte. Sistemas de aplicación. Fertilización en sistemas extensivos de secano. Fertilización en sistemas intensivos de regadío. Fertirrigación. Fertilización en invernaderos.

Tema 7.-Utilización de residuos orgánicos como fertilizantes. Estiércoles, purines, lodos de depuradora y compost: Características y valor como fertilizantes. Riesgos ambientales y sanitarios asociados a su empleo. Recomendaciones técnicas de uso. Exigencias medioambientales en las explotaciones ganaderas derivadas de la generación de residuos orgánicos. Disposiciones legales de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 8.-Riesgos ambientales de la fertilización. Contaminación de suelos y aguas por el uso de fertilizantes. La Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura. Zonas vulnerables. El Código de Buenas Prácticas Agrarias. Su aplicación en Navarra.

Tema 9.-Los fitosanitarios. Los fitosanitarios como factor de producción. Tipos y características. Técnicas de aplicación. Descripción de los problemas más significativos en Navarra en cuanto a plagas, enfermedades y malas hierbas. Sus técnicas de control.

Tema 10.-La protección fitosanitaria ante la entrada de organismos nocivos procedentes de otros países. Normativa española. El pasaporte fitosanitario. Problemática de las plagas de cuarentena diagnosticadas en Navarra: Agentes causantes, alcance del problema, erradicación y control.

Tema 11.-Riesgos ambientales y sanitarios derivados del uso de fitosanitarios. Clasificaciones de riesgo. La etiqueta. Los pictogramas. Las frases de riesgo. El carnet de aplicador de productos fitosanitarios. El Registro Oficial de Establecimientos y Servicios. El Registro de productos fitosanitarios del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. Los residuos de fitosanitarios en los productos agrícolas. Límites máximos de residuos. Su seguimiento y control en el ámbito nacional. Alternativas al uso de fitosanitarios: Lucha biológica y confusión sexual.

Tema 12.-Mecanización agraria. La maquinaria agrícola como factor de producción en la empresa agraria. La mecanización del sector agrario de Navarra. El Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de Navarra. Utilización de maquinaria en fórmulas asociativas. Situación en Navarra de la utilización en común de maquinaria y equipos agrícolas.

Tema 13.-Maquinaria agrícola. Maquinaria de tracción. Maquinaria de laboreo. Maquinaria de siembra y plantación. Maquinaria de aplicación de fitosanitarios. Maquinaria de aplicación de fertilizantes. Equipos combinados. Maquinaria de recolección. Características técnicas y tendencias. La reducción de costes de la mecanización.

Tema 14.-Almacenamiento y conservación de productos agrarios. Principales sistemas. Instalaciones y tecnología. Especial referencia a conservación de granos, productos hortofrutícolas, carnes, productos lácteos, vino y aceite.

Tema 15.-La producción agraria ecológica. Características de la producción ecológica. Diferencias más importantes respecto a otras producciones controladas. Aspectos fundamentales de la normativa que la regula. La producción ecológica en Navarra: Evolución y tendencias por sectores.

Tema 16.-Producción integrada. Características de la producción integrada. Diferencias más importantes respecto a otras producciones controladas. Los Reglamentos Técnicos o Normas Técnicas Específicas. Los cuadernos de explotación. Las entidades de certificación y control. La producción integrada en Navarra: Evolución y tendencias por sectores.

Tema 17.-Técnicas de producción de cereales en Navarra. Especies, variedades y orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, superficies y rendimientos. Itinerarios técnicos. Producción en secano. Producción en regadío. Posición en la alternativa de cultivos. Canales de comercialización. Factores de calidad en las producciones de cereales.

Tema 18.-Técnicas de producción de leguminosas, oleaginosas y proteaginosas. Especies, variedades y orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, superficies y rendimientos. Itinerarios técnicos. Posición en la alternativa de cultivos. Canales de comercialización. Factores de calidad en estos grupos de cultivos.

Tema 19.-Técnicas de producción de hortícolas en Navarra. Especies, variedades y orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, superficies y rendimientos. Itinerarios técnicos. Alternativas y rotaciones. Horticultura intensiva y horticultura extensiva. Canales de comercialización. Factores de calidad en las producciones hortícolas.

Tema 20.-Técnicas de producción de frutales en Navarra. Especies, variedades y orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, superficies y rendimientos. Diseño de nuevas plantaciones. Itinerarios técnicos. Canales de comercialización. Factores de calidad en las producciones frutícolas.

Tema 21.-Técnicas de producción de almendro y olivo en Navarra. Variedades y orientación comercial. Zonas productoras, superficies y rendimientos. Diseño de nuevas plantaciones. Plantaciones extensivas e intensivas. Itinerarios técnicos. Valorización agroambiental de estos cultivos. Canales de comercialización. Factores de calidad en las producciones de almendro y olivo.

Tema 22.-Técnicas de producción de vid en Navarra. Zonas productoras, superficies y rendimientos. Variedades y orientación industrial. Diseño de nuevas plantaciones. Itinerarios técnicos. Canales de comercialización. Factores de calidad en las producciones vitícolas.

Tema 23.-Técnicas de producción bajo cubierta en Navarra. Invernaderos y túneles. Especies y variedades. Orientación comercial de las producciones. Tecnología básica en los invernaderos: Materiales de construcción y cubierta, riego, nutrición, sustratos, apoyo calórico pasivo, calefacción. Cultivo sin suelo: Concepto, ventajas e inconvenientes. Rotaciones y alternativas en los invernaderos y túneles de Navarra. Canales de comercialización. Factores de calidad en las producciones hortícolas bajo cubierta.

Tema 24.-Técnicas de producción de pastos y forrajes en Navarra. Especies, mezclas y variedades. Orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, superficies y rendimientos. Itinerarios técnicos. Producción en secano. Producción en regadío. Posición en la alternativa de cultivos. Canales de comercialización. Factores de calidad en este grupo de cultivos.

Tema 25.-Técnicas de producción de ganadería bovina de leche y carne en Navarra. Razas y orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, efectivos productivos, rendimientos y producciones. Equipos e instalaciones. Producción intensiva y extensiva. Condiciones técnico-ambientales de las explotaciones. Bienestar animal. Canales de comercialización. Factores de calidad de estas producciones.

Tema 26.-Técnicas de producción de ganadería ovina y caprina de leche y carne en Navarra. Razas y orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, efectivos productivos, rendimientos y producciones. Equipos e instalaciones. Producción intensiva y extensiva. Condiciones técnico-ambientales de las explotaciones. Bienestar animal. Canales de comercialización. Factores de calidad de estas producciones.

Tema 27.-Técnicas de producción de ganadería porcina en Navarra. Razas y orientación comercial de las producciones. Organización de la producción. Zonas productoras, efectivos productivos, rendimientos y producciones. Equipos e instalaciones. Condiciones técnico-ambientales de las explotaciones. Bienestar animal. Canales de comercialización. Factores de calidad de estas producciones.

Tema 28.-Técnicas de producción de ganado caballar, conejos y aves en Navarra. Razas y orientación comercial de las producciones. Zonas productoras, efectivos productivos, rendimientos y producciones. Equipos e instalaciones. Condiciones técnico-ambientales de las explotaciones. Bienestar animal. Canales de comercialización. Factores de calidad de estas producciones.

Tema 29.-Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (I). Industria del vino: Caracterización de las principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización. Industria del aceite: Caracterización de las principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización.

Tema 30.-Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (II). Industrias de los cereales: Caracterización de las principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización. Industria de productos horto-frutícolas en fresco, congelados y conserva: Caracterización de las principales materias primas, procesos de manipulación o elaboración, tecnología, productos obtenidos y comercialización.

Tema 31.-Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (III). Industria cárnica: Caracterización de las principales materias primas, procesos de manipulación o elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización. Industria láctea: Caracterización de las principales materias primas, procesos de manipulación o elaboración, tecnología, productos obtenidos y su comercialización.

Nota.-Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente el día de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Código del anuncio: F1015319