BOLETÍN Nº 89 - 20 de julio de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1164/2009, de 22 de mayo, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se inicia el expediente de Clasificación y reposición de mojones deteriorados o desaparecidos de las vías pecuarias de los términos municipales de Buñuel, Cabanillas, Fustiñana, Cortes y Fontellas.

La Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre de Vías Pecuarias de Navarra, determina que es competencia del Departamento de Medio Ambiente clasificar, deslindar, amojonar, ampliar y establecer las vías Pecuarias de Navarra. En aras a estas facultades, el Servicio de Conservación de la Biodiversidad ha determinado la necesidad de iniciar los trabajos de clasificación y reposición de mojones deteriorados o desaparecidos de las vías pecuarias de los términos municipales de Buñuel, Cabanillas, Fustiñana, Cortes y Fontellas.

Considerando que la presente propuesta queda justificada de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra, y en especial en el contenido de los artículos 5 y 6, y en la disposición adicional tercera de la misma.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y por el Decreto Foral 124/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Aprobar el inicio del expediente de Clasificación y reposición de mojones deteriorados o desaparecidos de las Vías Pecuarias de términos municipales de Buñuel, Cabanillas, Fustiñana, Cortes y Fontellas en la Comunidad Foral de Navarra.

2.º Designar como representantes de la Administración Foral en los expedientes de clasificación y reposición de mojones deteriorados o desaparecidos de vías pecuarias a doña Salomé Hernando Chicote, Jefa de la Sección de Planificación y Ayudas del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y a don Mikel Díaz Osés, Técnico de dicha Sección.

3.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, a los ayuntamientos de los términos municipales de Buñuel, Cabanillas, Fustiñana, Cortes y Fontellas, al Negociado de Asuntos Económicos de este Departamento, a los efectos oportunos.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Pamplona, 22 de mayo de 2009.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

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