BOLETÍN Nº 89 - 20 de julio de 2009

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

MARCILLA

Inicio expediente declaración de ruina edificación calle Nueva, numero 5

El día 1 de junio de 2009 el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Marcilla dictó la resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Visto expediente obrante en este Ayuntamiento relativo al estado de edificación de calle Nueva número 5 de Marcilla (parcelas 79 y 59 del polígono 4 cuyos titulares son Caixa de Catalunya y don José Antonio Gil Castillo y doña Antonia Gil Castillo) y sendos informes emitidos por Arquitecto del Servicio de Asesoría Urbanística (ORVE Tafalla) relativo al estado de ruina de la edificación en el que se concluye que concurren en el presente caso los supuestos establecidos en el artículo 196.2 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo para la declaración de ruina, así como informe de fecha 28 de mayo de 2009 en el que se reseña que la declaración de ruina afecta a las parcelas 79 y 59 del polígono 4, que se trata de una única unidad constructiva y que el proyecto de derribo solo afecta a la parte de la edificación de la parcela 59 del polígono 4.

De acuerdo a informe técnico relativo al estado de ruina de la edificación señalada (parcelas 79 y 59 del polígono 4 de Marcilla cuyos propietarios son Caixa Catalunya y Hermanos José Antonio y Antonio Gil Castillo respectivamente) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo y las disposiciones aplicables del Reglamento de Disciplina Urbanística,

Resuelvo:

1.º Iniciar de oficio expediente contradictorio de declaración de ruina de edificación sita en calle Nueva número 5 de Marcilla (parcela 79 del polígono y parcela 59 del polígono 4 cuyo titular es Caixa Catalunya y los hermanos José Antonio y Antonia Gil Castillo respectivamente).

2.º Dar audiencia a los titulares registrales, posibles titulares de derechos reales sobre el inmueble citado, así como otros interesados identificados en el expediente, mediante notificación del presente acuerdo, adjuntando copia de informe técnico antes referenciado, a fin de que el plazo de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, aleguen y presenten por escrito cuantos informes periciales y documentos estimen oportunos en defensa de sus derechos.

3.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos señalados en el artículo 59.4.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común así como en el tablón de anuncios municipal.

4.º De conformidad con lo señalado en el artículo 28 Reglamento de Disciplina Urbanística, la declaración administrativa de ruina o la adopción de medidas de urgencia por la Administración no eximirá a los propietarios de las responsabilidades de todo orden que pudieran serles exigidas por negligencia en los deberes de conservación que les correspondan.

5.º Ordenar como medida preventiva a los citados titulares en el plazo de quince días al vallado del edificio

6.º En el curso de este procedimiento hasta, en su caso, producirse la declaración de ruina, se advierte que no exime a los propietarios de las responsabilidades de todo orden que pudieran serle exigidas por negligencia en los deberes de conservación que correspondan.

7.º A su vez que de conformidad con el Informe de 28 de mayo de 2009 procedan a la presentación de anexo al expediente.

La presente resolución tiene la consideración de acto de trámite no susceptible de recurso.

Marcilla, 1 de junio de 2009.-El Alcalde-Presidente, José María Abárzuza Goñi.

Código del anuncio: L0917692