BOLETÍN Nº 76 - 22 de junio de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Autoridades y Personal

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

TORRALBA DEL RÍO

Retribuciones corporativos

El Pleno del Ayuntamiento de Torralba del Río en sesión celebrada el día 11 de mayo de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.-Modificar el régimen de indemnizaciones y asistencias de corporativos, entrando en vigor este acuerdo, con efectos retroactivos desde el día 1 de enero de 2009.

Segundo.-Aprobar las siguientes retribuciones a corporativos por asistencia a sesiones plenarias: 110 euros por sesión. Abonar al Señor Alcalde la cantidad de 350 euros mensuales en concepto de indemnización por los gastos ocasionados en el ejercicio de su cargo.

Tercero.-Determinar que los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por gasto efectivo ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente justificados, en los términos y cuantías que se establezcan cada año en materia retributiva para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Cuarto.-Las cuantías señaladas en los números anteriores serán objeto de actualización anual conforme a lo establecido en el artículo 3.2 de la Ley Foral 19/2008, de 20 de noviembre, por la que se establece la cuantía y fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra para los ejercicios presupuestarios de 2009 a 2012.

Quinto.-Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos de la entidad.

Torralba del Río, 11 de mayo de 2009.-El Alcalde, Ricardo Ruiz de Gaona Carlos.

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