BOLETÍN Nº 76 - 22 de junio de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 225/2009, de 8 de mayo, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se modifica la autorización de la Escuela Municipal de Música de Irurtzun, por ampliación de enseñanzas.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de don Juan José Iriarte Vitoria, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la localidad, de autorización para impartir la especialidad instrumental de Batería y Guitarra eléctrica en la citada escuela.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

RESUELVO:

1.º Se autoriza a la Escuela Municipal de Música de Irurtzun (código de centro: 31008645), para impartir la especialidad instrumental de Batería y Guitarra eléctrica para el curso 2009/2010.

2.º Las enseñanzas que tendrá autorizadas la escuela a partir de ese momento serán las correspondientes a la "oferta básica", a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992, con las siguientes especialidades dentro del ámbito instrumental: Acordeón, Batería, Clarinete, Flauta travesera, Guitarra, Guitarra eléctrica, Piano, Saxofón, Trikitixa y Txistu.

3.º Cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser autorizada por este Departamento.

4.º La autorización de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

5.º Se advierte que, de conformidad con el artículo 20 del Decreto Foral 421/1992, la entidad titular de la Escuela asumirá el sostenimiento económico de las enseñanzas autorizadas por la presente Resolución.

6.º Contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

7.º La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

8.º Se traslada la presente Resolución al Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento; al Servicio de Inspección Educativa y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Enseñanzas Artísticas, a la Sección de Tecnologías de la Información y de la Comunicación y a la de Centros Escolares y de su Financiación, y al Negociado de Gestión de la Información y al de Autorización y Registro de Centros.

Pamplona, 8 de mayo de 2009.-El Director General de Inspección y Servicios, Francisco Javier Esparza Sánchez.

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