BOLETÍN Nº 76 - 22 de junio de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 79/2009, de 4 de junio, de la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria para cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe, de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte para el curso escolar 2009-2010.

Con el fin de facilitar el máximo aprovechamiento de las posibilidades de uso de la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe, de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud, teniendo en cuenta la necesidad, en su caso, de alojamiento de aquellos estudiantes que cursen estudios reglados fuera de sus localidades de origen, así como la de promover la debida concurrencia y objetividad en las autorizaciones de uso, es conveniente el establecimiento de las bases y criterios para cubrir las plazas de residentes-estudiantes de la Instalación referida durante el curso escolar 2009/2010.

Esta convocatoria se establece de acuerdo y tomando como referencia, en todo caso, las funciones del Instituto Navarro de la Juventud, conforme al Decreto Foral 217/2007, de 24 de septiembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Instituto Navarro de la Juventud y se aprueban sus Estatutos, bajo la óptica del principio de buena administración.

La Subdirectora de Juventud presenta un informe dando cuenta de lo expuesto.

En consecuencia, y sin perjuicio de la regulación que al respecto pueda establecer la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de la Juventud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral anteriormente citado,

RESUELVO:

1.º Aprobar las bases de la convocatoria para cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, para el curso escolar 2009-2010, conforme a lo establecido en el anexo que acompaña a la presente resolución.

2.º Ordenar la publicación de las bases en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución al Instituto Navarro de la Juventud, al Servicio de Secretaría General, al responsable de la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe, a la Subdirección de Juventud, significándoles que contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Asuntos Sociales, Familia Juventud y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 4 de junio de 2009.-La Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud, Ana Frías Pardo.

ANEXO I

Bases de la Convocatoria para cubrir las plazas de residentes-
estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe, de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte para el curso escolar 2009-2010

1.?Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud, durante el curso escolar 2009-2010.

2.?Centro.

Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe", 31005 Pamplona, (Navarra) calle Goroabe, número 36.

3.?Solicitudes.

3.1. Se ofertan 45 plazas.

3.2. Podrán presentar solicitud para cubrir las plazas de residentes aquéllos que obtuvieron plaza de residente durante el curso 2008-2009, los estudiantes menores de 26 años que vayan a cursar enseñanzas regladas no universitarias, y aquéllos que vayan a cursar estudios universitarios en centros docentes oficiales ubicados en Pamplona.

4.?Presentación de solicitud y documentación.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Instituto Navarro de la Juventud (calle Emilio Arrieta, número 25, 31002 Pamplona), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, conforme al modelo que se recoge en el Anexo I. Se podrán enviar por correo certificado, incluyendo en el anverso del sobre la referencia "Convocatoria de plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe" de Pamplona, del Instituto Navarro de la Juventud", siempre que la solicitud haya sido sellada y firmada por el funcionario de Correos antes de cerrarse el sobre, y se consigne este hecho dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes mediante fax o telegrama dirigido a la Residencia "Fuerte del Príncipe", calle Goroabe, número 36, 31005 Pamplona (Fax: 948290540).

5.?Documentación.

5.1. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

?Solicitud de admisión.

?Fotocopia de DNI.

?Dos fotografías tamaño carné.

?Certificado de las calificaciones del curso 2008-2009.

?En el supuesto de solicitudes de estudiantes que por primera vez opten a una plaza de residente, se incluirá certificado de las calificaciones del curso 2007-2008.

?Otra documentación que el solicitante considere de interés para avalar su solicitud.

5.2. Documentación complementaria.

En el mes de septiembre, o en su caso con anterioridad, deberá aportarse original y copia de la matrícula correspondiente a los estudios que el solicitante realizará conforme a lo estipulado en la base 3.2.

5.3. En el supuesto de falta de documentación, se concederá un plazo de diez días naturales a partir del día siguiente a la notificación al interesado para la subsanación de la citada deficiencia.

6.?Valoración.

6.1. Una comisión integrada por la Subdirectora de Juventud, el Jefe de la Sección de Secretaría General y el Responsable de la Residencia Fuerte del Príncipe, a su vez Jefe del Negociado de Acciones Transversales, estudiará las solicitudes presentadas y elevará su propuesta a la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud.

6.2. La comisión evaluará las solicitudes con arreglo a los siguientes criterios:

6.2.1. Tendrán preferencia aquellas solicitudes procedentes de localidades que no tengan enseñanzas post-obligatorias no universitarias y ningún otro centro de estudios de estas características en la zona de influencia

6.2.2. Los solicitantes que hubieran obtenido plaza de residente-estudiante en el curso 2008-2009, podrán renovar plaza con carácter preferente, siempre que no tenga más de 2 suspensos en el curso 2008-2009, o en el supuesto de estudios universitarios aprobar el 45% de los créditos matriculados en el curso 2008-2009 y no exista informe negativo motivado del Responsable de la Residencia. Aquéllos que se matriculen en otros estudios reglados del régimen general diferentes a los que estuvo matriculado en el curso 2008-2009 tendrán que cumplir con las condiciones anteriormente citadas. Todo ello basándose en las calificaciones obtenidas en el mes de junio, que deberán entregarse antes del 15 de julio de 2009.

Excepcionalmente, y cuando concurran circunstancias especiales o en el caso de estudios que tengan especial dificultad, y previo el preceptivo informe motivado del Responsable de la Residencia, la comisión podrá adjudicar plazas para repetir curso o que no cumplan con los requisitos anteriormente citados.

6.2.3. Las solicitudes para plazas de nuevos residentes serán admitidas siempre que cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria y los recogidos en la base 6.2.2.

En el supuesto de existir más solicitudes de residentes estudiantes que plazas vacantes, la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud, aprobará mediante Resolución un baremo de valoración que tendrá en cuenta:

?Ser navarro/a o vecindad civil Navarra a la fecha de 1 de enero de 2009.

?Las calificaciones escolares obtenidas por el solicitante.

?Tener hermanos residiendo en la Residencia Juvenil, durante el curso que solicita.

?La necesidad de trasladarse obligatoriamente a Pamplona para proseguir cualquier tipo de estudios, teniendo preferencia aquellos estudiantes que por su edad o tipología de estudios no tengan otra oferta de residencia pública en Pamplona.

?Los méritos presentados por el solicitante.

?Haber disfrutado de Beca del Departamento de Educación y Cultura, durante el curso 2008-2009.

?Acreditar la condición de familia numerosa.

6.2.4. Se podrá ampliar el número de plazas ofertadas en el caso de que el Instituto Navarro del Deporte no ocupe todas sus plazas para residentes-deportistas.

7.?Resolución.

7.1. Las solicitudes serán resueltas por la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de las mismas.

7.2. Transcurrido el plazo máximo para resolver las solicitudes sin que haya recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

7.3 En el caso de quedar plazas vacantes una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, quedará abierto el plazo presentar nuevas solicitudes en el Registro del Instituto Navarro de la Juventud, siempre que se cumplan los requisitos en el punto 6.2.2.

8.?Adjudicación.

8.1. La adjudicación de las plazas quedará condicionada:

?A la inexistencia de mensualidades pendientes de pago, correspondientes a estancias en cursos anteriores.

?Al pago de una mensualidad de alojamiento y estancia en el plazo de los 10 días naturales siguientes a la notificación. Dicha mensualidad se corresponde con la del mes de mayo del año 2010.

?A la presentación de la documentación complementaria (matrícula) conforme a lo estipulado en la base 5.2.

La adjudicación de plaza de residente da derecho a manutención y alojamiento, durante el curso escolar, excepto en los períodos de Navidad, Semana Santa y verano. La Residencia permanecerá cerrada para los residentes-estudiantes en los períodos vacacionales del 24 de diciembre al 6 de enero y del 1 al 11 de abril, no pudiendo permanecer nadie en ella, sin autorización del Responsable de la Residencia.

8.2. El Instituto Navarro de la Juventud podrá revocar total o parcialmente la autorización de uso concedida en los casos siguientes:

?El uso indebido de las instalaciones.

?Incumplimiento de las obligaciones, establecidas en la presente resolución.

?Falseamiento de datos en la solicitud.

?Incumplimiento del reglamento de régimen interno de la residencia.

?Consumo o tenencia de sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas en el Centro.

9.?Obligaciones de los residentes.

Los residentes quedan obligados a cumplir las normas de régimen interno de la Residencia y las instrucciones que en aplicación de las mismas dicte su Responsable. La Residencia estará abierta de siete a una treinta horas de domingo a miércoles; jueves, viernes, sábados y vísperas de festivos de siete a tres horas. Cualquier excepción requerirá la autorización expresa de la Dirección.

Así mismo deberán abonar los precios oficialmente aprobados por el Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de la Juventud, antes del día 10 de cada mes, en la cuenta de la Residencia, relativos a uso y estancia en la instalación, abonando a la empresa de alimentación la realización de los servicios que se vayan a consumir, mediante cargo.

Las mensualidades, conforme a lo establecido en el acuerdo de Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de la Juventud, de 23 de diciembre de 2008, por el que se aprueba el régimen de precios y tarifas de los centros adscritos al Instituto Navarro de la Juventud (Boletín Oficial de Navarra número 28, de 6 de marzo de 2009) incluirán los siguientes conceptos y tendrán las características que se expresan a continuación:

?Alojamiento y estancia.

Los precios del 1 de octubre al 31 de mayo ambos inclusive son de 1.616,00 euros en habitación doble con servicios comunes, de 2.328,00 euros en habitación individual con servicios comunes y de 2.520,00 euros en habitación doble con baño, divididos en mensualidades de 202,00 euros, 291,00 euros y 315,00 euros respectivamente, en estos precios está incluido el servicio de alojamiento y estancia, de lunes a domingo, excepto en épocas vacacionales. Los meses de septiembre y junio se abonarán por semanas de 63,00 euros en habitación doble con servicios comunes, 83,00 euros en habitación individual con servicios comunes y 86,00 euros en habitación doble con baño. Aquellos residentes que vayan a estar el mes completo abonarán la misma cuota que el resto de mensualidades.

?Alimentación.

Se abonará a la empresa adjudicataria de dicho servicio mediante domiciliación bancaria, por meses adelantados. Durante el periodo comprendido entre el desayuno del 1 de octubre y el desayuno del 24 de diciembre, el precio de la alimentación será de 291,80 euros al mes, resultado de prorratear los días lectivos entre tres mensualidades. En este precio se incluye la alimentación desde el desayuno del lunes hasta la comida del viernes. No están incluidos los días 12 de octubre, 30 de noviembre, 3 y 8 de diciembre. Durante el periodo del 7 de enero al 31 de mayo, el precio por mes será de 299,17 euros más IPC del año 2009. En este precio está incluido desde el desayuno del lunes a la comida del viernes. No se incluye en este precio el día 19 de marzo, ni el periodo de vacaciones de Semana Santa desde el desayuno del día 1 de abril a la cena del 11 de abril. Aquellos residentes que vayan a realizar algún servicio de alimentación desde la cena del viernes a la cena del domingo deberán adquirir en el comedor los tickets correspondientes antes del mediodía del viernes, de acuerdo con los precios establecidos para alberguistas u otros usuarios.

Los servicios de septiembre y junio se abonarán en función de los días de estancia y alojamiento y de acuerdo a los precios que rijan en ese momento.

Ninguno de estos precios sufrirá descuento alguno como consecuencia de ausencias del residente durante el curso escolar por vacaciones, puentes, retraso en el comienzo del curso, enfermedades o cualquier otra circunstancia. La responsabilidad de los pagos será exclusiva del residente aunque sean abonados por terceros.

En caso de renunciar a la plaza, una vez efectuado el pago de reserva o abandonar la Residencia antes del mes de mayo, no habrá derecho a la devolución de dicho pago de alojamiento y estancia.

Todos los jueves del curso escolar y vísperas de festivos, los residentes deberán comunicar en recepción si el fin de semana permanecerán en el Centro, cuándo se van y cuándo regresan de su domicilio.

Asimismo, deberán rellenar un impreso para comunicar las ausencias programadas y en el caso de no incorporarse según lo previsto deberán comunicarlo de forma telefónica.

Los residentes deberán desalojar las habitaciones en épocas vacacionales de Semana Santa, Navidad y verano, no haciéndose responsable la residencia del material, prendas, accesorios, etc. que se quieran dejar en depósito.

No está permitido tener en las habitaciones otros aparatos electrónicos y eléctricos que no sean ordenadores personales y aparatos de sonido de pequeño tamaño. La Residencia no se responsabiliza de posibles deterioros o sustracciones.

La presentación de solicitudes implica la aceptación incondicional de la presente convocatoria y la declaración responsable de la exactitud y veracidad de los datos presentados.

La confirmación de la plaza por el residente implica la aceptación y el conocimiento de las normas de régimen interno de la Residencia Juvenil.

10.?Recursos.

Contra la presente convocatoria y los actos de aplicación de la misma, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación del acto, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe", de Pamplona

-Datos del solicitante:

Apellidos

Nombre

D.N.I. .................................... Fecha de nacimiento

Lugar de nacimiento ......................... Residente en

Domicilio ...................................... C.P. .............. Teléfono

-Datos del padre/madre o representante legal:

Apellidos

Nombre

D.N.I. .................................... Fecha de nacimiento

Lugar de nacimiento ......................... Residente en

Domicilio ...................................... C.P. .............. Teléfono

¿Plaza de nuevo residente? ? o ¿Renueva plaza? ?

-Datos académicos curso anterior:

Matriculado en el curso 2008-2009 en el centro

Estudios de

Especialidad

-Datos académicos del próximo curso:

Matriculado en el curso 2009-2010 en el centro

Estudios de

Especialidad ..................................................... curso

Pamplona, ................................. de .............................. de 2009.

(Firmado)

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