BOLETÍN Nº 72 - 12 de junio de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.1. Ordenanzas y Otras Disposiciones Generales

MANCOMUNIDAD DE BASURAS DEL ALTO ARAXES

Aprobación definitiva de la modificación del artículo 6
de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas y derechos
de recogida y tratamiento de basuras para la Mancomunidad
de Alto Araxes

En la Sesión que la Asamblea General de Mancomunidad de Basuras Alto Araxes, celebró en fecha 5 de diciembre de 2008 se aprobó inicialmente la modificación del artículo 6 "Tasas por recogida y tratamiento de basuras" de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas y derechos de recogida y tratamiento de basuras para la Mancomunidad del Alto Araxes.

Sometido el expediente a información pública, previo anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 7, de 16 de enero de 2009, y en el Tablón de Anuncios de este Mancomunidad por plazo de treinta días hábiles, no se ha formulado ninguna reclamación, reparo u observación, por lo que la modificación de la Ordenanza queda definitivamente aprobada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/90, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se procede a su aprobación íntegra en el Boletín Oficial de Navarra.

Araitz, 21 de febrero de 2009.-El Presidente, Miguel Javier Recalde Goldaraz.

Aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal reguladora de las tasas y derechos de recogida
y tratamiento de basuras para la mancomunidad
del alto Araxes

Tasas por recogida y tratamiento de basuras

Artículo 6.º Las tasas que establece y regula esta Ordenanza es infraccionable, y se percibirá de acuerdo con las siguientes tarifas, IVA incluido:

Tarifa b.-Tarifa Normal: Viviendas Particulares Anual.

Tarifa c.-Tarifa Mixta: Vivienda con Local comercial.

Tarifa d.-Tarifa Especial: Fábricas, bares, restaurantes etc.

Tarifa b.-Al año 40 euros.

Tarifa c.-Al año 72 euros.

Tarifa d.-Al año 180 euros.

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