BOLETÍN Nº 72 - 12 de junio de 2009

8. Anuncios

8.1. Otros Anuncios Oficiales

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 12-05-2009, mediante la que declara a Germán Fermín Rodrigo Mondela con D.N.I. número 44615128G, en su calidad de administrador de la empresa Bar Restaurante Marco Polo, S.L., con C.I.F. número B31774664, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Germán Fermín Rodrigo Mondela la cantidad de 9.090,04 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106898371

31/09/012579878

04/07-04/07

2.122,18

0111

31106898371

31/09/012579979

06/07-06/07

2.340,51

0111

31106898371

31/09/012580080

07/07-07/07

1.760,43

0111

31106898371

31/09/012580181

08/07-08/07

1.470,29

0111

31106898371

31/09/012580282

09/07-09/07

1.396,63

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 9.090,04 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, calle Abejeras, 43-1.º D de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto, número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 1 de junio de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 16-03-2009, mediante la que declara a Marcelino Martín Tejado con D.N.I. número 15765477N, en su calidad de administrador de la empresa Tenavarra, S.L., con C.I.F. número B31562010, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Marcelino Martín Tejado la cantidad de 139.085,01 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106829663

31/09/012039712

06/99-06/99

1.797,56

0111

31106829663

31/09/012039813

08/99-08/99

910,35

0111

31106829663

31/09/012039914

09/99-09/99

519,47

0111

31106829663

31/09/012040015

03/99-07/99

2.117,79

0111

31106829663

31/09/012040116

11/99-11/99

1.489,80

0111

31106829663

31/09/012040217

01/99-01/99

469,37

0111

31106829663

31/09/012040318

12/98-12/98

441,50

0111

31106829663

31/09/012040419

07/99-07/99

1.968,84

0111

31106829663

31/09/012040520

10/99-10/99

1.136,95

0111

31106829663

31/09/012040621

01/00-01/00

372,45

0111

31106829663

31/09/012040722

02/00-02/00

539,07

0111

31106829663

31/09/012040823

03/00-03/00

539,07

0111

31106829663

31/09/012040924

05/00-05/00

548,87

0111

31106829663

31/09/012041025

04/00-04/00

548,87

0111

31106829663

31/09/012041126

06/00-06/00

548,87

0111

31106829663

31/09/012041227

08/00-08/00

19,61

0111

31106829663

31/09/012041328

07/00-07/00

891,92

0111

31106829663

31/09/012041429

02/02-02/02

1.939,42

0111

31106829663

31/09/012041530

11/01-12/01

5.488,59

0111

31106829663

31/09/012041631

01/02-01/02

1.527,26

0111

31106829663

31/09/012041732

03/02-07/02

12.002,30

0111

31106829663

31/09/012041833

08/02-12/02

7.420,49

0111

31106829663

31/09/012041934

01/03-05/03

9.923,54

0111

31106829663

31/09/012042035

06/03-10/03

4.820,40

0111

31106829663

31/09/012042136

01/04-03/04

7.984,51

0111

31106829663

31/09/012042237

11/03-12/03

5.156,37

0111

31106829663

31/09/012042338

04/04-04/04

890,69

0111

31106829663

31/09/012042439

05/04-05/04

1.428,31

0111

31106829663

31/09/012042540

06/04-06/04

1.698,36

0111

31106829663

31/09/012042641

07/04-07/04

1.694,31

0111

31106829663

31/09/012042742

08/04-08/04

1.690,40

0111

31106829663

31/09/012042843

09/04-09/04

2.494,37

0111

31106829663

31/09/012042944

10/04-10/04

2.109,48

0111

31106829663

31/09/012043045

11/04-11/04

1.853,03

0111

31106829663

31/09/012043146

12/04-12/04

2.505,70

0111

31106829663

31/09/012043247

01/05-01/05

1.471,93

0111

31106829663

31/09/012043348

02/05-02/05

1.211,81

0111

31106829663

31/09/012043449

03/05-03/05

1.292,14

0111

31106829663

31/09/012043550

04/05-04/05

1.244,23

0111

31106829663

31/09/012043651

05/05-05/05

2.460,41

0111

31106829663

31/09/012043752

06/05-06/05

2.496,68

0111

31106829663

31/09/012043853

07/05-07/05

3.805,46

0111

31106829663

31/09/012043954

09/05-09/05

2.181,68

0111

31106829663

31/09/012044055

08/05-08/05

3.786,49

0111

31106829663

31/09/012044156

11/05-11/05

2.250,98

0111

31106829663

31/09/012044257

12/05-12/05

2.322,65

0111

31106829663

31/09/012044358

01/06-01/06

1.519,33

0111

31106829663

31/09/012044459

02/06-02/06

1.341,31

0111

31106829663

31/09/012044560

03/06-03/06

1.337,83

0111

31106829663

31/09/012044661

04/06-04/06

2.089,78

0111

31106829663

31/09/012044762

05/06-05/06

1.477,64

0111

31106829663

31/09/012044863

09/06-09/06

1.065,81

0111

31106829663

31/09/012044964

10/06-10/06

2.217,71

0111

31106829663

31/09/012045065

06/06-06/06

837,95

0111

31106829663

31/09/012045166

11/06-11/06

882,76

0111

31106829663

31/09/012045267

07/06-07/06

1.606,83

0111

31106829663

31/09/012045368

08/06-08/06

2.063,55

0111

31106829663

31/09/012045469

04/08-04/08

594,06

0111

31106829663

31/09/012045570

05/08-05/08

2.518,72

0111

31106829663

31/09/012045671

06/08-06/08

3.526,88

0111

31106829663

31/09/012045772

07/08-07/08

3.402,20

0111

31106829663

31/09/012045873

05/99-05/99

34,24

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 139.085,01 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio de la interesada, sito en Campanas, Barrio de la Estación, 6 de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Campanas y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto, número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 13 de mayo de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 16-03-2009, mediante la que declara a don Fermín Miguel Izura Cenoz con D.N.I. número 33439071S, en su calidad de administrador de la empresa Izu-Import, S.L., con C.I.F. número B31818610, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Fermín Miguel Izura Cenoz la cantidad de 2.277,93 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106833808

31/09/012046681

12/05-12/05

1.539,15

0111

31106833808

31/09/012046782

01/06-01/06

738,78

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 2.277,93 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio de la interesada, sito en Pamplona, calle Río Alzania, 4-1.º A de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto, número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 14 de mayo de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Código del anuncio: E0917251