BOLETÍN Nº 72 - 12 de junio de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.1. Ordenanzas y Otras Disposiciones Generales

CASCANTE

Aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la utilización
de la escombrera municipal de Cascante

El pleno del ayuntamiento de Cascante en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2009 adoptó el acuerdo siguiente:

Examinada la propuesta de Ordenanza Reguladora de la utilización de la escombrera municipal de Cascante sometida a la consideración de la comisión de Industria y Medio Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra el pleno acuerda:

a) Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de la utilización de la escombrera municipal.

b) Someter la ordenanza inicialmente aprobada a exposición pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, por plazo de treinta días hábiles en el que los vecinos e interesados legítimos podrán examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

c) Si transcurrido el periodo de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada debiéndose proceder a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 325. 1 de la ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra,

Cascante,14 de mayo de 2009.-El Alcalde-Presidente, Antonio Irujo Redrado.

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