BOLETÍN Nº 66 - 29 de mayo de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

RESOLUCIÓN 74/2009, de 25 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se autoriza la corrección de error advertido en el Anexo II de la Resolución 058/2009, de 6 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Oficial Delineante al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 058/2009, de 6 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Boletín Oficial de Navarra número 63, de 22 de mayo) se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Oficial Delineante al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Advertido error en la redacción del apartado 1 del Anexo II de la convocatoria, relativo a los títulos académicos que son objeto de valoración, procede su corrección de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las competencias en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, en la redacción dada al mismo por el Decreto Foral 235/2007, de 5 de noviembre,

RESUELVO:

1.º Corregir el error detectado en el apartado 1 del Anexo II de la Resolución 058/2009, de 6 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el sentido que se indica:

Donde dice:

"1.-Títulos académicos.

Por estar en posesión del título de Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción, Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial o Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Mecánicos, 15 puntos.

Únicamente será objeto de valoración la posesión de uno de los títulos citados."

Debe decir:

"1.-Títulos académicos.

Por estar en posesión del título de Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción, Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial o Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Mecánicos, o título equivalente, 15 puntos.

Únicamente será objeto de valoración la posesión de uno de los títulos citados."

2.º Trasladar la presente Resolución a los miembros del Tribunal y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, significando a los interesados que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad foral de Navarra y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de mayo de 2009.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Ignacio Bandrés Urriza.

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