BOLETÍN Nº 46 - 17 de abril de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Autoridades y Personal

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

TAFALLA

Convocatoria dos plazas conserje

En la sesión que con carácter ordinario celebró la Junta Local de Gobierno del M.I. Ayuntamiento de Tafalla con fecha de 17 de febrero de 2008, entre otros se adoptó el siguiente acuerdo:

Vistas las bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Conserje con destino al Ayuntamiento de Tafalla mediante el sistema de oposición restringida al amparo de lo previsto en el artículo 15.6 del Estatuto de Personal de las Administraciones Públicas de Navarra.

Visto que dichas plazas están incluidas en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Tafalla y que están dotadas presupuestariamente,

Visto el dictamen de la Comisión de Seguimiento y Control de esta fecha,

Se acuerda:

Primero.-Aprobar las bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Conserje con destino al Ayuntamiento de Tafalla mediante el sistema de oposición restringida al amparo de lo previsto en el artículo 15.6 del estatuto de Personal de las Administraciones Públicas de Navarra.

Segundo.-Realizar los trámites necesarios para llevar a cabo la cobertura de la plaza.

Tafalla, 23 de febrero de 2009.-La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.

Bases Convocatoria

Convocatoria para la provisión, mediante oposición restringida, de dos plazas de Conserje con destino al Ayuntamiento de Tafalla.

Base 1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas de Conserje con destino al Ayuntamiento de Tafalla, mediante el sistema de oposición restringida previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, para el personal de platilla al servicio del Ayuntamiento de Tafalla que acredite los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

1.2. El personal que tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para cubrir las plazas convocadas, serán encuadrado en el nivel o grupo D y percibirá las retribuciones correspondientes a dicho nivel o grupo y los complementos salariales que prevea plantilla orgánica.

1.3. La participación en esta convocatoria, no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera el empleado con anterioridad, continuando asimismo con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano administrativo competente, así como que dentro de su categoría y puesto de conserje podrá destinarse al los/as aspirantes nombrados al puesto que proceda según las necesidades y organización de dichos puestos dentro de la organización municipal al objeto de conseguir la mejor prestación de los servicios posible.

Base 2.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos en este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario o contratado laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Tafalla y hallarse encuadrado en el nivel E.

b) Hallarse en posesión, como mínimo, del título de Graduado Escolar o equivalente.

c) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

El cumplimiento de los anteriores requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Tafalla, sito en Plaza Navarra, 5 o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (Anexo 1):

3.2. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.3. La instancia deberá estar acompañada de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I. o documento equivalente de identificación.

b) Fotocopia de la titulación exigida o justificante de haber satisfecho los derechos para la obtención del mismo.

c) Certificado acreditativo del puesto de trabajo en el que se encuentra el aspirante, de su nivel y de su antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

Base 4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y, una vez resueltas éstas, Alcaldía dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora comienzo de las pruebas.

Base 5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña Cristina Sota, Alcaldesa del Ayuntamiento de Tafalla.

Suplente: A designar por el Presidente.

Vocal 1.º:. D. Javier Ayerra Alfaro, Coordinador de Cultura del Patronato Garcés de los Fayos de Tafalla

Suplente: A designar por el titular.

Vocal 2.º: Directora del Colegio Público Comarcal Marques de la Real Defensa de Tafalla.

Suplente: A designar por el titular.

Vocal 3.º: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Tafalla.

Suplente: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Tafalla.

Vocal-Secretario: Asunción Nieto Zabala, Secretaria del Ayuntamiento de Tafalla.

Suplente: A designar por el titular.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las Bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base 6.-Comienzo y desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tafalla.

6.2. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

6.2.1.La primera prueba consistirá en la realización de los siguientes tres ejercicios, cada uno de los cuales tendrá un valor de 15 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la mitad de la puntuación exigida en el conjunto de los tres ejercicios, y siendo el valor máximo de la prueba de 45 puntos.

6.2.1.a) El Primer ejercicio consistirá en la resolución de un trabajo de ortografía.

6.2.1.b) El Segundo ejercicio consistirá en la resolución de diversos problemas de matemáticas sobre las cuatro operaciones aritméticas. Para la realización de esta prueba no podrán utilizarse maquinas calculadoras.

6.2.1.c) El tercer ejercicio de la primera prueba consistirá en responder a varias preguntas cortas y/o tipo test sobre los temas recogidos en el Anexo II.

6.2.2.-Segunda Prueba: Entrevista personal con los miembros del Tribunal, relacionada con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria hasta un máximo de 5 puntos.

El Tribunal podrá acordar potestativamente la realización de varios o todos los ejercicios en un mismo día.

6.3 La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir con el Documento Nacional de Identidad, quedando excluidos de la oposición, los aspirantes que no comparezcan.

6.4 Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio de que se trate.

Base 7.-Relación de aprobados y propuesta del Tribunal.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tafalla la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida.

7.2. El Tribunal elevará a la Alcaldía, propuesta de nombramiento a favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación.

7.3. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento de algún aspirante propuesto, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente o siguientes aprobados con puntuaciones sucesivas.

Base 8.-Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, el Alcalde nombrará mediante resolución, para desempeñar el puesto de Conserje, a los aspirantes con mayor puntuación.

Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión o formalizar anexo a su contrato laboral en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. De no hacerlo así, salvo fuerza mayor acreditada en el mismo plazo, perderán los derechos derivados del nombramiento en la forma y con las consecuencias del apartado 7.3. Mientras que no tome posesión o no formalice anexo a su contrato laboral no tendrá derecho a percepción económica alguna.

Base 9.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el órgano emanante del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

c) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

ANEXO I

Instancia

Don/Doña ........................., mayor de edad, con D.N.I. número ...................., nacido/a el día ......... de ............. de .................., natural de ................ (.............), con domicilio, a efectos de notificación en ...................... (.............) calle ..................., número ......., Código Postal ......... y teléfono ..........., comparece y como mejor procede dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante sistema de oposición restringido, de dos plazas de Conserje al servicio del Ayuntamiento de Tafalla, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ............ de fecha ................

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas y que tal cumplimiento es anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Por lo expuesto:

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante oposición restringido de dos plazas de Conserje con destino al Ayuntamiento de Tafalla

Tafalla, .............. de .............. de 200.......

(Firma del solicitante)

ILMA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE TAFALLA

Anexo II

Temario

1.-Organización política y administrativa del Ayuntamiento de Tafalla en la actualidad. Reglamento orgánico del Ayuntamiento de Tafalla. Organización municipal. Órganos básicos y complementarios. El Pleno. La Junta Local de Gobierno, Composición y competencias. Las Comisiones Informativas.

2.-Historia y Geografía del municipio de Tafalla.

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