BOLETÍN Nº 46 - 17 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.5. Estatutos y convenios colectivos

"RESOLUCIÓN 257/2009, de 16 de febrero, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Talleres de Reparación de Vehículos", correspondiente al año 2009 (Expediente número: 13/2009).

Con fecha 16-2-2009 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Talleres de Reparación de Vehículos", correspondiente al año 2009, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 79/2006).

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Talleres de Reparación de Vehículos" (Código número 3107255), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 16 de febrero de 2009.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos. Imelda Lorea Echavarren"

TEXTO DE LA REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PARA TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS
DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA PARA EL AÑO 2009

En Pamplona, a nueve de febrero de 2009.

Reunida la Comisión del Convenio Colectivo de Reparación de Vehículos, con los siguientes asistentes: En representación de C.C.O.O. lo hace doña Ana Zapata Aguirre, en representación de U.G.T. lo hace don Baltasar García Salaberri, en representación de A.N.T.R.V. lo hace don Luis Ursua Ibero.

El orden del día de la reunión es el de proceder a formalizar la subida salarial para 2009, en cumplimiento del Artículo 30-2.º del Convenio Colectivo y una vez constatado que el IPC real para el año 2008 es del 1,4 por ciento, adoptándose por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 30 apartado 2.º, del vigente Convenio Colectivo, se conviene un incremento de 2,65 puntos (IPC del 2008 más un 1,25%) sobre los salarios medios brutos anuales individuales asignados durante 2008, en condiciones de homogeneidad y manteniendo la estructura salarial existente en las empresas.

Segundo.-Se facilitan las tablas del convenio para el año 2009 que se adjuntan como anexo I, con una subida del 3,4% (IPC del 2008 más un 2%).

Tercero.-Proceder a la revisión de los trienios de antigüedad para 2009, con una subida del 3,4% (IPC del 2008 más un 2%) que se quedan en los siguientes valores mínimos:

-Primer Trienio: 148,02 euros.

-Segundo Trienio: 296,34 euros.

-Tercer Trienio: 518,22 euros.

-Cuarto Trienio: 665,53 euros.

-Quinto Trienio: 739,94 euros.

-Sexto Trienio: 961,78 euros.

-Séptimo Trienio: 1035,32 euros.

-Octavo Trienio: 1109,30 euros.

Incrementándose en 75,69 euros más los sucesivos trienios.

Cuarto.-Proceder a la revisión de las cuantías establecidas en el Convenio Colectivo referente a viajes, dietas y kilometraje las cuales para 2009, con una subida del 3,4% (IPC del 2008 más un 2%), quedarán como siguen:

-Por dieta completa: 39,69 euros.

-Por dieta completa en desplazamientos inferiores a 3 días: 46,29 euros.

-Por media dieta: 22,32 euros.

-Por kilometraje: 0,35 euros.

Quinto.-Proceder a la revisión de las cuantías establecidas en el Convenio Colectivo referente al plus de técnico en diagnosis, las cuales para 2009, con una subida del 2,65% (IPC del 2008 más un 1,25%), quedarán como siguen:

-Anual: 547,26 euros.

-Mensual: 39,09 euros.

Sexto.-Se faculta expresamente a don. Luis Ursúa Ibero para la presentación e inscripción de la presente acta en el Registro General de Convenios Colectivos del Departamento de Trabajo del Gobierno de Navarra, con el fin de proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y sin más asuntos que tratar se levantó la sesión en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.

Por A.N.T.R.V.: Luis Ursúa Ibero.

Por C.C.O.O.: Ana Zapata Aguirre.

Por U.G.T.: Baltasar García Salaberri.

ANEXO I

Tablas Retribución 2009

CATEGORÍAS

SALARIO BASE

(euros)

PLUS CONVENIO (euros)

INCENTIVOS

(euros)

PLUS SMG

(euros)

TOTAL MES

(euros)

TOTAL AÑO

(euros)

Oficial 1.ª

1.004,32

251,22

91,44

231,16

1.578,14

22.093,96

Oficial 2.ª

1.002,78

237,29

91,36

170,23

1.501,66

21.023,24

Oficial 3.ª

978,42

218,77

90,03

175,07

1.462,29

20.472,06

Especialista

966,46

218,77

89,68

164,00

1.438,91

20.144,74

Auxiliar

-

-

-

-

1.225,45

17.156,30

Jefe administrativo

1.004,32

251,22

91,44

231,16

1.578,14

22.093,96

Oficial 1.ª administrativo

1.002,78

237,29

91,36

170,23

1.501,66

21.023,24

Oficial 2.ª administrativo

978,42

218,77

90,03

175,07

1.462,29

20.472,06

Oficial 3.ª administrativo (Aux. ad.)

966,46

218,77

89,68

164,00

1.438,91

20.144,74

Vendedor

978,42

218,77

90,03

175,07

1.462,29

20.472,06

Contrato formativo de 1.er año

775,49

-

-

-

775,49

10.856,86

Contrato formativo de 2.º año

902,07

-

-

-

902,07

12.628,98

Técnico de diagnósis

39,09

547,26

ANEXO I
(Continuación)

Trienios para el 2009.

-Primer Trienio: 148,02 euros.

-Segundo Trienio: 296,34 euros.

-Tercer Trienio: 518,22 euros.

-Cuarto Trienio: 665,53 euros.

-Quinto Trienio: 739,94 euros.

-Sexto Trienio: 961,78 euros.

-Séptimo Trienio: 1035,32 euros.

-Octavo Trienio: 1109,30 euros.

Incrementándose en 75,69 euros más los sucesivos trienios.

Viajes, dietas y kilometraje las cuales para el 2009, quedarán como siguen:

-Por dieta completa: 39,69 euros.

-Por dieta completa en desplazamientos inferiores a 3 días: 46,29 euros.

-Por media dieta: 22,32 euros.

-Por kilometraje: 0,35 euros.

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