BOLETÍN Nº 46 - 17 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 23/2009, de 6 de marzo, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueban las bases reguladoras del "Premio a la creación literaria 2009" en la modalidad de poesía, se autoriza el gasto previsto para la concesión de dicho premio y se dispone su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

La Sección de Promoción, Edición y Nuevas Tecnologías solicita la aprobación de las bases del "Premio a la Creación Literaria 2009", la autorización de un gasto de 3.000 euros para la concesión de dicho premio y la autorización para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana,

ORDENO:

1.º Aprobar las bases de la convocatoria del "Premio a la Creación Literaria 2009" en su modalidad de poesía.

2.º Autorizar un gasto de 3.000 euros para la concesión de dicho premio.

El citado gasto se realizará con cargo a la Partida A20000 A2010 4809 334102 denominada "Premio a la creación literaria" del presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura para el año 2009.

3.º Publicar las bases en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

5.º Trasladar la presente Orden Foral, al Director General de Cultura, al Interventor Delegado de Hacienda en el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, al Negociado de Gestión Económica, a la Sección de Promoción, Edición y Nuevas Tecnologías, y a la Secretaría General Técnica, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de marzo de 2009.-El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

El Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana del Gobierno de Navarra, con objeto de promover la creación literaria, convoca un premio de 3.000 euros, de acuerdo con las siguientes:

BASES

1.-Objeto del premio.

Este premio tiene por objeto ayudar a la creación y publicación de una obra literaria inédita en la modalidad de poesía.

2.-Imputación presupuestaria y cuantía.

2.1. El premio se financiará con cargo a la partida A20000 A2010 4809 334102 denominada "Premio a la creación literaria" en el presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura para el año 2009.

2.2. El importe del premio será de 3.000 euros.

3.-Requisitos de los beneficiarios.

3.1. Los aspirantes deberán ser naturales o estar empadronados en Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2008.

3.2. Las obras presentadas deberán ser originales e inéditas.

4.-Presentación de solicitudes.

4.1. Las solicitudes al premio deberán presentarse, conforme al modelo de solicitud recogido en el Anexo 1 de las presentes bases, en el Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. La solicitud deberá ir dirigida a la Sección de Promoción, Edición y Nuevas Tecnologías de la Dirección General de Cultura del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, indicando en la misma "Para el premio a la creación literaria 2009". Se admitirá un máximo de dos obras por participante.

4.3. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa finalizará a las catorce horas del día 31 de octubre de 2009.

5.-Documentación requerida.

5.1. La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) Documentación acreditativa de lo estipulado en la base 3.

b) Certificados acreditativos de estar el solicitante al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (expedidos por los órganos competentes).

c) Cinco ejemplares de la obra con la que se concurre al premio, mecanografiados en folios a doble espacio.

5.2. Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos, se requerirá al solicitante la subsanación del defecto observado, concediendo para ello un plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento de subsanación.

6.-Órganos de tramitación y evaluación.

6.1. La tramitación de las solicitudes se efectuará por la Sección de Promoción, Edición y Nuevas Tecnologías del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

6.2. La valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión presidida por el Director General de Cultura e integrada por el Jefe de la Sección de Promoción, Edición y Nuevas Tecnologías, la Jefa de la Sección de Convocatorias y Ayudas y dos miembros del Consejo Navarro de Cultura, nombrados por el presidente de la Comisión.

Dicha Comisión realizará una evaluación de las solicitudes cuyo dictamen será vinculante.

La Sección de Promoción, Edición y Nuevas Tecnologías, a la vista del Acta firmada por la Comisión evaluadora, formulará la propuesta de resolución de la convocatoria antes del 1 de noviembre de 2009.

6.3. El premio será de carácter indivisible y la Comisión podrá declararlo desierto.

7.-Resolución.

7.1. La concesión del premio se efectuará por Resolución del Director General del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, quien podrá declarar desierta la convocatoria, si no existiesen solicitudes o no se cumpliesen los requisitos.

7.2. La Resolución que resuelve la convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería 39, Pamplona) y se notificará a los aspirantes al premio.

7.3. Una vez notificada la concesión del premio, será imprescindible que el solicitante exprese por escrito su conformidad con dicha concesión, autorizando, en exclusiva y por un período de un año, a la Dirección General de Cultura para que proceda a la publicación de la obra.

Esta conformidad, como cualquier otra documentación relativa a la presente convocatoria, deberá presentarse en el Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.-Pago.

8.1. El beneficiario recibirá la cantidad asignada una vez resuelta la convocatoria del premio, previo cumplimiento de lo establecido en la base 7.3.

8.2. El premio será objeto de la retención correspondiente prevista en la normativa que regula el I.R.P.F.

9.-Publicación.

9.1. La Dirección General de Cultura se compromete a publicar la obra premiada en el plazo máximo de un año desde el momento de hacerse pública la concesión.

9.2. Los ejemplares de las obras no premiadas podrán ser retirados por el autor o persona por él delegada durante los dos meses posteriores a la resolución de la convocatoria, excepto un ejemplar, que formará parte del expediente administrativo.

10.-Recursos.

Contra la presente convocatoria y bases reguladoras podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

ANEXO 1

Modelo de solicitud

(Ppresentar por duplicado)

Don/Doña .............................................................................. D.N.I./N.I.F ....................... Con domicilio en ..................................... Calle ......................................................... C.P. .............. Teléfono ............................... en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda)Don/Doña .............................................................................. D.N.I./N.I.F ....................... Con domicilio en ............................. Calle ................................................................... C.P. .............. Teléfono ............................... presenta, Solicitud para el premio a la creación literaria 2009, conforme a las bases aprobadas por Orden Foral ....../2009, de ...... de ............. (Boletín Oficial de Navarra número ...., de ...... de ................ de 2009).

Destino: Sección de promoción, edición y nuevas tecnologías

y, de conformidad con lo previsto en dichas bases reguladoras:

1. Aporta, según se exige en las mismas, los documentos siguientes:

a) Documentación acreditativa de lo estipulado en la base 3.

b) Cinco ejemplares de la obra.

2. Declara no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 14 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

3. En virtud de lo dispuesto en el Apartado 3 de la Disposición Adicional decimoctava de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, la presentación de esta solicitud conlleva la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Hacienda Tributaria de Navarra y por la Tesorería General de la Seguridad Social.

4. El tratamiento de los datos aportados con la presente solicitud se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la demás legislación aplicable. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerá, conforme a la legislación señalada, en el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

En ..............................................., a ......... de ........................... de 2009.

(Firma)

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO-INSTITUCIÓN PRíNCIPE DE VIANA.

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