BOLETÍN Nº 39 - 1 de abril de 2009

6. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO DE MEDINA DEL CAMPO

Edicto. Juicio de faltas 117 /2008

Doña María Begoña Villalibre Berciano, Secretaria del Juzgado de Instrucción número 1 de Medina del Campo doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas número 117 /2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por Pilar Morata Escalona, Juez del Juzgado de primera Instancia e Instrucción número Uno de Medina del Campo, los presentes autos de juicio de faltas seguidos bajo el número 117/08, por imprudencia leve causante de muerte en el que han sido parte Sara Martín Martín, María Almudena Alijas y José Raúl Alijas Martín como denunciantes /perjudicados, asistidos del letrado señor Primitivo Almazán; Juan José Lozano Motos como denunciado y Mapfre como responsable civil directa, ambos asistidos del letrado señor Díez Llamero; y Servicios y Arrastres Maravillas S.L. como responsable civil subsidiario, quien no ha comparecido al acto del juicio a pesar de haber sido citado en legal forma.

Fallo:

Que debo condenar y condeno a Juan José Lozano Motos como autor de una falta de imprudencia leve prevista y penada en el artículo 621-2 del Código Penal en relación con el artículo 621-4 del mismo texto legal, a la pena de dos meses de multa con cuota diaria de 12 euros, así como a la privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de nueve meses. Las anteriores cantidades deberán ser abonadas en el plazo de quince días desde que una vez firme la sentencia sea requerido para su pago con responsabilidad personal subsidiaria caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, condenándole igualmente al pago de las costas procesales.

En concepto de responsabilidad civil, con la responsabilidad directa de la compañía Mapfre Mutualidad de Seguros, con más los intereses previstos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, y la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad Servicios y Arrastres Maravillas S.A., Juan José Lozano Motos deberá indemnizar a los perjudicados en las siguientes cantidades, según el desglose realizado en el Fundamento Jurídico Cuarto de la presente resolución:

A doña Sara Martín Martín: 96.228,36 euros.

A don José Raúl Alijas Martín: 11.575,97 euros.

A doña Almudena Alijas Martín: 9.095,41 euros.

Póngase esta resolución en conocimiento de las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra el la cabe recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, el cual deberá ser formalizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 790 a 792 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Servicios y Arrastres Maravillas S.L, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Navarra, expido la presente.

Medina del Campo, 26 de febrero de 2009.-La Secretaria Judicial, María Begoña Villalibre Berciano.

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