BOLETÍN Nº 159 - 28 de diciembre de 2009

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO UNO DE PAMPLONA

Edicto de notificación demanda 688/2009

En el procedimiento de demanda número 688/2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Edur Pérez Alonso contra la empresa Promociones Patesa, S.L., sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Edur Pérez Alonso contra la empresa Promociones Patesa, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa demandada a la parte actora con efectos desde el día 31 de agosto de 2009; en su virtud, debo condenar y condeno a la expresada empresa demandada a que readmita a la parte actora en el mismo puesto y condiciones de trabajo que regían antes del despido o la indemnice en la cantidad de 1.349,78 euros. Dicha opción deberá ser ejercitada en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia; para el caso en que la demandada no ejercite ningún tipo de opción de forma expresa, se entenderá que procede la readmisión; y cualquiera que sea el sentido de la referida opción, debo condenar y condeno a la demandada a que, además, abone a la parte actora el importe de los salarios de tramitación desde el día 1 de septiembre a 24 de septiembre de 2009, ambos inclusive, a razón de 59,99 euros diarios brutos, desde el día 14 de octubre a 30 de octubre, ambos inclusives, a razón de 59,99 euros diarios brutos, y desde el día 2 de noviembre de 2009 y hasta el día en que se notifique esta sentencia, ambos inclusive, a razón de 59,99 euros diarios brutos, y la mantenga en situación de alta en la Seguridad Social durante el periodo correspondiente a tales salarios. Y debo condenar y condeno al expresado Fondo a estar y pasar por estas declaraciones.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta: 0030 8025 90 0000000000 procedimiento 3158 0000 65 0688 09 en Banesto sito en la calle Cortes de Navarra, número 5 de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con número 3158 0000 69 0688 09, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a la empresa demandada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 18 de diciembre de 2009.-La Secretaria Judicial, Rosa María Valencia Ederra.

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