BOLETÍN Nº 147 - 30 de noviembre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 2230/2009, de 4 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se concede Autorización Ambiental Integrada para la instalación de transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos y preparación de combustibles alternativos, promovida por Chipala Medioambiente, S.L., en el término municipal de Estella.

Con fecha 30 de abril de 2008, Chipala Medioambiente, S.L. solicitó ante el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente la Autorización Ambiental Integrada para una nueva instalación industrial, que se dedicaría a centro de transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos y preparación de combustibles alternativos, y que estaría ubicada en Estella.

Esta instalación está incluida en el Anejo 1, epígrafe 5.1 "Instalaciones para la valorización de residuos peligrosos, incluida la gestión de aceites usados, o para la eliminación de dichos residuos en lugares distintos de los vertederos, de una capacidad de más de 10 toneladas por día", de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; y en consecuencia, está sometida al régimen de Autorización ambiental integrada.

Así mismo, esta instalación, está incluida en el Anejo 2A, epígrafe 14, "Operaciones de gestión de residuos peligrosos no incluidas en el anejo 2B", del Reglamento para el desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre; y en consecuencia, está sometida al régimen de Autorización ambiental integrada.

El establecimiento industrial no se encuentra incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1254/1999, de 16 de junio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

En el Anejo V de la presente Resolución se incluye un resumen de la tramitación administrativa que se ha llevado a cabo y en el anejo VI se indican las alegaciones recibidas.

En uso de las facultades que tengo conferidas por la Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, por la que se delega el ejercicio de competencias en materia medioambiental en el Director General de Medio Ambiente y Agua y en los Directores de Servicio de Calidad Ambiental y conservación de la Biodiversidad,

RESUELVO:

1.º Conceder Autorización Ambiental Integrada para la instalación de transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos y preparación de combustibles alternativos (CSS), cuyo titular es Chipala Medioambiente, S.L., ubicada en el término municipal de Estella.

2.º Desarrollar la actividad de acuerdo con las condiciones contempladas en el Proyecto Básico de solicitud de autorización ambiental integrada y en el resto de la documentación adicional incluida en el expediente administrativo número 322/08, y en cualquier caso, cumpliendo las medidas incluidas en los Anejos II, III y IV de esta Resolución.

3.º La presente Autorización Ambiental Integrada tiene un plazo de vigencia de ocho años. Con una antelación mínima de diez meses a la fecha de vencimiento, el titular deberá solicitar su renovación, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 30 del Reglamento para el desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

4.º Para llevar a cabo cualquier modificación de la actividad, el titular deberá comunicarlo previamente al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, indicando razonadamente si considera que se trata de una modificación sustancial, significativa o irrelevante, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para el desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

5.º Inscribir la instalación en el registro de gestores de residuos peligrosos con el número 15G02097090032009 como centro de transferencia y con el número 15G01097090032009 como centro de tratamiento para la preparación de CSS. Los residuos peligrosos que podrá gestionar y la gestión autorizada serán los incluidos en el Anejo IV de esta autorización ambiental integrada. Cualquier cambio en la gestión de los residuos peligrosos deberá ser notificado a efectos de su registro e inclusión, si procede, en el mencionado Anejo IV.

6.º Inscribir la instalación en el registro de gestores de residuos no peligrosos con el número 15G05097090032009 como centro de transferencia y con el número 15G04097090032009 como centro de tratamiento para la preparación de CSS. Los residuos no peligrosos que podrá gestionar y la gestión autorizada serán los incluidos en el Anejo IV de esta autorización ambiental integrada. Cualquier cambio en la gestión de los residuos deberá ser notificado a efectos de su registro e inclusión, si procede, en el mencionado Anejo IV.

7.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

8.º Señalar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

9.º Notificar esta Resolución a Chipala Medioambiente, S.L., al Ayuntamiento de Estella, al Servicio de Calidad Ambiental y a la Dirección de Protección Civil de la Agencia Navarra de Emergencias, a los efectos oportunos.

Pamplona, 4 de noviembre de 2009.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente y Agua, sitas en Pamplona, Avenida del Ejército 2, bajo (Nivel 7, Servicio de Calidad Ambiental); y en el Portal WEB del Gobierno de Navarra, dentro de la sección del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el apartado de Consultas de Autorizaciones Ambientales.

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