BOLETÍN Nº 13 - 30 de enero de 2009

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 14 plazas del puesto de trabajo de auxiliar de mantenimiento de jardines al servicio del Ayuntamiento de Pamplona

La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 23 de diciembre de 2008, aprobó la convocatoria, de conformidad con las siguientes normas:

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 14 plazas del puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento de Jardines al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

-6 plazas en turno libre.

-6 plazas en turno de promoción.

-2 plazas en turno de reserva para personas con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100.

1.2. Las plazas que se convocan se encuentran adscritas al Área de Conservación Urbana, e identificadas en la plantilla orgánica con los números 406000-34, 406000-36, 406000-37, 406000-38, 406000-39, 406000-40, 406000-41, 406000-42, 406000-43, 406000-44, 406000-45, 406000-46, 406000-51 y 406000-52.

1.3. Si las vacantes del turno de promoción quedaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán al turno libre.

Del mismo modo, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, las vacantes del turno de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno que proceda, siguiendo el orden de distribución establecido en el artículo 15.3 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Por otra parte, si en el turno de promoción o en el de reserva para personas con discapacidad resultan más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de estos turnos optarán a las vacantes del turno libre en estricta concurrencia con los aspirantes de éste, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos para participar en el mismo en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria.

1.4. El nombramiento conferirá a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario del Ayuntamiento de Pamplona.

1.5. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones correspondientes al nivel D, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.

1.6. Los aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrados para las plazas del puesto de trabajo convocadas, ingresen en el Ayuntamiento de Pamplona y adquieran la condición de funcionarios, serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Los funcionarios que resulten nombrados para las plazas convocadas y estén afiliados al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.7. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio término municipal de Pamplona.

1.8. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.9. Las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo serán las siguientes:

-Ayudas de varios gremios al Oficial profesional o trabajos encomendados por su superior inmediato.

-Trabajos auxiliares y aquellos propios del servicio al que esté asignado, tanto en labores de preparación, instalación, ejecución, mantenimiento, reparación, eliminación, retirada o traslado de elementos propios o asignados al servicio de jardines o Área de Conservación urbana.

-Utilización de maquinaria, herramientas, utillaje y equipos auxiliares propios del servicio municipal al que se le asigna.

-Mantenimiento de las dependencias municipales, de las instalaciones y almacenes.

-Mantenimiento básico no especializado de maquinaria y utillaje.

-Labores de portería, de control de acceso y de mantenimiento no especializado de los locales y sus instalaciones.

-Conducción de vehículos y maquinaria (hasta carnet conducción tipo B inclusive).

1.10. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 3, 10 y 11 de esta convocatoria.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

2.2. Los aspirantes del turno de promoción deberán reunir asimismo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, los siguientes:

a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, y acreditar cinco años de antigüedad reconocida enl as Administraciones Públicas de Navarra; o acreditar 8 años de antigüedad reconocida en dichas Administraciones.

2.3. Requisitos de los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

Los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad, además de los requisitos señalados en el apartado 2.1.1, deberán tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

2.4. Salvo lo dispuesto en la base tercera, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes aprobados que sean propuestos para su nombramiento, en el plazo y forma previstos en la base séptima.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona, (calle Mercado, 7-9; calle Zapatería 40, calle San Saturnino, 2), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, en Internet www.pamplona.es, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. A la instancia se acompañará justificante de haber abonado la cuenta del Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 6 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen. El pago podrá realizarse mediante abono o transferencia a las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona en las siguientes entidades financieras: Caja Navarra (2054 0152 31 1100003684), Caja Laboral Popular (3035 0039 34 0390900005) y Caja Rural de Navarra (3008 0001 14 1103447429) o en la Tesorería Municipal, calle Mercado 7-9, 2.º planta, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del aspirante.

-DNI/NIF.

-Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

-Concepto: Oposiciones.

-Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.3. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción, deberán adjuntar, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.2.

3.4. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Área de Presidencia, dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Área de Presidencia, dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Ignacio Polo Guilabert, Concejal Delegado de Conservación Urbana.

-Suplente: Don Eduardo Palacios Sureda, Concejal Especial de Función Pública.

-Vocal: Don Oscar Esquíroz Noble, Director del Area de Conservación Urbana.

-Suplente: Don Juan Echenique Huarte, Director del Area de Participación Ciudadana y Nuevas Tecnologías.

-Vocal: Don Carlos González Hernández, Jefe del Servicio de Jardines.

-Suplente: Doña Aitziber Otxoa Iriarte, Ingeniero Técnico Agrícola.

-Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

-Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

-Secretario: Don Javier Barace Egaña, Secretario Técnico del Area de Conservación Urbana.

-Suplente. Don Alfredo San Miguel Díaz, Secretario Técnico del Area de Presidencia.

El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de mayo de 2009. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: constará de dos pruebas.

Primera prueba: Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas, con varias opciones de respuestas, de las que sólo una será válida, sobre la materia recogida en la Parte I del Anexo II de la convocatoria. Penalizarán las respuestas erróneas.

Segunda prueba: Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas, con varias opciones de respuestas, de las que sólo una será válida, sobre la materia recogida en la Parte II del Anexo II de la convocatoria. Penalizarán las respuestas erróneas.

Las dos pruebas se realizarán en el mismo día y seguidas la una de la otra.

En la realización de estas pruebas no se permitirá la consulta de ningún texto u otro material, salvo bolígrafo, de tinta azul o negra, con punta gruesa.

La duración máxima de estas dos pruebas se determinará por el Tribunal antes de su comienzo.

Segundo ejercicio: De carácter práctico sobre las funciones del puesto de trabajo. La duración máxima se determinará por el Tribunal antes de su comienzo.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición.

Primer ejercicio:

Primera prueba: Se calificará de 0 a 60 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 30 puntos para aprobar.

Segunda prueba: Se calificará de 0 a 60 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 30 puntos para aprobar.

Las respuestas erróneas de cada una de las partes puntuarán negativamente en la proporción que el Tribunal establezca con anterioridad al comienzo de las mismas.

La puntuación total vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada una de las dos partes. El Tribunal únicamente procederá a la corrección de la segunda parte de aquellos aspirantes que hayan superado la primera.

Segundo ejercicio:

Se calificará de 0 a 30 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 15 puntos para aprobar.

6.4. Las pruebas de que constan los dos ejercicios de la oposición serán eliminatorias; quedarán eliminados en cada una de ellas aquellos opositores que no alcancen la puntuación mínima exigida.

6.5. Una vez calificado el primer ejercicio, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y señalará en ellos el lugar, fecha y hora de celebración del segundo ejercicio de la oposición con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único. Los aspirantes deberán acudir provistos del documento nacional de identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, y elevará a la Junta de Gobierno Local, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en los ejercicios de la oposición, considerados sucesivamente y por su orden.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Área de Presidencia los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no ostenten la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.

c) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.

g) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

h) Libro de familia en el caso de ciudadanos incluidos en el párrafo segundo de la base 2.1.a).

i) Fotocopia compulsada del permiso de conducir clase B.

Los aspirantes que ostenten la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que ostenten la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.. Los aspirantes del turno de promoción que hubieran acompañado a la instancia dicho título estarán exentos de su aportación.

b) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Periodista al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Área de Presidencia.

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta de Gobierno Local, cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.-Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Área de Presidencia, su preferencia por las vacantes de puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio, y se les pongan de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

9.-Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. La Junta de Gobierno Local, nombrará funcionarios del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento de Jardines, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

9.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

9.4. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4. de la convocatoria.

9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal en el Ayuntamiento de Pamplona:

-Lista de aprobados sin plaza.

-Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

10.2. Listas de aprobados sin plaza.

La Dirección del Área de Presidencia constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 11 de esta convocatoria.

Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes de los organismos autónomos, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.

10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.

De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección del Área de Presidencia, constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio establecido en esta convocatoria.

11.-Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.

11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director del Área de Presidencia, se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

-Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

-Fotocopia compulsada del D.N.I.

-Fotocopia compulsada del permiso de conducir clase B.

Dicha Resolución se publicará, conjuntamente con los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director del Área de Presidencia, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el primer ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan resultado aprobados sin plaza.

11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Pamplona, 23 de diciembre de 2008.-El Concejal-Secretario, José Iribas Sánchez de Boado, Secretario de la Junta de Gobierno Local.

ANEXO I

Don / Doña .............................. mayor de edad, D.N.I. / Carta de identidad ............... fecha de nacimiento [día/mes/año] ................ natural de [Municipio/Provincia] ................... nacionalidad .................. domicilio actual [calle, número, escalera, piso] ....................... Código Postal / Población ................... teléfono .................. teléfono de trabajo ...............

Expone:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Solicita:

Ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 14 plazas del puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento de Jardines al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, número ......, de fecha ................., en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción (*).

f Turno restringido.

(*) Únicamente cuando lo contemple la convocatoria.

Protección de Datos.-En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (Calle Mercado, 7-9. 31001-Pamplona).

Pamplona, ........ de .......................... de 20....

(Firma)

ANEXO II

Parte I

Tema 1.-Reglas básicas de aritmética y geometría.

Tema 2.-Reglas básicas de escritura y ortografía.

Tema 3.-Prevención de riesgos laborales en trabajos de Jardinería.

Tema 4.-Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Parte II

Tema 1.-Creación de céspedes y praderas.

Tema 2.-Mantenimiento de céspedes y praderas.

Tema 3.-Plantaciones de árboles.

Tema 4.-Plantación de arbustos, setos, parterres de flor de temporada, tapizantes y bulbos.

Tema 5.-Mantenimiento de arbolado: poda.

Tema 6.-Otras labores de mantenimiento de arbolado.

Tema 7.-Mantenimiento de arbustos y setos: podas y otras labores de mantenimiento.

Tema 8.-Instalaciones de riego.

Tema 9.-Mantenimiento de las redes de riego.

Tema 10.-Conocimiento de las especies de árboles y arbustos y flora.

Nota: El ejercicio se corregirá basándose en los criterios actuales de Jardinería y normativas técnicas vigentes.

Código del anuncio: L0819792