BOLETÍN Nº 13 - 30 de enero de 2009

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

CORELLA

Aprobación definitiva modificación puntual del plan parcial AR-1 (U.E.4)

El Pleno del Ayuntamiento de Corella en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2008, aprobó definitivamente la Modificación Puntual de la normativa del Plan Parcial del Área de Reparto 1 del Plan Municipal, promovida por la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución 4 del AR-1.

De tal modo que las determinaciones de los artículos 25 y 26 para las unidades que a continuación se señalan, sean las que se recogen a continuación:

Unidad: U 4.1. Superficie parcela: 3.400. Ocupación P. baja: 2.200,00. Suelo libre privado: 1.200,00. Construida P. elev: 5.400,00. Total sup. constr.: 7.600,00. Aprov. total: 7.920,00. Número viv.: 60.

Unidad: U 4.2. Superficie parcela: 1.982. Ocupación P. baja: 1.099,95. Suelo libre privado: 882,05. Construida P. elev: 2.239,91. Total sup. constr.: 3.339,91. Aprov. total: 3.094,00. Número viv.: 36.

Unidad: U 4.3. Superficie parcela: 2.465. Ocupación P. baja: 1.100,01. Suelo libre privado: 1.365,35. Construida P. elev: 2.240,45. Total sup. constr.: 3.340,46. Aprov. total: 3.477,00. Número viv.: 32.

Unidad: U 4.4. Superficie parcela: 956. Ocupación P. baja: 382,64. Suelo libre privado: 573,96. Construida P. elev: 382,64. Total sup. constr.: 765,28. Aprov. total: 975,00. Nº viv: 3.

Unidad: U.E.4. Superficie parcela: 8.803. Ocupación P. baja: 4.782,60. Suelo libre privado: 4.021,36. Construida P. elev: 10.263,05. Total sup. constr.: 15.045,65. Aprov. total: 15.466,00. Número viv.: 131.

NORMATIVA PARTICULAR

Subzona de vivienda colectiva en B+2 o B+3 VPO

Artículo 25. De finición y subzonificación.

Comprende esta subzona las áreas representadas en el Plano de Asignación de Usos Pormenorizados con la trama correspondiente. Han quedado establecidas en:

-Unidad de Ejecución 2: U.2.9.

-Unidad de Ejecución 3: U.3.1.

-Unidad de Ejecución 4: U.4.2.

-Unidad de Ejecución 5: U.5.1, U.5.2.

Artículo 26. Condiciones de ordenación.

1. Altura máxima y número de plantas:

Se permite B+2 ó B+3, según las determinaciones gráficas, con una altura máxima de alero de 9,5 en el B+2 y 12,5m en B+3.

2. Retranqueo de fachada y ocupación:

Las alineaciones de las fachadas quedarán incluidas dentro de la envolvente máxima determinada en los planos.

Las plantas bajas albergarán los portales, dedicando el resto de su superficie ocupada a la dotación comercial de sus áreas, con una ocupación del 50 por 100 de la envolvente máxima señalada por las alineaciones, disponiéndose, preferentemente, de forma que permita la permeabilidad tanto visual como peatonal. De este caso se exceptúa la unidad U.4.2 que podrá ocupar el 100 por 100 de la P.B. con viviendas.

El suelo libre privado será de uso público al menos en el 50 por 100 de su superficie, y servirá para el acceso a los portales de las viviendas y a los locales comerciales situados en la planta baja.

En la unidad básica U4.2 los bloques que se proyecten tendrán una profundidad máxima de 14 m.

3. Actuación mínima:

Constará de un proyecto de un edificio mínimo de 15 m de longitud de fachada.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Corella, 7 de enero de 2009.-El Alcalde, firma ilegible.

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