BOLETÍN Nº 13 - 30 de enero de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 190/2008, de 2 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se autoriza la expedición del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra a las personas que durante el año 2008 han superado las pruebas establecidas para su obtención.

Por Orden Foral 1535/1985 del Consejero de Educación y Cultura se creó Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra.

Por Orden Foral 463/1998, de 15 de diciembre, del Consejero de Educación y Cultura, se encomendaron al Servicio de Vascuence las tareas técnicas relativas a la preparación, ejecución y corrección de las pruebas para la obtención del título EGA.

En la actualidad, este título puede obtenerse a través de dos vías:

1.-Superando las pruebas de las dos convocatorias para la obtención del título EGA, reguladas por la Orden Foral 200/2007, de 28 de noviembre. A lo largo del año 2008 se han realizado dos convocatorias: abril y septiembre.

2.-Habiendo cursado (principal o totalmente) en vascuence los estudios en la Escuela Universitaria de Profesorado, y habiendo certificado la dirección del centro, además, que la persona aspirante tiene el nivel de vascuence requerido para serle expedido el título EGA.

Una vez finalizados los procesos correspondientes a 2008, el Servicio de Planificación Lingüística Escolar propone que se extienda Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra a las personas que los han superado.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2.c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.-Expedir el Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra a las personas que durante el año 2008 han superado las pruebas de las convocatorias para la obtención del título EGA. El Anexo I de esta Orden Foral recoge la relación de las personas que superaron estas pruebas.

2.-Expedir el Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra a las personas que durante el curso 2007/2008 han finalizado los estudios en la Escuela Universitaria de Profesorado, siempre que la dirección del centro haya certificado que han sido cursados (principal o totalmente) en vascuence y que, además, la persona interesada tiene el nivel de vascuence requerido para serle expedido el título EGA. La relación de las personas que cumplen estos requisitos se recoge en el Anexo II de esta Orden Foral.

3.-Publicar la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra. Los anexos de la misma se encuentran a disposición de los interesados en el Servicio de Planificación Lingüística Escolar del Departamento de Educación.

4.-Trasladar la presente Orden Foral y sus anexos al Servicio de Planificación Lingüística Escolar del Departamento de Educación.

5.-Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 2 de diciembre de 2008.-El Consejero de Educación, Carlos Pérez-Nievas López de Goicoechea.

ANEXO II

EGA 2008: Magisterio en vascuence

1.-ANAUT PEREZ UXUA

2.-AZCARATE IPARREA ANA BELEN

3.-DOMENCH ARISTU MAITANE

4.-DOMINGUEZ NAVARIDAS IGOR

5.-DORNALETECHE QUINTANA ANA

6.-DUFUR VICENTE NEREA

7.-ESPARZA SATRUSTEGUI LEIRE

8.-GALARZA BARANDIARAN ANER

9.-GUTIERREZ GARCIA AINARA

10.-HERNANDEZ MAGALLON OIHANE

11.-IBORRA ZABALZA ZURIÑE

12.-LOPEZ PAGOLA JULEN

13.-MENDIVE GASCUE MAITANE

14.-OTAEGUI ARTANO JAIONE

15.-SARASOLA SANCHEZ MIREN

16.-URREAGA BURGUETE MAITE

17.-ZUBILLAGA GURUPEGUI IÑAKI

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