BOLETÍN Nº 95 - 4 de agosto de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 1201/2008, de 20 de junio, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre la "Modificación Estructurante del Plan Municipal de Viana, que incorpora el Sector SR-6 "El Cueto", promovida por el Ayuntamiento de Viana.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, las Modificaciones sustanciales de planes que afecten a suelo no urbanizable deberán someterse a Evaluación Ambiental Estratégica y ser objeto de Declaración de Incidencia Ambiental, de manera previa o simultánea a la aprobación de la Modificación.

Con objeto de iniciar la tramitación, el Ayuntamiento de Viana presentó con fecha 19 de octubre de 2007 el Proyecto de modificación estructurante del Plan Municipal de Viana, incorporando el Sector SR-6 "El Cueto" junto con el Estudio de Incidencia Ambiental.

Con fecha 19 de septiembre de 2007 el Servicio de Integración Ambiental a la vista del Estudio de Incidencia Ambiental y según el artículo 33.2 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, emitió la suficiencia del Estudio de Incidencia Ambiental y requirió la inclusión de una addenda que incorporara aspectos relativos al análisis de los perfiles del terreno y movimientos de tierra en la ladera El Cueto y a la integración de criterios energéticos y de movilidad sostenible.

La Modificación Estructurante fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento de Viana en sesión celebrada el día 9 de octubre de 2007 y mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 137 de 2 de noviembre de 2007, se sometió a información pública la Modificación del Plan Municipal y el Estudio de Incidencia Ambiental por un periodo de un mes.

La Modificación estructurante del Plan Urbanístico Municipal de Viana tiene por objeto la clasificación como Suelo Urbanizable Sectorizado de una superficie de 62.461,25 m², creando el nuevo sector SR.6 "El Cueto", para la construcción de 192 de viviendas. En el planeamiento vigente figura como Suelo no Urbanizable de Mediana Productividad y Suelo Forestal.

En el Estudio de Incidencia Ambiental se analizan tres alternativas para la ampliación del suelo urbanizable en el término municipal de Viana, optando finalmente por la ampliación hacia el norte, como la más favorable. Se valoran las afecciones generadas a las aguas superficiales, vegetación, fauna, espacios protegidos, paisaje, patrimonio arqueológico, vías pecuarias, Camino de Santiago, itinerarios naturalísticos e infraestructuras.

Los elementos de interés natural, paisajístico y cultural más destacables del ámbito de actuación son la Pasada 18, el yacimiento arqueológico número 22 y uno de los itinerarios naturalísticos del municipio de Viana.

El Estudio de Incidencia Ambiental concluye que el impacto de la nueva delimitación del suelo urbanizable será compatible en relación a las aguas superficiales, vegetación, fauna y moderada respecto al paisaje.

A la vista de la addenda requerida por el Servicio de Calidad Ambiental y recibida con fecha 25 de marzo de 2008, en la que se aportan nuevos perfiles topográficos que implican una disminución en el volumen de tierras extraídas y el mantenimiento de la orografía natural del terreno en las zonas de contacto entre el suelo urbanizable y el suelo no urbanizable y valorado el impacto global de la Modificación, el Servicio de Calidad Ambiental emite informe favorable, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

En consecuencia, a la vista de los informes obrantes en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica está completo y en virtud de las atribuciones delegadas por la Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre la "Modificación Estructurante del Plan Municipal de Viana, que incorpora el Sector SR-6 El Cueto", promovida por el Ayuntamiento de Viana.

2.º Las condiciones de esta Declaración de Incidencia Ambiental serán incorporadas a los proyectos que desarrollen el Sector 6 "El Cueto" en los términos definidos en la addenda del Estudio de Incidencia Ambiental:

-Respecto a la topografía del terreno, no se alterarán los perfiles del en la ladera del Cueto, en orden a evitar problemas de erosión y afecciones al matorral mediterráneo.

-No se modificará la orografía en la zona de encuentro con el suelo no urbanizable (taludes en el límite norte del Sector).

-Las zonas verdes que se definan en el planeamiento serán compatibles con las características edafológicas y climáticas del lugar.

-Se adaptarán las instalaciones a lo previsto en la Ley Foral 10/2005, de 9 de noviembre, de Ordenación del Alumbrado para la protección del medio nocturno y su reglamento de desarrollo (Decreto Foral 199/2007, de 17 de septiembre).

-Respecto a la estrategia de movilidad, se incluirá un carril bici cuya continuidad quedará garantizada al menos en el ámbito ordenado.

3.º Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.º Notificar esta Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y al Ayuntamiento de Viana, a los efectos oportunos.

Pamplona, 20 de junio de 2008.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

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