BOLETÍN Nº 95 - 4 de agosto de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 80/2008, de 25 de junio, de la Consejera de Salud, por la que se suprime el Negociado de Asistencia Administrativa y se asignan sus funciones al Negociado de Asuntos Administrativos del Servicio de Asistencia Sanitaria.

El Negociado de Asistencia Administrativa se encuentra adscrito a la Sección de Ordenación e Inspección de Centros, Actividades y Prestaciones Sanitarias del Servicio de Asistencia Sanitaria. Las funciones de dicho negociado se refieren a la gestión de los procedimientos que se realicen en la Sección y al mantenimiento del Registro de Centros y Establecimientos Sanitarios, así como al archivo de la documentación resultante.

El Negociado de Asuntos Administrativos dependiente de la Dirección del Servicio de Asistencia Sanitaria desarrolla las funciones de organización, gestión y seguimiento de las tareas administrativas del Servicio, archivo de documentos y seguimiento de los documentos generados en el Servicio.

El Servicio de Asistencia Sanitaria tiene tres Secciones que desarrollan actividad administrativa, mientras que sólo una de ellas tiene adscrito un Negociado. Con objeto de optimizar los recursos resulta más adecuado unificar todo el personal administrativo en un solo Negociado que asuma todas las funciones administrativas.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.-Suprimir el Negociado de Asistencia Administrativa adscrito jerárquicamente a la Sección de Ordenación e Inspección de Centros, Actividades y Prestaciones Sanitarias del Servicio de Asistencia Sanitaria.

2.-Asignar las funciones del Negociado de Asistencia Administrativa al Negociado de Asuntos Administrativos adscrito jerárquicamente al Servicio de Asistencia Sanitaria.

3.-Dar traslado de la presente Orden Foral a la Dirección General de Función Pública, al Servicio de Asistencia Sanitaria y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud, a los efectos oportunos.

4.-La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 25 de junio de 2008.-La Consejera de Salud, María Kutz Peironcely.

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