BOLETÍN Nº 55 - 2 de mayo de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

RESOLUCION 451/2008, de 7 de abril, del Director General de Administración Local, por la que se aprueba definitivamente el Proyecto "Colector Sur de Aguas Residuales de Milagro (Navarra)".

Mediante Resolución 1/2008, de 9 de enero, del Director General de Administración Local, se sometió a información pública por plazo de quince días el proyecto de referencia y la relación de bienes y derechos afectados por el mismo. Dicho plazo finalizó el 19 de febrero de 2008.

El 21 de febrero de 2008, una vez finalizado el período de información pública, se recibió por burofax en el Ayuntamiento de Milagro una alegación a dicho proyecto por parte de don Javier Carrillo de Albornoz Piquer, que procede inadmitir por extemporánea.

No obstante lo anterior, se señala que don Javier Carrillo de Albornoz Piquer copropietario de las parcelas 460 y 462 del polígono 1 de Milagro, fincas de proyecto MLG-06 y MLG-03, respectivamente, alega:

Que el trazado actual perjudica innecesariamente a las fincas citadas. En la finca MLG-06 el trazado debe coincidir con el estrangulamiento y linde consiguiente en línea recta de la finca, para dejar un aprovechamiento adecuado de la misma. Por otra parte, en la finca MLG-03, el trazado del colector y pozos de registro pueden y deben ajustarse a la linde de las fincas repartiendo las servidumbres al máximo con el vecino.

En respuesta a esta alegación cabe señalar que ya el trazado actual supone realizar muros de contención con escollera y rellenos entre muros y talud existente, por lo que resultaría técnicamente difícil modificar el trazado en planta, ya que si nos alejamos del talud, habría que hacer mayores rellenos y ocupaciones, y si nos adentramos en el mismo, habría que hacer grandes excavaciones sobre el talud, e inestabilizar el mismo. Por lo tanto, se considera que el trazado propuesto es correcto y no admite desviaciones del mismo.

Por lo expuesto, y aún en el supuesto de haber sido admitida, la alegación presentada hubiera sido desestimada.

En consecuencia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Expropiación Forzosa, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 121/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Administración Local,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente el Proyecto "Colector Sur de Aguas Residuales de Milagro (Navarra)".

2.º Inadmitir la alegación presentada por don Javier Carrillo de Albornoz Piquer, por extemporánea.

3.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en un diario de la Comunidad Foral y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Milagro.

4.º Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Milagro y al alegante, significándoles que contra la misma, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Administración Local, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 7 de abril de 2008.-El Director General de Administración Local, Pedro Pegenaute Garde.

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