BOLETÍN Nº 52 - 25 de abril de 2008

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona

Edicto Ejecución 0000034/2007

Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona,

Hago saber: Que en el procedimiento 0000034/2007 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de María Jesús Anoz Carrascón contra la empresa Sociedad Limitada, Jose Luis Murillo Lizondo, María Margarita Fernández Velasco, José Luis Murillo Lizondo y María Margarita Fernández Velasco, sobre Despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Propuesta de Auto.

En Pamplona, a 4 de abril de 2008.

Hechos:

Primero.-Que la presente ejecución se despachó por Auto de fecha 7 de septiembre de 2007 a instancia de María Jesús Anoz Carrascón, contra Sociedad Limitada, Jose Luis Murillo Lizondo, María Margarita Fernández Velasco, José Luis Murillo Lizondo y María Margarita Fernández Velasco, en reclamación de un principal de 9.376,35 euros, más 656,34 euros de intereses provisionales y 937,63 euros de costas provisionales.

Segundo.-Que se dio traslado a la parte ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial por plazo de quince días para que pudieran aportar domicilio y/o bienes del deudor susceptibles de embargo, instar la práctica de las diligencias que interesaran y alegar lo que tuvieran por conveniente para la continuación de la presente ejecución, habiendo presentado el Fondo de Garantía Salarial el escrito de fecha 26 de marzo de 2008 y no teniéndose conocimiento de la existencia de bienes y derechos suficientes del deudor, se reclamaron de los pertinentes Organismos y Registros Públicos, relación de aquéllos de los que tuviera constancia, todo lo cual ha tenido resultado negativo.

Razonamientos jurídicos:

Unico.-Que a tenor de lo previsto en el artículo 274. de la Ley de Procedimiento Laboral, se está en el caso de decretar la insolvencia total de la empresa ejecutada a los efectos de la presente ejecución, toda vez que declarada judicialmente con anterioridad dicha insolvencia, ella constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, su señoría ante mí el Secretario, dijo:

Se declara la insolvencia total de empresa Sociedad Limitada José Luis Murillo Lizondo, María Margarita Fernández Velasco, José Luis Murillo Lizondo y María Margarita Fernández Velasco, a los fines de la presente ejecución por importe de 9.376,35 euros.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación.

Diligencia.-Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley del Procedimiento Laboral; doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Sociedad Limitada, José Luis Murillo Lizondo, María Margarita Fernández Velasco, José Luis Murillo Lizondo, María Jesús Anoz Carrascón y María Margarita Fernández Velasco, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 7 de abril de 2008. -La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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