BOLETÍN Nº 142 - 21 de noviembre de 2008

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE IZAGA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición, de dos plazas de empleados de servicios múltiples, con carácter fijo, en régimen laboral, al servicio de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga

La Asamblea General de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga, en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2008, aprobó la convocatoria para la provisión por el sistema de concurso-oposición de dos plazas de empleados de servicios múltiples al servicio de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga, con arreglo a las siguientes:

BASES

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de dos plazas de empleados de servicios múltiples al servicio de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga.

1.2. El nombramiento conferirá al designado, a todos los efectos, el carácter de empleado municipal fijo, sometido al régimen laboral desde la fecha de toma de posesión, y el designado será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en este régimen.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones básicas equivalentes a las del nivel E del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Además le corresponderán los complementos establecidos en el Plantilla Orgánica de la Mancomunidad.

1.4. Los trabajos y funciones propias de los nombrados, a desarrollarse en el ámbito territorial de los municipios que estén integrados en la Mancomunidad, serán los adecuados a la categoría de la convocatoria, y a título enunciativo, los siguientes:

a) Asistencia a la organización político-administrativa individual y asociada, derivada de la organización Mancomunada. (voz pública, notificación administrativa, etc...)

b) Jardinería (poda y mantenimiento de arboladoy de jardines, etc...)

c) Limpieza viaria de cascos urbanos.

d) Mantenimiento y limpieza de Edificios municipales y Concejiles (consistorios, escuelas, consultorios médicos, etc

e) Mantenimiento y limpieza de Instalaciones municipales y concejiles (Alumbrado Público, Depósitos de agua y su cloración, Cementerios, Piscinas, Instalaciones deportivas, caminos locales, etc...)

f) Dar cuenta a los Ayuntamientos mancomunados de cualquier anomalía en el funcionamiento de las instalaciones de los edificios municipales.

g) Control del medio ambiente rural.

h) Preparación, desarrollo y finalización de actos festivos oficiales.

i) Prestación de servicios municipales de cualquier tipo y cualesquiera otras labores que le sean encomendadas por la Mancomunidad, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por la Mancomunidad.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en esta prueba, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de cualquier estado miembro de la Unión Europea, o tener relación de parentesco en los términos señalados en la Ley Foral 10/2001, de 24 de mayo. Asimismo, las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplan la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no superar los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión como mínimo del certificado de escolaridad o equivalente, o en su caso, en condiciones de poseerlo en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física o psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública por expediente sancionador.

f) Disponer del permiso de conducir de la clase B-1.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias se presentarán en el Registro de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga en Urroz-Villa, dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra y hasta las 15 horas del último día. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (ANEXO I) y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2. A la instancia deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificados originales acreditativos de los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase de concurso, o, tratándose de extremos que no pueda acreditar por este conducto, copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) de los títulos, justificantes y otros que pretenda sean valorados.

c) Los aspirantes acompañarán curriculum vitae y documentación acreditativa, original o autenticada notarial o administrativamente, de cuantos méritos sean alegados a los efectos del baremo.

d) Justificante de haber abonado la cantidad de 6 euros en concepto de derechos de examen, en la cuenta corriente de titularidad de la Mancomunidad de Servicios Administrativos abierto con el número 2054 0100 81 9133895670 en la Sucursal de la Caja de Ahorros de Navarra de Monreal o en metálico en la Sede de la Mancomunidad en Urroz-Villa.

Unicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la participación en las pruebas. A tal efecto, el reintegro se realizará de oficio.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable. No obstante, si el último día fijado para presentación de instancias fuera festivo, se prorrogará el plazo hasta el día siguiente hábil.

4.-Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se aprobará por el Señor Presidente de la Mancomunidad, la lista provisional de admitidos y excluidos y se ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro del plazo de diez días hábiles, siguientes a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, de la lista de admitidos y excluidos, podrán formular reclamaciones o en su caso, subsanar los defectos formales de su instancia y documentación presentada.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas se aprobará por el Señor Presidente de la Mancomunidad la lista definitiva de admitidos y excluidos, y se ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, publicándose asimismo la fecha del comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: D. José Javier Eslava Armendáriz, Alcalde del Ayuntamiento de Ibargoiti y Presidente de la Mancomunidad.

Suplente: D. Alejandro Cortés Jiménez, Alcalde de Izagaondoa.

Vocal 1.º: D. Fermín Julián García Gobeo, Alcalde del Ayuntamiento de Urroz-Villa.

Suplente: D. Antonio San Miguel Jiménez, Alcalde del Ayuntamiento de Unciti.

Vocal 2.º: D.ª Rosario Tirapu Iguelz, Alcaldesa del Ayuntamiento de Monreal.

Suplente: D.ª Amaia Ekisoain Gorriz, Alcaldesa del Ayuntamiento del Valle de Lizoain.

Vocal 3.º: D.ª Blanca Ollo, Técnico de Cederna-Garalur.

Suplente: Un Técnico a designar por Cederna-Garalur.

Vocal 4.º: D. Valentín Lara Echechipia, Empleado del Servicios Múltiples de la Mancomunidad de Izaga.

Suplente: El que designe el titular.

Vocal Secretario: D. Jorge Miguel Reta Pascal, Secretario de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga o quien legalmente le sustituya.

5.2. La determinación concreta de los miembros del Tribunal, así como de sus suplentes, se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, conjuntamente con la Resolución a la que hace referencia la Base 4.1.

5.3. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92.

5.4. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de la mayoría absoluta de sus miembros.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.6. Las Resoluciones del Tribunal vinculan a la administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el artículo 102 de la Ley 30/1992.

5.7. El Tribunal podrá incorporar colaboradores y asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal con base exclusivamente en aquéllas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición.

6.2. La fecha de comienzo del concurso se fijará conjuntamente con la aprobación y publicación de la lista de admitidos y excluidos.

6.3. Posteriormente el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria, en el Tablón de Anuncios de la Sede de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga en Urroz-Villa.

7.-Fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo de méritos, los cuales deberán ser alegado, probados documentalmente y debidamente relacionados por los aspirantes en el momento de presentar su instancia, solicitando tomar parte en el concurso-oposición, con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no aportados en caso contrario.

7.2. Méritos.

a) Puestos de trabajo de las mismas o similares características al objeto de la presente convocatoria:

Desempeñados en Administraciones Públicas: 3 puntos por año completo.

Desempeñados en empresa privada: 1 punto por año completo.

La puntuación máxima por este apartado será de 16 puntos.

b) Titulaciones académicas superiores a la exigida: Hasta 2 puntos.

c) Cursos de formación relacionados con el trabajo a desempeñar: Hasta 2 puntos.

La puntuación correspondiente a este apartado 7.2. no podrá ser superior a 20 puntos.

7.3. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

7.4. Concluida la fase del concurso, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso.

8.-Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición conllevará la realización de los siguientes ejercicios, enmarcados en sus respectivas pruebas:

A.-Teórica.

a) Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de 10 preguntas sobre conocimientos de los pueblos que componen la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga, en relación con sus términos, nombres de los Ayuntamientos y pueblos que la componen, su ubicación, número aproximado de habitantes de los pueblos, nombre de las calles, etcétera. Puntuación máxima de 10 puntos (1 punto por cada pregunta), quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos. El tiempo de realización del ejercicio será de dos horas.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de diez problemas aritméticos. No se permitirá el uso de máquinas calculadoras. Puntuación máxima de 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos. El tiempo de realización del ejercicio será el que se determine por el Tribunal al comienzo de las prueba y como máximo de dos horas.

B.-Practica.

Tercer Ejercicio: Consistirá en la realización de unas pruebas de carácter práctico relacionadas con el trabajo a realizar indicadas en el punto 1.4 de la presente convocatoria, siendo el Tribunal quien determinará la realización de las pruebas de este ejercicio en un solo día o días diferentes, así como la duración de las mismas en función del contenido que se establezca.

Valor del ejercicio: 50 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 25 puntos. (Valor de las pruebas: Albañilería: 10 puntos; Electricidad: 10 puntos; Fontanería: 10 puntos; Carpintería y Pintura 10 puntos; Jardinería y Mecánica: 10 puntos).

C.-Entrevista.

La Entrevista personal realizada por el Tribunal. Puntuación máxima: 10 puntos.

8.2. La puntuación correspondiente a este apartado 8 no podrá ser superior a 80 puntos.

8.3. Cada uno de los ejercicios de que consta la fase de la oposición, salvo la entrevista, serán eliminatorios, quedando eliminados en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos.

8.4. Para la corrección de los ejercicios el Tribunal seguirá el mismo orden establecido para la realización práctica de los mismos: Primera prueba (Teórica), segunda prueba (Práctica). Los aspirantes que no superen la puntuación mínima exigida para aprobar un ejercicio quedarán eliminados sin que el Tribunal entre a calificar el resto de los ejercicios de la prueba.

8.5. Los ejercicios de cada prueba se realizarán mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran al mismo quedarán eliminados.

8.6. La calificación final del concurso-oposición será la que resulte de sumar puntuaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en ambas fases.

9.-Relación de aprobados.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios y acompañará la propuesta de nombramientos en favor de los aspirantes con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de anuncios de la Mancomunidad y en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

9.2. Dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la propuesta de nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, los aspirantes propuestos deberán aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificado médico oficial acreditativo de que el interesado no padece enfermedad ni defecto físico que le impida el desempeño del cargo.

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado de una Administración Pública.

9.3. Si dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor debidamente justificado, el aspirante propuesto no presentase dichos documentos, no podrá ser formalizado el contrato laboral quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.4. En el supuesto previsto en el caso del apartado 9.3 la Mancomunidad cubrirá en su caso con los sucesivos candidatos incluidos en la lista a que se hace referencia en el apartado 9.1.

10.-Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Concluido el proceso selectivo se procederá al nombramiento por la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga de los propuestos como contratados laborales fijos de la Mancomunidad.

10.2. Dichos nombramientos serán publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

10.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo caso de fuerza mayor, no tomaran posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de contratado laboral fijo de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga, procediéndose de la forma prevista en la Base anterior.

11.-Recursos.

11.1. Contra la convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estos y de la actuación de los órganos de selección, podrá interponerse:

a) Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra; o bien

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Urroz-Villa, 13 de octubre de 2008.-El Presidente, José Javier Eslava Armendáriz.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ........................................, mayor de edad, provisto del D.N.I. número ................................, nacido/a el día .... de .............................. de 19..... Natural de ..........................., con domicilio en ......................................, calle ............................... número ....., piso ...., teléfono ............................................, comparece y como mejor procede dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición, de dos puestos de trabajo de empleados de servicios múltiples de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que para la fase de concurso presenta la documentación adjunta, que se corresponde con la relacionada a continuación:.

Por lo expuesto:

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud sea admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición de dos plazas de empleados de servicios múltiples de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Izaga.

Urroz-Villa, .......... de ............... de 2008

(Firma del solicitante)

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