BOLETÍN Nº 121 - 3 de octubre de 2008

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

BURLADA

Aprobación inicial de la modificación del anexo de la ordenanza reguladora del uso y fomento del euskera

El Pleno del Ayuntamiento de Burlada, en sesión celebrada el día 28 de agosto de 2008, aprobó inicialmente la modificación del anexo de la ordenanza reguladora del uso y fomento del euskera en el ámbito municipal de Burlada relativo a la preceptividad del conocimiento del euskera en el acceso a los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Burlada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1999, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la modificación aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la modificación del anexo de la citada ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Burlada, 3 de septiembre de 2008.-El Alcalde, José Muñoz Arias.

Código del anuncio: L0813653