BOLETÍN Nº 121 - 3 de octubre de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO-INSTITUCIÓN PRÍNCIPE DE VIANA. Declaración de Bien de Interés Cultural de los monumentos denominados Palacio y Puente de Reparacea, sitos en Oieregi (Navarra).

Por Resolución 269/2008, de 16 de mayo, del Director General de Cultura, se incoó expediente de declaración como Bien de Interés Cultural a favor de los monumentos denominados Palacio y Puente de Reparacea, sitos en Oieregi (Navarra).

Intentada la notificación a los afectados por este expediente administrativo, de conformidad con el artículo 6.2 del Decreto Foral 217/1986, de 3 de octubre, y no habiéndose podido practicar la misma a los interesados que a continuación se relacionan, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación del correspondiente edicto en el tablón del Ayuntamiento de Bertizarana y en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Relación de interesados que no han recibido la notificación.

-Salvador Aguirre Arregui. Gorriti (Errotaldea), 10B - 31793 Narbarte.

-Concejo de Narbarte - 31793 Narbarte.

RESOLUCIÓN 269/2008, de 16 de mayo, del Director General de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de Bienes de Interés Cultural a favor de los monumentos denominados Palacio y Puente de Reparacea, sitos en Oieregi (Navarra).

La Sección de Patrimonio Arquitectónico del Servicio de Patrimonio Histórico presenta el siguiente informe:

"La Sección de Patrimonio Arquitectónico de la Dirección General de Cultura plantea incoar de oficio el expediente de declaración como Bienes de Interés Cultural de los monumentos denominados Palacio y Puente de Reparacea, sitos en Oieregi (Navarra).

El Catálogo Monumental de Navarra describe estos monumentos de la siguiente forma:

"Mención aparte merece la casa Reparacea, palacio construido a finales del siglo XVIII y situado en un extremo del caserío hacia el interior junto al puente que atraviesa el río Bidasoa. Este palacio se relaciona con el de Erratzu y el de Gastón de Iriarte de Irurita por su característica fisonomía, formada por dos torres extremas que se unen mediante un paramento de menor altura -tres niveles frente a los cuatro de las torres-. Al igual que los palacios baztaneses la fachada se encuentra enlucida, mostrando el sillar en los marcos de los vanos y a modo de cadenas en las esquinas. El cuerpo inferior del paramento central acoge una portada de sabor ya neoclásico con dos columnas dóricas que sostienen un entablamento, flanqueadas por sendas pilastras cajeadas extremas. A ambos lados de la puerta se abren dos ventanas en cuyo antepecho resaltan placas recortadas. El segundo y tercer nivel repite el mismo esquema; dos balcones corridos de torre a torre sobre ménsulas de piedra y cinco vanos de arco rebajado, -como todos los que se abren en la fachada de este palacio- destacando por su decoración el hueco central. El correspondiente al segundo nivel se enmarca entre dobles pilastras y un alto entablamento roto por un escudo sobre tardías rocallas con corona abierta por timbre y un jarrón de lirios entre rosetas en el campo. Por su parte, el vano central del tercer cuerpo se corona por un frontón triangular que sostienen dos pilastras cajeadas. Este paramento queda protegido por una saliente cornisa en forma de gola, sobre la que asoman tres mansardas de evidente influencia francesa. Las torres laterales poseen un pequeño balcón en cada altura.

Frente al palacio, un puente medieval de lomo de dromedario con un gran ojo de medio punto cruza las aguas del río Bidasoa."

El palacio, tanto por sus características como por la calidad de su entorno natural, es uno de los más destacados ejemplos de arquitectura palaciana del siglo XVIII en Navarra, dentro de la evolución de un tipo arquitectónico que se inicia con los palacios cabo de armería medievales.

El palacio ha tenido algunas ayudas de la Institución Príncipe de Viana para su conservación en los años 1981, 1984, 1988, 2001, 2002, 2005 y 2006.

El puente fue restaurado entre los años 1991 y 1992 con proyecto y dirección de los técnicos de la Sección de Patrimonio Arquitectónico.

El 13 de octubre de 1972 un Acuerdo de la Diputación Foral manifiesta a la Dirección General de Bellas Artes la plena conformidad para la declaración de Monumento Histórico-Artístico a favor de 11 palacios baztaneses, entre los que se encuentra el de Oieregi.

El 30 de septiembre de 1982 un Acuerdo de la Diputación Foral considera obras de interés histórico-artístico 12 puentes medievales, entre los que se encuentra el de Reparacea sobre el Bidasoa en Oieregi.

Por lo expuesto anteriormente, se propone incoar como Bienes de Interés Cultural el Palacio y el Puente de Reparacea y continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor."

En virtud de las facultades conferidas por la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra y el Decreto Foral 217/1986, de 3 de octubre, por el que se regula la declaración de Bienes de Interés Cultural, modificado por el Decreto Foral 572/1991, de 30 de diciembre, y por Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana,

RESUELVO:

1.º Incoar expediente de declaración como Bienes de Interés Cultural a favor de los monumentos denominados Palacio y Puente de Reparacea, sitos en Oieregi (Navarra), con la delimitación de entorno que se indica en la documentación adjunta a la presente Resolución.

2.º Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3.º Notificar la presente Resolución a los interesados, al Concejo de Oieregi, al Concejo de Narbarte y al Ayuntamiento de Bertizarana, haciéndoles saber que según lo dispuesto en el artículo 19.1d de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición de las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización del Departamento competente en materia de cultura.

4.º Comunicar la presente Resolución al Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Cultura y al Registro de Bienes de Interés Cultural, adscrito a la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura, para su anotación preventiva.

5.º Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, disponiendo la apertura de un período de información pública por treinta días desde su publicación, a efectos de que los interesados puedan presentar cuantas alegaciones consideren oportunas.

Pamplona, 16 de mayo de 2008.-El Director General de Cultura, Pedro Luis Lozano Úriz.

Código del anuncio: F0813498