BOLETÍN Nº 121 - 3 de octubre de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 2521/2008, de 3 de septiembre, de la Directora General de Empresa, por la que se concede autorización administrativa de construcción de instalaciones y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto: "Punto de entrega a Gas Navarra, S.A., en el término municipal de Lesaka (Navarra)".

La empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., con fecha 7 de mayo de 2008, solicitó autorización administrativa para la construcción de las instalaciones del proyecto "Punto de entrega a Gas Navarra, S.A., en el término municipal de Lesaka (Navarra)" y el reconocimiento de la utilidad pública de las mismas. El término municipal afectado es Lesaka.

Esta solicitud de autorización administrativa ha sido sometida a un periodo de información pública mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 69, de 4 de junio de 2008, en los diarios Diario de Navarra y Diario de Noticias de 16 de mayo de 2008, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lesaka. Durante dicho periodo se ha recibido una alegación la cual ha sido atendida por la empresa solicitante.

Los datos básicos del proyecto de instalación son los siguientes:

El origen del ramal de conexión con la Estación de Regulación y Medida se conectará con el gasoducto "Eje Bera-Lesaka" mediante una Te de toma en carga de 6x2", se aumentará el diámetro de la canalización mediante una reducción invertida de 6" a 8" y a continuación se instalará la Estación de Medida G-400 que conectará con el futuro "Eje APA 16 bar Lesaka-Sunbilla-Doneztebe/Santesteban-Bertizarana-Baztán".

La longitud total de afección de esta instalación asciende a 75 metros.

El presupuesto asciende a doscientos un mil ochocientos ochenta euros (201.880 euros).

La empresa solicitante de la autorización cumple con los requisitos que se exigen en el artículo 67.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Gas Natural Distribución SDG, S.A., ha solicitado autorización y condicionado a todos los organismos públicos a cuya tutela se encuentran determinados bienes y servicios, por lo que la empresa titular aceptará los condicionados impuestos por éstos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Aprobar el proyecto "Punto de entrega a Gas Navarra, S.A., en el núcleo urbano de Lesaka" y conceder a la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., autorización administrativa para la construcción de las instalaciones del citado proyecto.

2. Declarar la utilidad pública de las instalaciones autorizadas a los efectos de expropiación forzosa y ejercicio de las servidumbres de paso.

3. Reconocer a la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

4. Esta autorización administrativa se ajustará a las siguientes condiciones:

Primera.-En el plazo de dos meses, la empresa titular constituirá una garantía por un importe de 4.037,80 euros, correspondiente al 2% del presupuesto de las instalaciones, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. La fianza deberá depositarla en el Departamento de Hacienda del Gobierno de Navarra y se devolverá a la empresa cuando se formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones.

Segunda.-En las instalaciones y en su montaje se cumplirá lo establecido en el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus Instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio. Estas instalaciones estarán previstas para responder a los avances tecnológicos en el campo del gas y lograr abastecimientos flexibles y seguros.

Tercera.-El Servicio de Infraestructuras, Instalaciones y Seguridad Industrial, una vez construidas las instalaciones, inspeccionará las obras y montajes efectuados y, al finalizar éstas y después de haber comprobado que el concesionario ha entregado el certificado final de obra de las instalaciones, firmado por Técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, levantará acta sobre dichos extremos que habrá de remitir seguidamente a esta Dirección General.

Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones objeto de la autorización, deberán comunicarse por el titular al mencionado Servicio con la debida antelación.

Asimismo y previo al comienzo de las obras, el concesionario deberá presentar un detallado plan de ejecución de las mismas.

Cuarta.-Serán causa de revocación de la presente autorización administrativa además de las señaladas en el apartado 6 del artículo 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, las siguientes:

a) El incumplimiento de la constitución del depósito de garantía en la forma y plazo señalado.

b) La introducción de cualquier variación o ampliación no autorizada por esta Dirección General en la ejecución del proyecto, salvando las modificaciones precisas para que se cumplan las disposiciones vigentes.

c) Si no se llevasen a cabo las instalaciones de acuerdo con las condiciones impuestas en esta Resolución o no se cumpliesen las condiciones y preceptos técnicos esenciales que con objeto de garantizar la seguridad de personas y cosas y las condiciones de suministro impone la reglamentación vigente.

5. Notificar esta Resolución a Gas Natural Distribución SDG, S.A., y a los titulares de bienes y derechos afectados, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

6. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 3 de septiembre de 2008.-La Directora General de Empresa, Begoña Urien Angulo.

Código del anuncio: F0813604