BOLETÍN Nº 121 - 3 de octubre de 2008

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA SECRETARÍA DE GOBIERNO

Edicto

Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en su reunión de fecha 15 de septiembre de 2008, sobre nombramiento de Jueces de Paz.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 a 103 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los concordantes del Reglamento número 3/95, de 7 de junio de los Jueces de Paz, la Sala de Gobierno acuerda, previa la correspondiente convocatoria de vacantes:

A.-Nombrar Jueces de Paz Titulares y Sustitutos de los siguientes Juzgados:

1.º Juzgado de Paz de Goñi: Doña Elisa Mutilva Senosiain, provista el DNI 15.795.149-Z, Juez Titular; don José María Maquirriain Ascunce, provisto del DNI 72.642.312-D, Juez Sustituto, elegidos ambos por el Pleno del Ayuntamiento del Municipio.

2.º Juzgado de Paz de Beire: Doña Idota Cornejo Esoain, provista del DNI 16.022.994-K, Juez Titular, elegida por el Pleno del Ayuntamiento del Municipio.

B.-Los Jueces de Paz Titulares y Sustitutos son nombrados por un periodo de cuatro años, computándose la duración de su mandato desde la fecha de publicación de su nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

C.-Los Jueces de Paz nombrados deberán tomar posesión del cargo respectivo dentro del plazo de veinte días naturales siguientes a la publicación de su nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, previo juramento o promesa, en los términos del artículo 318 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ante el Juez de Primera Instancia del partido, o el Decano si hubiere varios.

D.-No estarán obligados a prestar juramento o promesa quien ya lo hubiere prestado con anterioridad como Jueces de Paz Titulares o Sustitutos.

E.-Una vez hayan tomado posesión de sus cargos los Jueces nombrados, les será expedido por la Sala de Gobierno, un carné acreditativo de su identidad, gozarán de inamovilidad y serán retribuidos por el sistema y la cuantía legalmente establecidos.

F.-Contra el presente acuerdo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento número 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz y concordantes con el artículo 14 del Reglamento número 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes y por motivos y formas que establece la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 15 de septiembre de 2008.-El Secretario de Gobierno, Pedro Jesús Vitrian Arigita.

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