BOLETÍN Nº 10 - 23 de enero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTAJONA

Tipos impositivos para el año 2008

El Pleno del Ayuntamiento de Artajona, en sesión celebrada el pasado 20 de diciembre de 2007 aprobó por unanimidad de los presentes los siguientes tipos impositivos para el año 2008:

-Fijar el 0,2451%, el tipo de gravamen para la exacción de contribución urbana.

-Fijar el 0,80%, el tipo de gravamen para la exacción de la contribución rústica.

-Fijar el 1,4 para la exacción del Impuesto de Actividades Económicas.

-Fijar el 4%, como gravamen para el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

-Fijar para el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana el porcentaje del 2,5 por ciento de la escala del artículo 175 de la Ley Foral 2/95 de Haciendas Locales de Navarra y el tipo del 9,36% de la escala de gravamen a que hace referencia el artículo 176 de dicha Ley Foral.

El citado acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2008.

Lo que se publica para general conocimiento de los interesados.

Contra el presente acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acuerdo.

b) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el Plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

Artajona, 21 de diciembre de 2007.-El Alcalde, Pedro María Egea Ortiz.

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