BOLETÍN Nº 95 - 3 de agosto de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 1354/2007, de 26 de junio, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre la Transformación en Regadío de 150 ha en el término municipal de Mendavia, promovida por Viñedos Barón de Ley, S.L.

Viñedos Barón de Ley, S.L. presentó con fecha 13 de diciembre de 2006 el "Estudio de Impacto Ambiental de Transformación en Regadío en el término municipal de Mendavia" que incluye a las parcelas 602, 603, 610, 651, 652 del polígono 11, las parcelas 73-A y 171 del polígono 8, y la parcela 886 del polígono 9. De ellas, todas las parcelas del polígono 11 se localizan dentro del área de interés para aves esteparias "Zabaleta-La Mesa".

El proyecto afecta a una superficie de 150 ha. y está incluido en el anexo 3C apartado D) punto 1 de la de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental por lo que procede la tramitación de este expediente de acuerdo con el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Este expediente fue objeto de un requerimiento de información complementaria que el promotor contestó, como Anexo al Estudio de Impacto Ambiental, en febrero de 2007.

Mediante la Resolución 58/2007, de 19 de febrero, del Director del Servicio de Integración Ambiental se sometió a Información Pública, durante el plazo de treinta días hábiles, el Estudio de Impacto Ambiental. Dicha Resolución se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 34, del 19 de marzo de 2007. Durante dicho periodo no se presentan alegaciones.

El Servicio de Integración Ambiental informa que el expediente está completo.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 537/2005, de 27 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre la Transformación en Regadío de 150 ha en el término municipal de Mendavia, promovida por Viñedos Barón de Ley, S.L., considerando que la propuesta presentada es ambientalmente viable.

2.º El Proyecto se desarrollará teniendo en cuenta las siguientes condiciones:

_Dado que en los últimos años se ha producido en las parcelas del polígono 11 una fuerte intensificación agraria, con pérdida de hábitat adecuado para las especies esteparias, es necesario que el promotor establezca medidas para mejorar la capacidad de acogida del medio a la avifauna esteparia. A modo de ejemplo: aumentar la superficie de barbechos, cultivos de cereal y leguminosas, o pastos, plantaciones de arbustivas, crear lindes o bandas de vegetación espontánea... La superficie para estas actuaciones será de 3 ha (que es la extensión con vegetación natural que ha desaparecido en el área del Proyecto durante los últimos años), que debe localizarse en el Area de Interés para aves esteparias "Zabaleta-La Mesa".

_La zona de captación elegida por el promotor corresponde al único espacio con vegetación natural existente en ese tramo de ribera del Ebro, que además aparece inventariado como descansadero de la Vía pecuaria de Imas a Irache. Por ello, se deberá desplazar unos metros aguas abajo (aproximadamente a coordenadas X=569.680 e Y=4.696.789), para que quede en borde de este descansadero.

_En relación con la vía pecuaria afectada por el proyecto hay que indicar que la Cañada Real de Imas a Irache, afectada por la plantación de viñedo en las parcelas del polígono 11, se restituirá en el proceso de concentración parcelaria actualmente en curso.

_En la parcela 171 del polígono 8 (concretamente un tramo superior del barranco de Carcariego), con laderas de fuerte pendiente y terrazas con viña se conservará la vegetación natural, constituida por un matorral mediterráneo denso y de calidad, en el que destacan coscoja, romero, aladierno y pies jóvenes de carrasca. Por otra parte, el fondo del barranco (cauce intermitente) se mantendrá con su vegetación natural, y limpio de materiales y restos de obra.

3.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

4.º Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Integración Ambiental, al Guarderío de Medio Ambiente, al Ayuntamiento de Mendavia y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de junio de 2007
El Director General de Medio Ambiente, Juan José Grau Las Heras.

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