BOLETÍN Nº 80 - 29 de junio de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

ANDOSILLA

Aprobación inicial proyecto de urbanización Unidades de Ejecución ZC-11-12-13

El día quince de mayo de 2007, el Alcalde-Presidente dictó la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.

Resolución número 71/2.007, de 15 de mayo, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla, por la que se acuerda la aprobación inicial del proyecto de urbanización de las Unidades de Ejecución ZC-11-12-13 del Plan Municipal de Andosilla.

Don Manuel Osorio Martín, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla,

Visto Proyecto de Urbanización de las Unidades ZC-11-12-13 promovido por don Fernando Ezquerro Eras en representación de la Junta de Compensación ante el Ayuntamiento de Andosilla.

Considerando que el objeto y documentación del Proyecto de Urbanización de las Unidades de Ejecución ZC-11-12-13 es acorde con lo establecido en el artículo 134 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Considerando que el artículo 134.5 establece que la tramitación y aprobación de los Proyectos de Urbanización se efectuarán conforme a lo previsto en el artículo 76 para los Estudios de Detalle.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta las previsiones contenidas en el artículo 74.1. a), en ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

He resuelto:

Primero._Aprobar inicialmente, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 74.1. a) de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aplicable por remisión de los artículos 134.5 y 76 del mismo cuerpo legal, el Proyecto de Urbanización de las unidades ZC-11-12-13 promovido por la Junta de Compensación.

Segundo._Advertir a los promotores que con anterioridad a la aprobación definitiva deberá presentarse un proyecto en el que se subsanen las siguientes deficiencias:

1._Pavimentacion y tratamiento de los espacios públicos.

_El proyecto deberá justificar del cumplimiento de la Ley Foral 4/1998, de 11 de julio, en orden a la supresión de las barreras arquitectónicas y urbanísticas para las personas con minusvalías físicas y D.F. 154/1989 (art. 134.4 de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y artículo 2 de las Ordenanzas de Urbanización del P.M.O.U.).

_Dado el tráfico previsto, y según las recomendaciones del Ministerio de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente, este Servicio estima oportuno sustituir la capa de aglomerado asfáltico de 8 cm por 2 capas de 5 y 4 cm.

_El proyecto deberá contemplar el diseño del espacio central con despiece de la pavimentación, evacuación de pluviales y la incorporación de arbolado y pantalla verde perimetral con sistema de riego. Así mismo deberá incorporarse a este espacio la instalación de alumbrado y la ubicación del mobiliario urbano y parque infantil que deberá ser instalado sobre suelo adecuado para amortiguación de caídas.

_En el espacio público central deberá preverse la acometida para riego y la instalación de una fuente pública.

2._Alumbrado público.

_Los modelos de luminarias deberán ser aprobados por los servicios técnicos del Ayuntamiento y las lámparas a utilizar serán de Vapor de Sodio.

_Las acometidas de los distintos servicios se centralizarán en armarios compartidos cada 2 parcelas dentro de la alineación de las parcelas con acceso desde la acera.

3._Resto de servicios.

_Las acometidas de los distintos servicios serán individuales para cada parcela resultante del proyecto de reparcelación.

_El proyecto deberá incorporar la red de telecomunicaciones para las empresas suministradoras de servicios implantadas en Andosilla (Tenaria).

_Se incorporarán al proyecto las correcciones derivadas de los informes de las compañías suministradoras de los distintos servicios.

Tercero._Someter, ex artículo 76 a) de la misma Ley Foral, el expediente a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles, mediante anuncios que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en los Diarios editados en la Comunidad Foral, en el que los interesados podrán formular cuantas observaciones o alegaciones estimen oportunas, procediéndose a la exhibición del expediente en las dependencias del Ayuntamiento de Andosilla, sito en la Plaza San Cosme y San Damián número 1, 31261, Andosilla (Navarra), en horario de 11,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.

Cuarto._En el caso de que durante el trámite de información pública no se produzcan alegaciones el expediente será elevado al órgano competente para su aprobación definitiva, si procede, en el plazo máximo de dos meses contados a partir de la finalización del período de información pública, entendiéndose, ex artículo 74.3 aplicable por remisión del artículo 76 de la Ley Foral citada, aprobado en el caso de que transcurra el referido plazo sin que se haya adoptado la oportuna resolución.

Quinto._Publicar la presente Resolución, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Andosilla y proceder a su notificación a los interesados advirtiéndoles que contra la misma, que no es definitiva en vía administrativa, no cabe la interposición de recurso por tratarse de un acto de trámite, sin perjuicio de que, ex artículo 107.1 in fine de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, los interesados puedan efectuar las alegaciones que estimen convenientes, a los efectos de que sean consideradas en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Sexto._Notificar la presente Resolución al Presidente de la Junta de Compensación y a todos los propietarios registrales afectados y dar cuenta de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión que dicho órgano colegiado celebre.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 a) de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 21.1.r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Andosilla, 15 de mayo de 2007
El Alcalde-Presidente, Manuel Osorio Martín.

Código del anuncio: L0708369