BOLETÍN Nº 74 - 15 de junio de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona

EDICTO

Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona a 25 de mayo de 2007.

Se hace saber: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 157/07 por malos tratos y amenazas a convivientes (artículo 153) habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 240/07.

En Pamplona, a 22 de mayo de 2007.

Edilberto Esteban Iglesias, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona habiendo visto en juicio oral y público los presentes autos de Juicio de Faltas número 0000157/2007, en los que han intervenido, de una parte Gloria Irurzun Gil, con DNI número 15525404, hijo/a de Celestino, y de Rogelia, nacido en Arraiza-Zabalza (Navarra), el día 6 de junio de 1930, con domicilio en la calle Virgen del Puy/Puyko Andre María kalea, 6, 3.º E, de Pamplona, David Jimenez Gorricho con DNI 34103587 hijo de José y de María Begoña, nacido en Pamplona el día 11 de mayo de 1981 y con domicilio en la calle Concejo de Sagaseta/Sagaseta Kontzejuaren kalea, 10, 2.º B y José Ignacio Gorricho con DNI número 18211067, con domicilio en y calle Virgen del Puy/Puyko Andre María kalea, 6, 3.º E y de otra Sergio Jiménez Gorricho, con DNI número 72823783, hijo/a de José María y de Begoña, nacido/a en Pamplona el día 25 de marzo de 1988, y habiendo intervenido el Ministerio Fiscal en la representación que la Ley le otorga, dicto esta sentencia en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución Española.

Fallo: Absuelvo a Sergio Jiménez Gorricho de las faltas de maltrato de obra, daños y coacciones de las que venía acusado.

Declaro de oficio las costas procesales causadas en la tramitación de este procedimiento.

La presente Resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado y por escrito para ante la Audiencia Provincial de Pamplona en el plazo de cinco días desde su notificación.

Notifíquese esta sentencia a todas las partes y llévese testimonio de la misma a los autos originales.

Así por esta mi Sentencia y definitivamente juzgando en esta instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a Sergio Jiménez Gorricho hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 25 de mayo de 2007
La Secretaria, Inmaculada Jurío Macaya.

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