BOLETÍN Nº 134 - 26 de octubre de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 391/2007, de 2 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Circuito de Velocidad en Los Arcos, promovido por Construcciones Samaniego S.L.

De acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, los Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal deben someterse a Evaluación Ambiental Estratégica y ser objeto de Declaración de Incidencia Ambiental, de manera previa o simultánea a la aprobación del Proyecto Sectorial.

Con fecha 3 de mayo de 2007 se informó sobre la suficiencia del Estudio de Incidencia Ambiental presentado.

Mediante Acuerdo de 14 de mayo de 2007 del Gobierno de Navarra, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 74, de 15 de junio de 2007, se sometió a información Pública el expediente en cumplimiento del artículo 33 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental. Durante este período de exposición pública no se han recibido alegaciones.

Con fecha 20 de septiembre de 2007 se ha recibido la documentación completa para la emisión de la Declaración de Incidencia Ambiental.

La actuación se sitúa en su mayor parte en Los Arcos, afectando a algunas parcelas de Luquin. El ámbito queda delimitado al norte por el límite municipal de Barbarin, al oeste por la senda de Guiadores y al sur por el Area de Actividades Económicas de Tierra Estella promovido por NASUINSA y por un camino de concentración limítrofe en parte con el río Cardiel o Mahoma.

El uso actual de los terrenos, salvo los ocupados por caminos rurales, es de cultivo herbáceo de secano. La propiedad de los terrenos es básicamente privada, completando una superficie cercana a las 160 Has.

El ámbito delimitado comprende la superficie estrictamente ocupada por el Complejo "Circuito de Velocidad de Los Arcos", una zona destinada a albergar usos terciarios polivalentes complementarios y un entorno lateral a ambas zonas de suelo no urbanizable.

Los accesos norte y sur aprovechan caminos existentes. Se prevé un vial exterior y perimetral por el sudeste del complejo que enlazará los dos anteriores viales de acceso y una vía de servicio, con características similares a los caminos de concentración existentes, desde el área de actividades económicas directo hasta el circuito.

El suministro eléctrico se proyecta realizar enterrado, junto al camino de servicio proyectado, desde una conexión con la nueva línea que abastecerá al área de actividades económicas promovida por NASUINSA, estando, según el proyecto presentado, el suministro garantizado desde la STR de Los Arcos.

Igualmente, la acometida de telefonía y el abastecimiento de agua se efectuarán desde las respectivas redes del Area de Actividades Económicas.

Las aguas fecales se canalizarán hasta la estación de bombeo del Area de Actividades Económicas, mientras que las pluviales se encauzarán hacia las regatas próximas existentes en la zona. En el caso del agua de las plataformas y drenaje del circuito, tras su recogida, se reutilizará para el riego de zonas verdes, derivando las sobrantes hacia las mencionadas regatas.

No se proyecta suministro de gas a la zona de actuación, en su defecto y para cubrir la demanda de climatización de los edificios que lo requieran, se plantea la posibilidad de instalar un sistema mediante bombas geotérmicas.

Los principales impactos al medio natural se refieren a la posible eliminación de vegetación en el río Mahoma-Cardiel en el borde oeste y norte, así como a varios retazos de vegetación natural.

Las infraestructuras presentan afecciones muy puntuales sobre la vegetación natural existente, ya que el uso actual de los terrenos es de cultivos herbáceos de secano. El Estudio de Incidencia Ambiental incluye el análisis de las afecciones acústicas.

Así mismo el Estudio de Incidencia Ambiental incluye un Plan de Vigilancia Ambiental en el que se desarrollan las medidas de control y vigilancia durante la fase de construcción y de funcionamiento del circuito.

En consecuencia, a la vista de los informes obrantes en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica está completo y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 de la Ley Foral 4/2005, de Intervención para la Protección Ambiental,

ORDENO:

1.º Formular Declaración de Incidencia Ambiental favorable sobre la conveniencia ambiental de aprobación del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Circuito de Velocidad en Los Arcos, promovido por Construcciones Samaniego S.L.

2.º el proyecto deberá desarrollarse teniendo en cuenta todas las medidas protectoras y correctoras incluidas en el Estudio de Incidencia Ambiental y, además, cumpliendo las siguientes condiciones:

-De acuerdo al Estudio de Incidencia Ambiental, en la ejecución de las infraestructuras e instalaciones se respetará una zona de 15 metros de anchura en toda la zona colindante con el cauce del río Mahoma-Cardiel, que deberá ser convenientemente balizada. En caso de producirse alguna afección sobre el río o la vegetación asociada, deberá ser restaurada.

-Se redactará un proyecto de gestión de las aguas recogidas en la red de pluviales, que además describa y localice las superficies drenantes, que deberá ser enviado al Servicio de Calidad Ambiental para emisión de informe.

-Programa de Vigilancia Ambiental. Se entregará un informe a la finalización de la obra en el que se recojan todas las incidencias ocurridas durante la fase de construcción y las medidas correctoras aplicadas. Se entregará un informe anual de seguimiento ambiental durante los 3 años siguientes al comienzo del funcionamiento de la actividad.

3.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Notificar esta Orden Foral al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Los Arcos, al Ayuntamiento de Luquin y al promotor, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de octubre de 2007.-La Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Begoña Sanzberro Iturriria.

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