BOLETÍN Nº 131 - 19 de octubre de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ORDEN FORAL 14/2007 de 14 de septiembre, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Yerri, en parcela 101 del polígono 27 (Casetas de Ciriza) de Azcona, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Yerri ha presentado ante el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Yerri, en parcela 101 del polígono 27 (Casetas de Ciriza) de Azcona, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, con las siguientes determinaciones:

_Respecto de la "cañada" se cumplirán las condiciones señaladas en el Informe del Servicio de Evaluación y Restauración Ambiental, de fecha 20 de junio de 2007, durante la fase de Reparcelación, durante la fase de Ejecución de las obras y una vez concluidas éstas.

_Respecto al acceso al ámbito de uso industrial, cuando se redacte el Proyecto de Urbanización se cumplirán todas las condiciones señaladas en el Informe del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Expediente número 2007/152715); y en particular deberá dotarse a la intersección proyectada con carriles de aceleración y deceleración de tipo paralelo. Se buscará la mayor longitud posible que permitan las dimensiones de la parcela.

_De las plazas de aparcamiento para automóviles previstas, un 3% de ellas (4 plazas) deberán destinarse a disminuidos físicos-sensoriales.

Estas plazas, en batería, deberán tener unas dimensiones mínimas de: Frente 320 cm y fondo 500 cm.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde la publicación de la normativa en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Yerri, al Concejo de Azcona, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de septiembre de 2007
El Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, José Carlos Esparza Sáez.

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