BOLETÍN Nº 127 - 10 de octubre de 2007

VIII. ANUNCIOS

8.2. ANUNCIOS PARTICULARES

COMUNIDAD GENERAL DE REGANTES DEL CANAL DE BARDENAS

Creación ficheros de carácter personal

La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos, singularmente los informáticos, suponen posibilidades de intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad, así como de limitación y vulneración del derecho a la autodisposición de las informaciones que son relevantes para cada persona. Por ello el ordenamiento jurídico reconoce derechos en este campo y establece mecanismos para su garantía. La Constitución española, en su artículo 18, reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la "ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos."

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental.

El artículo 20, de la mencionada ley establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición de carácter general publicada en el "Boletín Oficial del Estado" o Diario Oficial correspondiente.

La Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas, en sesión de su Junta de Gobierno celebrada el pasado 27-9-2007, ha adoptado la disposición que se trascribe a continuación, por la que los ficheros que contienen datos de carácter personal se adaptan a las disposiciones que se contienen en la vigente ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal y el Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el reglamento de medidas de seguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal:

Primero: Se crean los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública señalados en el Anexo I.

Segundo: Los Ficheros automatizados que por la presente Ordenanza se crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el RD 994/199 de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Tercero: Dejar sin efecto cualquier resolución anterior en cuanto se oponga o contradiga lo dispuesto en la presente resolución.

Cuarto: Publicar por la presente disposición en el Boletín Oficial de la Provincia para su efectividad y entrada en vigor y notificarla a la Agencia de Protección de Datos a los efectos de inscripción del fichero en el Registro General de Protección de Datos dependiente de dicho Organismo.

ANEXO I

Nombre del Fichero: Usuarios del agua.

Finalidad y Usos del Fichero: Gestión de los usuarios y miembros de la Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas.

Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Formularios cumplimentados por los interesados.

Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: datos de carácter identificativo y datos de características personales.

Cesiones de datos de carácter personal: A las autoridades que se expresan en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, en el ejercicio de las funciones que tienen legalmente atribuidas.

Organismo de la Administración responsable del fichero: Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas.

Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de rectificación, cancelación y oposición: Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas.

Medidas de seguridad: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 94/1999 de 11 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán las medidas de nivel básico, previstas en este reglamento.

Ejea de los Caballeros, 4 de octubre de 2007
El Presidente de la Comunidad, Luis Ciudad Gallizo.

Código del anuncio: P0715211