BOLETÍN Nº 116 - 17 de septiembre de 2007

VIII. ANUNCIOS

CORELLA

Notificación propuesta de resolución expediente sancionador

Intentada la notificación a Belaid Ouaaki y no habiéndose podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero:

Se hace saber a Belaid Ouaaki que el instructor del expediente sancionador referenciado con fecha 17 de agosto de 2007, dictó la siguiente Propuesta de Resolución:

"Visto el expediente seguido a Belaid Ouaaki, domiciliado en Murchante (Navarra), en calle Cortes de Navarra 2, 2, como responsable de una infracción reguladora del artículo 26.i de la Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Resultando que mediante denuncia de fecha 13-07-2007, formulada por la policía Municipal, se puso en conocimiento de esta Alcaldía la realización de los siguientes hechos: En el día 13 de julio de 2007 siendo las 7:10 horas, alterar la seguridad colectiva u originar desordenes en vías, espacios o establecimientos públicos, en tanto que participa en una pelea violenta en medio de la calle con su hermano dándose golpes con los puños y la cabeza.

Resultando que por la Alcaldía, se acordó la incoación de expediente sancionador mediante Resolución de fecha 17 de julio de 2007, en el que se contenía la identidad de la Autoridad competente para resolver el expediente y la del Instructor del procedimiento.

Resultando que por el Instructor del expediente, con fecha 21 de julio de 2007, se notificaron los hechos imputados, las infracciones cometidas y las sanciones que en su caso podían recaer, con objeto de que en el plazo de quince días, o en cualquier momento anterior a dictarse esta Propuesta de Resolución, pudiera el infractor contestar la acusación realizada, tomar audiencia y vista del expediente, proponer pruebas y alegar cuanto tuviera por conveniente en orden a la mejor defensa de su derecho.

Resultando que dentro del plazo establecido se ha presentado escrito de descargo y alegaciones en el que se ha manifestado que:

"Que fue un mal entendido familiar que yo no toqué a mi hermano, sólo lo estaba sujetando para que no me pegue a raiz de la crisis nerviosa que este sufría debido a una depresión que éste padece.

Que lo ocurrido ese día no volverá a pasar debido a que las cosas sean por eso pido perdón a las autoridades."

Considerando que estas manifestaciones realizas por el infractor dejan sin efecto el expediente sancionador según informe de la Policía Local de fecha 1 de agosto de 2007.

Considerando que el órgano competente para sancionar a tenor del artículo 29 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y 21.1.n de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local es el alcalde.

Considerando que los hechos probados son constitutivos de infracción administrativa leve, de conformidad con la tipificación establecida en el artículo 26.i de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Vistos los antecedentes mencionados, las disposiciones citadas y las demás normas de general y pertinente aplicación, he tenido a bien dictar la siguiente

Propuesta de resolución:

Primero: Estimar las alegaciones y dejar sin efecto el expediente sancionador.

Segundo: Notifíquese la presente Propuesta de Resolución al interesado con la indicación de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, podrá presentar alegaciones, en el plazo de quince días, al término de los cuales, por la Alcaldía, se dictará la Resolución definitiva que corresponda."

De todo lo cual le doy traslado para su conocimiento y efectos, en su condición de interesado en el expediente.

Corella, 5 de septiembre de 2007
El Instructor, firma ilegible.

Código del anuncio: L0713618