BOLETÍN Nº 116 - 17 de septiembre de 2007

VIII. ANUNCIOS

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO-INSTITUCION PRINCIPE DE VIANA

Delimitación del entorno de protección de la iglesia de Santiago de Sangüesa

Por Resolución 418/2007, de 29 de junio, de la Directora General de Cultura, se delimitó provisionalmente el entorno de protección de la iglesia de Santiago de Sangüesa.

Intentada la notificación a los afectados por este expediente administrativo, de conformidad con el artículo 6.2 del Decreto Foral 217/1986, de 3 de octubre, y no habiéndose podido practicar la misma a los interesados que a continuación se relacionan, en aplicación del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación del correspondiente edicto en el tablón del Ayuntamiento de Sangüesa y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

RELACION DE INTERESADOS QUE NO HAN RECIBIDO LA NOTIFICACION

Sola Ozcoidi, Angel. Calle Santa Catalina, 4 - 31400 Sangüesa.

Gimeno Biarge, Carmen. Calle Fermina Ripalda, 1 - 31400 Sangüesa.

Religiosas Hijas de María Inmaculada. Calle Santiago, 21 - 31400 Sangüesa.

RESOLUCION 418/2007, de 29 de junio, de la Directora General de Cultura, por la que se delimita provisionalmente el entorno de protección y se abre un período de información pública en el expediente de Bien de Interés Cultural del inmueble denominado iglesia de Santiago Apóstol, sita en Sangüesa (Navarra).

Por Orden de 30 de octubre de 1972 se declara monumento histórico-artístico de interés provincial la iglesia de Santiago Apóstol de Sangüesa.

Para favorecer una mejor aplicación a este Bien de Interés Cultural de la protección establecida en la legislación de Patrimonio Histórico, Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, resulta necesario fijar y delimitar, de una manera precisa, el entorno protegido de este monumento.

Por lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 4 de la Ley 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra.

RESUELVO:

1.º Delimitar provisionalmente el entorno de protección de la iglesia de Santiago Apóstol, sita en Sangüesa (Navarra), a efectos de su protección como Bien de Interés Cultural, de conformidad con la documentación gráfica y descripción literal adjunta a esta Resolución.

2.º Abrir un período de información pública de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de esta Resolución, a fin de que cuantos estén interesados en el expediente del citado inmueble, puedan examinarlo y aduzcan cuanto estimen conveniente.

3.º Notificar la presente Resolución al Arzobispado de Pamplona, a los interesados y al Ayuntamiento de Sangüesa, haciéndoles saber que según lo dispuesto en el artículo 19.1.d de la Ley 14/2005, de 22 de noviembre, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización de la Dirección General de Cultura.

4.º Comunicar la presente Resolución al Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Cultura.

5.º Publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra la presente Resolución y la delimitación del entorno afectado.

Pamplona, 29 de junio de 2007
La Directora General de Cultura, Camino Paredes Giraldo.

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