BOLETÍN Nº 116 - 17 de septiembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

LONGUIDA

EDICTO

El Alcalde del Ayuntamiento de Longuida con fecha 3 de septiembre de 2007, ha resuelto lo siguiente:

Visto informe de ruina redactado por el arquitecto Fernando Vas Talamaras de la edificación sita en parcela número 156 del polígono 20 de Ekai de Longuida a instancias de sus propietarios Gabriel Arregui y Pilar Pellejero. Visto informe técnico elaborado por la Arquitecto Itziar Iriarte Zubiría de fecha 27 de julio de 2007, en el que constata el estado ruinoso en que se encuentra la edificación sita en la parcela número 156 del polígono 20 de Ekai de Longuida.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el artículo 17 y siguientes del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se establece el Reglamento de Disciplina Urbanística, se acuerda por unanimidad

1._Incoar expediente de declaración de ruina de los la edificación sita en la parcela número 156 del polígono 20 de Ekai de Longuida, promovido por Gabriel Arregui y Pilar Pellejero.

2._Otorgar a los citados titulares, así como a los moradores, si los hubiera, y titulares de derechos reales, en su caso, un trámite de audiencia de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la recepción de la preceptiva notificación, o en su defecto, a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que puedan examinar el expediente abierto al efecto, presentando las alegaciones y documentación que estimen pertinente en su derecho.

3._Notificar el presente Acuerdo a los interesados, ordenando asimismo su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como su inserción en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

4._Advertir a los titulares del inmueble objeto del mencionado procedimiento de ruina, que en la tramitación de dicho procedimiento y hasta la resolución definitiva del mismo, quedará sujeto a las responsabilidades de todo orden que pudieran serles exigidas por incumplimiento y negligencia en los deberes de conservación, ornato y salubridad que a tenor de lo establecido en los textos legales, anteriormente citados, sobre ellos pesa.

Lónguida, 3 de septiembre de 2007._El Alcalde Roberto Zazpe Bariáin

Código del anuncio: L0713576