BOLETÍN Nº 64 - 29 de mayo de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

ORDEN FORAL 65/2006, de 5 de mayo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de construcción del "Ensanche y mejora de la carretera NA-128 (Caparroso-Peralta). Tramo: Marcilla-Peralta".

El proyecto de construcción del "Ensanche y mejora de la carretera NA-128 (Caparroso-Peralta). Tramo: Marcilla-Peralta", fue aprobado técnicamente y sometido a información pública por Orden Foral 490/2005 de 11 de noviembre del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, siendo publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 143, de 30 de noviembre de 2005.

Por la citada Orden Foral se sometía dicho proyecto y la relación de los bienes y derechos afectados a información pública, a fin de que se formulasen cuantas observaciones y alegaciones se estimasen oportunas.

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa que transcurrido el plazo de alegaciones, se han recibido las siguientes:

_Alegación número 1: Don José María Abárzuza Goñi, en representación del Ayuntamiento de Marcilla. (MA-32, MA-33, MA-34 y MA-35).

1. Alega que las fincas propiedad del Ayuntamiento no tienen la calificación de rústicas, como figura en la relación de afecciones, sino de suelo industrial, y solicita que se tenga en cuenta en el justiprecio el importe abonado por su compra como suelo industrial.

2. Alega que en la relación de propietarios figura como titular de la parcela catastral número 56 del polígono 6 de Marcilla la anterior propietaria.

3. Indica que la acequia de riego existente entre las fincas MA-30 y MA-31, que se afecta con las obras y que está previsto reponer está en desuso por parte de ambos propietarios, por lo que solicita que no se reponga.

4. Solicita que se considere facilitar el acceso al futuro Polígono Industrial de Marcilla mediante la construcción de una rotonda.

Contestación:

1. La descripción de los bienes y derechos afectados se ha efectuado de conformidad con el Catastro vigente. En dicho Catastro la superficie afectada por el proyecto está clasificada como figura en el listado.

En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

2. Se acepta lo alegado.

3. Se acepta lo solicitado.

4. Se desestima lo solicitado por no estar contemplado entre las actuaciones objeto de este proyecto. La construcción del acceso al futuro Polígono Industrial de Marcilla deberá llevarla a cabo el promotor del mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 100 de la Ley 35/2002 de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

_Alegación número 2: Ayuntamiento de Peralta.

Solicita que se sustituya la intersección de acceso a la fábrica Jofemar, S.A., proyectada con carril central de espera, por una glorieta cerrada.

Contestación:

Se desestima lo solicitado. En la fase de proyecto se han estudiado tres tipologías para la intersección de acceso a la fábrica Jofemar, S.A.: glorieta cerrada, glorieta partida e intersección en 'T' con carril central de espera e incorporación.

Una vez analizado cada caso desde el punto de vista de la funcionalidad y, especialmente, de la seguridad vial se ha concluido que la más adecuada es la intersección en 'T' con carril central de espera e incorporación.

_Alegaciones número 3 y número 7: Don Alfredo Igartua Ayerra. (PE-101)

1. Alegación número 3: Indica que en la relación de bienes afectados por el proyecto, en lo que respecta a la finca de su propiedad, no se han tenido en cuenta todos los elementos afectados por las obras.

2. Alegación número 7: Indica que la sección con la que se dota a la carretera le parece excesiva para la categoría de la carretera sobre la que se actúa y que no entiende la necesidad de disponer un arcén de anchura similar a los arcenes de las autovías, aunque en la Orden Foral de aprobación técnica del proyecto se justifique por la necesidad de facilitar la incorporación de los vehículos a la calzada desde las fincas colindantes a la misma.

Pone de manifiesto que deduce que dicho arcén se ha dispuesto para satisfacer la solicitud de un Parlamentario de habilitar un carril-bici, aspecto que se omite en la Orden Foral de aprobación técnica del proyecto.

Contestación:

1. En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

2. La anchura del arcén proyectado permitirá la circulación por el mismo de vehículos con velocidad reducida (vehículos agrícolas, motocicletas, bicicletas, ...), funcionando éste como vía de servicio.

_Alegación número 4: Don Emiliano Fernández Díaz. (PE-17).

1. Indica que en la actualidad el acceso a su finca se realiza desde la calzada principal y que, con las obras proyectadas, deberá realizarse a través de un camino lateral, aspecto que obligaría a modificar las características interiores de la finca para acceder a la vivienda, afectando principalmente al arbolado singular existente.

Solicita que se mantenga el acceso a su finca desde la calzada principal, con los retranqueos legales y suficientes en su propiedad.

2. Solicita que no se derribe la caseta-almacén existente próxima al cerramiento y que, en el caso de que sea necesario tanto su derribo como el derribo o modificación de cualquier otro elemento de su propiedad, todos se repongan con las mismas características y calidades que presentan en la actualidad.

3. Solicita que durante el periodo de ejecución de las obras se mantenga el cerramiento completo y total de su finca para garantizar la intimidad y el acceso a su propiedad.

Contestación:

1. Se acepta lo alegado.

2. El proyecto contempla la reposición de los accesos y cerramientos afectados por las obras, independientemente de la valoración que en el expediente de expropiación se realice de los bienes afectados.

En el levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

3. Durante la ejecución de las obras, se tratará de minimizar el tiempo que transcurra desde la demolición de los cerramientos hasta su reposición, tanto provisional como definitiva.

_Alegación número 5: Don Santos Esparza Naturaza. (MA-27)

Alega que en la finca de su propiedad se cultivan frutales en espaldera, aspecto que deberá tenerse en cuenta en el procedimiento expropiatorio.

Contestación:

En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

_Alegación número 6: Don Fidel Vicente Valares y doña M.ª Mercedes Romero Ferreras. (MA-03)

1. Alega que en la relación de propietarios no figura su nombre, sino el de la anterior propietaria.

2. Indica que existe un error entre lo que figura en el plano de expropiaciones donde figuran sus parcelas afectadas y el listado, ya que en este último no figura la afección a la parcela 758 del polígono 3 de Marcilla.

3. Indica que teniendo en cuenta que la línea de fachada de su vivienda se encuentra en la actualidad a 1,50 metros del borde de la carretera, con las obras a realizar dicha distancia será prácticamente nula, por lo que solicita que el ensanche de la carretera se realice por la margen derecha de la misma.

4. Indica que en el terreno afectado por las expropiaciones existe un pozo ciego, un canal de riego, un vallado y diversas plantaciones.

Contestación:

1. Se acepta la alegación y se procede a la correspondiente modificación en la relación de bienes y derechos.

2 y 3. Se acepta lo alegado y se modifica el parcelario, desafectando la parcela 758 del polígono 3 de Marcilla.

4. El proyecto contempla la reposición de los accesos y cerramientos afectados por las obras, independientemente de la valoración que en el expediente de expropiación se realice de los bienes afectados.

En el levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

_Alegación número 7: Don Ricardo Malo Landivar. (MA-30 y MA-31)

1. Solicita que, en el caso de que se afecte tanto al cerramiento de su finca como al pavimento del camino privado adyacente se reponga con las mismas características y calidades que presentan en la actualidad.

2. Indica que la acequia de riego para su finca y la contigua, propiedad del Ayuntamiento de Marcilla, que se afecta con las obras y que está previsto reponer está en desuso por parte de ambos propietarios, por lo que solicita que no se reponga y que se rellene el desnivel que resultará entre la calzada y su finca.

Contestación:

1. El proyecto contempla la reposición de los accesos y cerramientos afectados por las obras, independientemente de la valoración que en el expediente de expropiación se realice de los bienes afectados.

2. Se acepta lo solicitado. El espacio comprendido entre la nueva calzada y la finca se acondicionará adecuadamente.

_Alegación número 8: Don Félix Guindulain Vidondo, en representación de Jofemar, S.A. (PE-79)

1. Solicita que se sustituya la intersección de acceso a la fábrica, proyectada con carril central de espera, por una glorieta cerrada.

2. Solicita que se tenga en cuenta en el justiprecio el cultivo de alfalfa que existe en el terreno de Jofemar, S.A. que se utilizará para el acopio de materiales durante las obras.

Contestación:

1. Se desestima lo alegado, atendiendo a lo contestado en la alegación número 2.

2. En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

_Alegación número 9: Don Emilio Lezaun Miguel. (PE-107)

Expone que la finca de su propiedad es de regadío y que tiene cerramiento.

Contestación:

El proyecto contempla la reposición de los accesos y cerramientos afectados por las obras, independientemente de la valoración que en el expediente de expropiación se realice de los bienes afectados.

En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

_Alegación número 10: Don José Antonio Ricarte Villafranca. (PE-15)

Expone que la finca de su propiedad es de regadío y que tiene cerramiento y, en el interior de su finca, numerosas plantaciones próximas a éste.

Contestación:

El proyecto contempla la reposición de los accesos y cerramientos afectados por las obras, independientemente de la valoración que en el expediente de expropiación se realice de los bienes afectados.

En el Levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

_Alegación número 11: Doña M.ª Jesús Moreno Garrido, en representación de don Jesús Moreno Fabo. (MA-01)

Alega que la geometría de la afección a la finca de su propiedad es muy irregular y que no parece corresponderse con las necesidades expropiatorias de la actuación a realizar.

Contestación:

Se acepta lo alegado, procediéndose a modificar la afección a la finca.

_Alegación número 12: Don Santiago Moreno Hermosilla, en representación de doña María Vicenta, doña Marta y don Francisco Moreno Hermosilla y de don Jesús Moreno Fabo. (MA-12)

Alega que la finca de su propiedad en la actualidad está segregada en tres parcelas.

Contestación:

Se acepta la alegación y se procede a la correspondiente modificación en la relación de bienes y derechos.

_Alegación número 13: Don José Luis Cans Barandilla. (MA-13 y MA-14)

1. Alega que la finca de su propiedad no tiene la calificación que figura en la relación de afecciones correspondiente al proyecto.

2. Solicita que se reponga el cerramiento de su finca y el arbolado existente en el interior de la misma o que se le indemnice por dichas afecciones.

Contestación:

1. La descripción de los bienes y derechos afectados se ha efectuado de conformidad con el Catastro vigente. En dicho Catastro la superficie afectada por el proyecto está clasificada como figura en la relación de afecciones; por consiguiente, se deniega la alegación.

2. El proyecto contempla la reposición de los accesos y cerramientos afectados por las obras, independientemente de la valoración que en el expediente de expropiación se realice de los bienes afectados.

En el levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

_Alegación número 14: Don José Antonio y doña M.ª Angeles Osés Rubio. (PE-55 y PE-106)

1. Alegan que, en lo que respecta a la finca de su propiedad (Polígono 11 de Peralta, parcela número 7), parcela en la que se encuentra su empresa, no es necesario afectar al cerramiento de ni al arbolado existente en el interior de la misma.

Solicitan que, para evitar las afecciones a la parcela donde se encuentra la empresa y para facilitar el acceso a la misma, el ensanche de la carretera actual se realice hacia la margen izquierda.

2. Alegan que, en lo que respecta a la finca de su propiedad (Polígono 10 de Peralta, parcela número 768), utilizada como aparcamiento de los vehículos de los trabajadores de la empresa ubicada en la parcela anterior, no es necesario expropiar una banda de 7 metros, ya que se reduce sensiblemente el espacio disponible para el aparcamiento.

Solicitan que, para evitar reducir el espacio disponible para el aparcamiento, se construya un muro de hormigón para reducir la ocupación originada por los taludes.

3. Alegan que en la relación de propietarios no figuran como titulares de la parcela catastral número 768 del polígono 10 de Peralta.

Contestación:

1. El cerramiento de la parcela no se afecta con el proyecto. Se acepta lo alegado.

2. Se acepta lo alegado, procediéndose a la desafección de dicha parcela.

3. Se acepta la alegación y se procede a la correspondiente modificación en la relación de bienes y derechos.

_Alegación número 15: Don Antonio Llopis Toledo (MA-18)

Alega que la finca de su propiedad no tiene la calificación que figura en la relación de afecciones correspondiente al proyecto.

Contestación:

La descripción de los bienes y derechos afectados se ha efectuado de conformidad con el Catastro vigente. En dicho Catastro la superficie afectada por el proyecto está clasificada como tierra de labor regadío y pastos; por consiguiente, se deniega la alegación.

_Alegación número 16: Héctor Camps Zapater alega:

1. Alega que es incorrecta la calificación de "labor regadío" y "pastos" para las fincas afectadas de su propiedad pues en esa parcela está construida una finca utilizada como vivienda habitual, consolidada como urbana y como tal definida en el catastro municipal, devengándose la correspondiente contribución, finca delimitada por un cerramiento consistente en una valla e hilera de pinos alrededor de todo su contorno, con una antigüedad de aproximadamente 50 años, y una altura de alrededor de los 3,00, 3,50 metros, todo lo cual se manifiesta al efecto de la posterior fijación del justiprecio en el expediente de expropiación.

2. Alega que, en consecuencia, deberán reponer la finca junto con los árboles, así como vallarla, en la medida de lo posible, en iguales condiciones en las que se encuentra en la actualidad. En el supuesto de no poder llevar a cabo dicha restitución, deberá efectuarse la correspondiente indemnización complementaria al valor de la parte de la finca expropiada.

Contestación:

1. La descripción de los bienes y derechos afectados se ha efectuado de conformidad con el Catastro vigente. La descripción exacta y pormenorizada del terreno afectado se realizará en el momento del levantamiento de actas previas a la ocupación, momento en el que se podrán realizar cuantas manifestaciones se estimen oportunas.

2. El proyecto contempla la reposición de los accesos y cerramientos afectados por las obras, independientemente de la valoración que en el expediente de expropiación se realice de los bienes afectados.

En el levantamiento de Acta Previa a la ocupación, se procederá a la descripción pormenorizada de los elementos afectados por las obras, los cuales serán valorados en su momento.

El proyecto ha sido informado favorablemente por la Dirección General de Medio Ambiente en agosto de 2003.

Al resolver las alegaciones presentadas ha sido necesario modificar las siguientes partes del proyecto: Memoria (Parcelario y Planos).

MODIFICACIONES AL PARCELARIO

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

TRAMO I

Término municipal de Marcilla

MA-01 Moreno Fabo, Jesús Salustiano 0 3 503 T. Labor y pastos

Cl. Félix Monzón, 6 - Marcilla

MA-03 Estremera Amadoz, María Pilar 74 3 757 Urbana

bis Pintor Asenjo, 12-8.º D. - Pamplona

Amadoz Sánchez, Andresa

Trav. Aralar, 2. Marcilla

Estremera Amadoz, María Francisca

Avda. Sancho el Fuerte, 71-8.º E. Pamplona

Estremera Estremera, Miguel

Trav. Aralar, 2. Marcilla

Estremera Amadoz, María Antonia

Trav. Aralar, 2. Marcilla

MA-04 Elizalde Irurzun, José 208 3 823 T. Labor regadío

Tr. La Cava,1-3.º izd. - Marcilla

Elizalde Irurzun, Ana María

Cl. Amadeo Marco,19 - Marcilla

Landa Elizalde, Vicente

Tr. La Cava, 1-3.º izd. Marcilla

MA-10 Fabo Boneta, Marcos 0 2 193 Pastos

Cl. Nueva, 33 - Marcilla

Fabo Boneta, José Luis

Cl. Doctor Senra, 2-1.º A - Marcilla

MA-12 Moreno Fabo, Jesús Salustiano 356 2 4730 T. Labor regadío

Cl. Félix Monzón, 6 - Marcilla

MA-12 Moreno Fabo, Juan Antonio 356 2 4731 T. Labor regadío

bil Cl. Nueva, 10 - Marcilla

MA-12 Moreno Hermosilla, Francisco 356 2 4732 T. Labor regadío

ter Cl. Miguel Javier Urmeneta, 7 - Marcilla

Moreno Hermosilla, Marta

Cl. San José Artesano, 7-9 - Marcilla

Moreno Hermosilla, M.ª Vicenta

Av. Pío XII, 15-2.º - Pamplona

Moreno Hermosilla, Santiago

Av. Santa Ana, 6-3.º A - Tudela

TRAMO II

Término municipal de Marcilla

MA-30 Malo Landivar, Ricardo 465 6 59 B Finca recreo

Cl. Miguel Javier, 10 -4.º izd. Marcilla

MA-31 Malo Landivar, Ricardo

Cl. Miguel Javier, 10 -4.º izd. Marcilla 162 6 59 A T. Labor regadío

MA-32 Comunal del Ayuntamiento De Marcilla 376 6 56 T. Labor regadío

Pz. España, 1-Marcilla

Término municipal de Peralta

PE-09 Arricitiva Arricitiva, Soledad 274 11 415 B Camino

Av. Zaragoza, 33 -4.º Izd. - Pamplona

PE-10 Arricitiva Arricitiva, Soledad 651 11 415 A T. Labor regadío

Av. Zaragoza, 33 -4.º Izd. - Pamplona

PE-23 Jiménez Bermejo, Jesús María 117 11 204 B Camino

Cl. Cortijo, 9 - Peralta

PE-24 Jiménez Bermejo, Jesús María 194 11 204 A T. Labor regadío

Cl. Cortijo, 9 - Peralta

PE-32 Lezaun Irigaray, Vicente 150 11 173 T. Labor regadío

Cl. Cantarranas, 5 - Peralta

PE-55 Oses Rubio, José Antonio 0 11 7 Pastos. Anexas

Pz. Príncipe de Viana, 3 - 4.º dcha. - Pamplona construcciones

Oses Rubio, María Angeles

Av. Zaragoza, 1 - Pamplona

PE-62 Falcón Irigaray, Pilar 407 10 7B T. Labor regadío

Cl. Irurzun, 85-4.º izd. - Peralta

Rubal Fernández, Alfredo

Cl La Palopa, s/n-Peralta

PE-63 Falcón Irigaray, Pilar 883 10 7 A T. Labor regadío

Cl. Irurzun, 85-4.º izd. - Peralta

Rubal Fernández, Alfredo

Cl La Palopa, s/n-Peralta

PE-105 Zabal Sola, Juan 95 10 769 T. Labor regadío

Cl. Irurzun, 59-2.º - Peralta

PE-106 Zabal Sola, Ramón 0 10 768 T. Labor regadío

Cl. Río, 44 - Peralta

SERVIDUMBRE POR SERVICIOS AFECTADOS

Término municipal de Peralta

_Finca número: PE-09.

_Titular y domicilio: Arricitiva Arricitiva, Soledad. Av. Zaragoza, 33-4.º Izd. Pamplona.

_Imposición. Servidumbre. ML.: 28. M2: 112.

_Ocupación. Apoyos. M2: -.

_Catastro. Polígono: 11. Parcela: 415 B.

_Tipo línea: Telefónica.

_Uso, destino, cultivo: Camino.

_Finca número: PE-10.

_Titular y domicilio: Arricitiva Arricitiva, Soledad Av. Zaragoza, 33-4.º Izd. Pamplona.

_Imposición. Servidumbre. ML.: 41. M2: 164.

_Ocupación. Apoyos. M2: -.

_Catastro. Polígono: 11. Parcela: 415 A.

_Tipo línea: Telefónica.

_Uso, destino, cultivo: T. Labor regadío.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2) del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

ORDENO:

1.º Resolver la fase de información pública del proyecto de "Ensanche y mejora de la carretera NA-128 (Caparroso-Peralta). Tramo: Marcilla-Peralta", en el sentido expresado en la parte expositiva de la presente Orden Foral como contestación a las alegaciones presentadas.

2.º Aprobar definitivamente el proyecto de "Ensanche y mejora de la carretera NA-128 (Caparroso-Peralta). Tramo: Marcilla-Peralta", con un presupuesto base de licitación de 2.271.469,59 euros y un plazo de ejecución de 6 meses.

3.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en dos diarios de la Comunidad Foral.

4.º Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, al Servicio de Caminos y Construcción, a la Sección de Expropiaciones, a los Ayuntamientos de Marcilla y Peralta, y a los alegantes, a los efectos oportunos.

5.º Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 5 de mayo de 2006
El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Alvaro Miranda Simavilla.

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